Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2015 (17/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 17 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Prolongación Ariosto Matellini Mz. 0 Lt. 12, Urb. Santa Leonor, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1287851-1 RESOLUCIÓN SBS N° 4857-2015 Lima, 25 de agosto de 2015 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia, ubicada según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de la agencia Enalta Aliaga Business Center, ubicada en Av. Antonio Miro Quesada N° 455 457 interior 1801, distrito de Magdalena del Mar, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1287851-2

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Constituyen la "Comisión Regional de Prevención, Mitigación, Gestión y Supervisión de las Acciones para afrontar el Fenómeno de El Niño"
DECRETO REGIONAL N° 0011-2015-GORE-ICA/GR Ica, 9 de septiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se establece la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales, constituyéndolos como una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, conforme a lo establecido en el inciso 1) del artículo 9º de la mencionada Ley Nº 27867, los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;

Que, el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 043-2006PCM establece que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, conteniendo las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 016-2013-GORE-ICA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica actualmente vigente; Que, el Consejo Regional de Ica, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2015-GORE-ICA, aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, considerando los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; Que, la primera Disposición Complementaria Final de la Ordenanza Regional Nº 003-2015-GORE-ICA señala que la misma entra en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", publicación que ocurrió el día 13 de agosto de 2015; Que, mediante Decreto Supremo Nº 045-2015-PCM se declaró en emergencia diversos Departamentos del país, incluyendo al Departamento de Ica, en razón de la inminencia de la aparición del fenómeno climatológico denominado "El Niño" durante el último trimestre del año 2015 y el primer semestre del año 2016, Que, a pesar de que el Departamento de Ica no fue incluido como beneficiario de la transferencia de recursos económicos dispuesto por el Gobierno Nacional mediante Decreto Supremo Nº 185-2015-EF, la inminencia del fenómeno antes señalado hace indispensable que el Gobierno Regional de Ica deba coordinar determinadas acciones de prevención, mitigación, gestión, operación, mantenimiento, monitoreo y supervisión a fin de salvaguardar la vida y la salud de la población, en el marco del sistema nacional de gestión del riesgo de desastres; Que, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres perteneciente a la Gerencia Regional de Seguridad, Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de Desastres, ha presentado y sustentado para su aprobación el presente Decreto Regional que constituye la "Comisión Regional de Prevención, Mitigación, Gestión y Supervisión de las Acciones para afrontar el Fenómeno de El Niño" Que, el artículo 150-Cº del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, modificado por la Ordenanza mencionada en los considerandos anteriores, establece que las Comisiones Regionales son creadas para cumplir con funciones enmarcadas en las competencias del Gobierno Regional de Ica y que serán determinadas en las respectivas normas de creación de cada Comisión Regional; Que, el mismo artículo citado en el considerando anterior señala que dichas Comisiones Regionales no tienen personería jurídica ni administración propia y están integradas a un órgano del Gobierno Regional de Ica, precisando que su creación, organización y funcionamiento se realizará mediante Decreto Regional; Que, consecuentemente, es necesario aprobar el Decreto Regional que constituya la "Comisión Regional de Prevención, Mitigación, Gestión y Supervisión de las Acciones para afrontar el Fenómeno de El Niño", conforme a las normas de organización vigentes; Estando a lo expuesto, con acuerdo del Directorio de Gerentes Regionales, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902 y a lo establecido en el inciso 4 del artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica; SE DECRETA: Artículo 1º.-.Constitución Constitúyase la "Comisión Regional de Prevención, Mitigación, Gestión y Supervisión de las Acciones para afrontar el Fenómeno de El Niño", en adelante "la Comisión Regional".

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