Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2015 (09/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Miércoles 9 de setiembre de 2015 /

El Peruano

la Fuente de Recursos Determinados como aporte del Gobierno Regional de Arequipa, para la ejecución de la obra denominada: "Mantenimiento y Equipamiento del Pozo Tubular de Agua Potable del Distrito de Lomas, Provincia de Caravelí - Arequipa)". Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional que de manera previa a la ejecución de la transferencia financiera aprobada en el artículo precedente, suscriba el respectivo Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional de Arequipa y la Municipalidad Distrital de Lomas, el mismo que deberá ser remitido en copia al Consejo Regional en el término de cinco (05), a partir de su suscripción. Tercero.- La Transferencia Financiera aprobada NO PODRÁ ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al identificado de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12.3 del artículo 12º de la Ley Nº 30281. Cuarto.- El monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de la obra mencionada en el artículo primero, recaerá en el Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gerencia Regional de Infraestructura. Quinto.- La fiscalización se efectuará a través del Consejo Regional de Arequipa, por lo que dicha fiscalización deberá ser consignada en el respectivo convenio Sexto.- La Municipalidad Distrital Lomas deberá cumplir con la obligación de colocar en el respectivo Cartel de Obra, el monto de la presente transferencia precisando la Fuente de Financiamiento y consignando al Gobierno Regional de Arequipa como aportante. Séptimo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a la Ley Nº 30281 / Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. MAURICIO CHANG OBEZO Presidente del Consejo Regional 1284129-4

Presidencia del Consejo Regional la documentación referida a la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Arequipa; asimismo, se adjuntó el informe favorable de la Oficina de Presupuesto y Tributación, dependencia de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, Informe Nº 460-2015GRA/ORPPOT-OPT, mediante el cual informa favorablemente que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia financiera, siendo los componentes:
Componentes de la Transferencia Financiera Transfiere A favor de Monto Fte. Fto. Ejercicio Fiscal Finalidad PIP Gobierno Regional Arequipa (GRA) Municipalidad Provincial de Arequipa S/. 1´500,000.00 (Un millón quinientos mil y 00/100 nuevos soles) Recursos Ordinarios 2015 Financiamiento de PIP "MEJORAMIENTO Y PUESTA EN VALOR DE VIAS JUAN DE LA TORRE, STA. CATALINA 4 5 CDRA PJ CALIENES, RIPACHA, DELGADO, VALDIVIA, ALAM. SAN LAZARO, PARQUE INDEPENDENCIA Y PLZA CALIENES BARRIO SAN LAZARO - AREQUIPA, PROVINCIA DE AREQUIPA - AREQUIPA" 185164 -------

Código SNIP Código SIAF

Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Arequipa
ACUERDO REGIONAL Nº 066-2015-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 25 de junio del 2015 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir Acuerdos Regionales que expresen la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, conforme a lo establecido en el artículo 12º, numeral 12.1 inciso e) de la Ley 30281/Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2015, el Gobierno Nacional autoriza, de manera excepcional, las transferencias financieras que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno sub nacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo; Que, asimismo el numeral 12.2 del artículo 12º de la citada norma dispone que las autorizaciones de transferencias financieras, en el caso de los Gobierno Regionales se realicen mediante Acuerdo del Consejo Regional, requiriéndose, el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, y, se publicará en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Órgano Ejecutivo Regional mediante Oficio Nº 2183-2015-GRA/SG de la Secretaría General del Gobierno Regional de Arequipa, hace llegar al Despacho de la

Que, asimismo, mediante Memorándum Nº 246-2015GRA/ORPPOT la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial informa que la Oficina de Presupuesto y Tributación ha emitido un informe favorable de disponibilidad presupuestal; Que, estando (i) a la solicitud de autorización de transferencia financiera para el financiamiento de proyectos de inversión pública, (ii) a la verificación del informe favorable de la Oficina de Presupuesto y Tributación, y (iii) siendo que corresponde al Consejo Regional formalizar su aprobación; entonces, por estas consideraciones, al amparo del numeral 12.2 del artículo 12º de la Ley Nº 30281 / Ley del Presupuesto del Sector Púbico para el Año Fiscal 2015, la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010 ­ AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154 ­ AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Arequipa, por el monto de S/. 1´500,000.00 (Un millón quinientos mil y 00/100 nuevos soles) con cargo a la Fuente de Recursos Ordinarios como aporte del Gobierno Regional de Arequipa, para la ejecución de la obra denominada: "MEJORAMIENTO Y PUESTA EN VALOR DE VIAS JUAN DE LA TORRE, STA. CATALINA 4 - 5 CDRA PJ CALIENES, RIPACHA, DELGADO, VALDIVIA, ALAM. SAN LAZARO, PARQUE INDEPENDENCIA Y PLZA CALIENES BARRIO SAN LAZARO - AREQUIPA, PROVINCIA DE AREQUIPA - AREQUIPA". Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional que de manera previa a la ejecución de la transferencia financiera aprobada en el artículo precedente, suscriba el respectivo Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional de Arequipa y la Municipalidad Provincial de Arequipa, el mismo que deberá ser remitido en copia a la Comisión de Infraestructura y Proyectos de Interés Regional del Consejo Regional en el término de cinco (05), a partir de su suscripción. Tercero.- La Transferencia Financiera aprobada NO PODRÁ ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al identificado de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12.3 del artículo 12º de la Ley Nº 30281. Cuarto.- El monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de la obra mencionada en el artículo primero, recaerá en el Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gerencia Regional de Infraestructura.

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