Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2015 (09/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Miércoles 9 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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(5433 has. en la parte altoandina y 1269 has en Yauca), es decir 54% más de lo que actualmente se cultiva con limitaciones e incertidumbres respecto del agua disponible; lo que además genera fuentes de trabajo y reducirá la emigración, mejorando las condiciones socioeconómicas de la población involucrada de ambas Regiones; Que, en ese sentido, mediante Acuerdo Regional Nº 082-2014-GRA/CR-AREQUIPA el Consejo Regional aprobó la transferencia financiera a favor del Gobierno Regional del Gobierno Regional de Ayacucho por un monto de S/. 4´800,000.00 para la elaboración del expediente técnico del proyecto antes mencionado; siendo que en el ejercicio presupuestal del año 2014 no se pudo concretar dicha transferencia; por lo que, mediante Oficio Nº 2071/2015GRA/GR el Gobernador del Gobierno Regional de Ayacucho solicita se efectúe tal transferencia, por lo cual remite el expediente técnico de ese proyecto aprobado mediante Resolución Directoral Nº 157-2015-GRA-PRIDER/DG; Que, por lo tanto, el Órgano Ejecutivo Regional mediante Oficio Nº 2084-2015-GRA/SG de la Secretaría General del Gobierno Regional de Arequipa, hace llegar al Despacho de la Presidencia del Consejo Regional la documentación referida a la transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Ayacucho; asimismo, se adjuntó el informe favorable de la Oficina de Presupuesto y Tributación, dependencia de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, Informe Nº 335-2015-GRA/ORPPOT-OPT, mediante el cual informa favorablemente que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia financiera, siendo los componentes:
Componentes de la Transferencia Financiera Transfiere A favor de Monto Fte. Fto. Ejercicio Fiscal Finalidad PIP Gobierno Regional Arequipa (GRA) Gobierno Regional Ayacucho S/. 4´800,000.00 (Cuatro millones ochocientos mil y 00/100 nuevos soles) Recursos Ordinarios 2015 Financiamiento de PIP "Ampliación de la Presa Ancascocha y Afianzamiento del Valle de Yauca (Ayacucho y Arequipa)"

Recursos Ordinarios como aporte del Gobierno Regional de Arequipa, para la elaboración del Expediente Técnico del PIP con Código SNIP 43531 denominado: "Ampliación de la Represa Ancascocha y Afianzamiento del Valle de Yauca (Ayacucho ­ Arequipa)". Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional que de manera previa a la ejecución de la transferencia financiera aprobada en el artículo precedente, suscriba el respectivo Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional de Arequipa y el Gobierno Regional de Ayacucho, el mismo que deberá ser remitido en copia al Consejo Regional en el término de cinco (05), a partir de su suscripción. Tercero.- La Transferencia Financiera aprobada NO PODRÁ ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al identificado de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12.3 del artículo 12º de la Ley Nº 30281. Cuarto.- El monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de la obra mencionada en el artículo primero, recaerá en el Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gerencia Regional de Infraestructura. Quinto.- La fiscalización se efectuará a través del Consejo Regional de Arequipa, por lo que dicha fiscalización deberá ser consignada en el respectivo convenio. Sexto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a la Ley Nº 30281 / Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. MAURICIO CHANG OBEZO Presidente del Consejo Regional 1284129-1

Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Sayla
ACUERDO REGIONAL Nº 060-2015-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 25 de Junio del 2015 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir Acuerdos Regionales que expresen la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, conforme a lo establecido en el artículo 12º, numeral 12.1 inciso e) de la Ley 30281/Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2015, el Gobierno Nacional autoriza, de manera excepcional, las transferencias financieras que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno sub nacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo; Que, asimismo el numeral 12.2 del artículo 12º de la citada norma dispone que las autorizaciones de transferencias financieras, en el caso de los Gobierno Regionales se realicen mediante Acuerdo del Consejo Regional, requiriéndose, el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, y, se publicará en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Órgano Ejecutivo Regional mediante Oficio Nº 2150-2015-GRA/SG de la Secretaría General del Gobierno Regional de Arequipa, hace llegar al Despacho de la Presidencia del Consejo Regional la documentación referida a la transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Sayla; asimismo, se adjuntó el informe favorable de la Oficina de Presupuesto y Tributación, dependencia de la Oficina Regional de

Código SNIP 43531 Código SIAF -------

Que, asimismo, mediante Informe Nº 193-2015-GRA/ ORPPOT la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial informa que la Oficina de Presupuesto y Tributación ha emitido un informe favorable de disponibilidad presupuestal; además adjunta el Memorándum Nº 600-2015-GRA/GGR de la Gerencia General Regional, mediante el cual se solicita la transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de Ayacucho por un monto de S/. 4´800.000.00 Nuevos Soles, y finalmente se adjunta el Informe Nº 917-2015-GRA/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica que informa que debe procederse con el trámite respectivo para la transferencia; Que, estando (i) a la solicitud de autorización de transferencia financiera para el financiamiento de proyectos de inversión pública, (ii) a la verificación del informe favorable de la Oficina de Presupuesto y Tributación, y (iii) siendo que corresponde al Consejo Regional formalizar su aprobación; entonces, por estas consideraciones, al amparo del numeral 12.2 del artículo 12º de la Ley Nº 30281 / Ley del Presupuesto del Sector Púbico para el Año Fiscal 2015, la Ley Nº 27783 / Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010 ­ AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154 ­ AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- APROBAR la Transferencia favor del Gobierno Regional de Ayacucho, de S/. 4´800,000.00 (Cuatro millones mil y 00/100 nuevos soles) con cargo a Financiera a por el monto ochocientos la Fuente de

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