Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2015 (17/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Jueves 17 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Segundo.- Encargar a la oficina de imagen institucional en coordinación con la oficina de participación vecinal la difusión de la presente ordenanza. Tercero.- Encargar a la oficina de Secretaría Municipal la publicación de la Presente Norma en el diario Oficial El Peruano. Cuarto.- Facúltese a la alcaldesa, para que mediante decreto de alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza; así como su prórroga. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1287643-1

MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Incorporan diversos servicios que brindarán a través de la Gerencia Desarrollo Económico al Texto Único Servicios No Exclusivos - TUSNE de Municipalidad
RESOLUCIÓN Nº 940 -2015-RASS Santiago de Surco, 11 de setiembre de 2015 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: Los Memorándum N°s. 029-2015-GDEMSS y 084-2015-GDE-MSS de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Memorándum N° 422-2015-GAF-MSS de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N°157-2015-GTI-MSS de la Gerencia de Tecnologías de la Información, el Informe N° 754-2015-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, aprobado por Resolución Nº 611-2011-RASS y modificado mediante Resoluciones N°s. 140-2012-RASS y 730-2015RASS; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el artículo 37° de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, mediante Resolución Nº 611-2011-RASS de fecha 16JUN2011, se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco, norma que consolida los servicios no exclusivos prestados por la Municipalidad, estableciendo los requisitos y costos de dichos servicios, que fuera modificado mediante Resolución N° 140-2012-RASS de fecha 16FEB2012 y Resolución N° 730-2015-RASS de fecha 16JUL2015; Que, mediante Memorándum N° 029-2015-GDE-MSS la Gerencia de Desarrollo Económico, sustentándose en el Informe N°107-2015-SGCAITSE-GDE-MSS de la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, propone la incorporación al TUSNE, de los servicios de diagnóstico de condiciones de seguridad en establecimientos de uso comercial solicitadas antes de la Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones -ITSE y de verificación previa de condiciones de seguridad en

se de de la

actividades sociales, culturales, eventos deportivos y no deportivos, ferias, entre otros con un aforo de hasta 3,000 personas. Se precisa que la propuesta de servicios no constituye una barrera burocrática, ni es condicionante para la presentación de una solicitud de ITSE; y que el administrado puede conseguir de varias otras instituciones la prestación de servicios similares, teniendo la posibilidad de elegir la mejor oferta; Que, mediante Memorándum N° 084-2015-GDEMSS, la Gerencia en mención, precisa que los servicios propuestos, se diferencian de los brindados por los diversos operadores del mercado, en tanto, solo implican las labores de asesoría técnica, y no la elaboración y firma de algún documento; Que, mediante Memorándum N° 422-2015-GAFMSS, la Gerencia de Administración y Finanzas emite el Informe Técnico que sustenta los precios de los servicios no exclusivos, que brindará la Gerencia de Desarrollo Económico, los que se basan en un estudio comparativo de precios; Que, con Informe N° 754-2015-GAJ-MSS, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que se ha cumplido con la prepublicación, a que se refiere el D.S. N°001-2011-JUS, y opina que procede la modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE aprobado por Resolución Nº 611-2011-RASS y modificado mediante Resoluciones N°s. 140-2012-RASS y 730-2015-RASS; Estando a la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades que le confiere el Artículo 20° numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- INCORPORAR al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de Santiago de Surco, los servicios que se brindarán a través de la Gerencia de Desarrollo Económico, correspondientes a diagnóstico de condiciones de seguridad en establecimientos de uso comercial y verificación previa de condiciones de seguridad en eventos deportivos y no deportivos, entre otros, de acuerdo a su afluencia, que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial el peruano. La publicación del Anexo I de la presente Resolución se realizará en el portal institucional de la Municipalidad www. munisurco.gob.pe, en la misma fecha de su publicación en el diario oficial, para su debida difusión. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución, a la Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Tecnologías de la Información, bajo responsabilidad. Regístrese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1288234-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban el Reglamento de los procedimientos de recepción y liquidación de obras públicas, para su transferencia e incorporación al Patrimonio de la Municipalidad Provincial del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2015 Callao, 3 de setiembre de 2015

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