Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2015 (17/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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ORDENANZA:

NORMAS LEGALES

Jueves 17 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Artículo Primero.- MODIFIQUESE la Ordenanza Nº 253-2007-C/MC que modifica el artículo segundo y tercero de la Ordenanza Nº 121-C/MC referente a beneficios en el pago de derecho por concepto de Inhumación en tierra a favor de personas en condición de extrema pobreza, estableciéndose en el Artículo Segundo y Tercero de la Ordenanza Nº 121-C/MC lo siguiente: Artículo Segundo.Las exoneraciones y/o fraccionamiento de pago por derecho de Inhumación se otorgaran mediante Resolución Gerencial emitida por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, previo Informe de las trabajadoras sociales de la Municipalidad Distrital de Comas. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental por intermedio de la Sub Gerencia de Salud y Control Ambiental centralice los expedientes administrativos de las solicitudes de exoneración o fraccionamiento de pago por derecho de Inhumación para la evaluación correspondiente,tomando en cuenta el informe socioeconómico de la trabajadora social de la Municipalidad, a efectos de determinar mediante Resolución Gerencial, la procedencia e improcedencia de las exoneraciones solicitadas. Artículo Segundo.- MODIFIQUESE el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 253-2007-C/MC precisándose lo siguiente: Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental de la Municipalidad distrital de Comas, remitir mensualmente el listado de las solicitudes de acogimiento a la Ordenanza Nº 121-C/MC, recibidas ante su despacho detallando aquellas que han sido atendidas conforme a los requisitos establecidos en la referida norma. Artículo Tercero.- MODIFIQUESE la Segunda Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 366 -2012 MDC, registrando el texto siguiente: "El pago del derecho de Inhumación bajo tierra excepcionalmente, estará sujeto a lo dispuesto en la norma que regula el mismo, para lo cual se deberá contar con el Informe del área de asistencia social de la Municipalidad Distrital de Comas, quedando en la facultad de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental emitir la Resolución correspondiente previo informe de la Sub Gerencia de Salud y Control Ambiental". Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- DISPENSAR de la lectura y aprobación del Acta de la presente Ordenanza, para su vigencia inmediata. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1287617-1

perfeccionamiento del Reglamento Interno del Concejo ­ RIC, así como del Cuadro de Comisiones ajustado al nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Comas. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en el Art. 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que corresponde al Concejo Municipal, Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Asimismo el numeral 12) del mismo artículo de la acotada Ley prescribe que corresponde al Concejo Aprobar por ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal; Que, con Informe Nº 72-2015-SG/MC, el Secretario General del Concejo señala que hace de conocimiento al Despacho de Alcaldía la propuesta de la modificación de Artículos de la Ordenanza Nº 371-MDC y su modificatoria mediante la Ordenanza Nº 384-MDC, para su conocimiento y trámite correspondiente a fin que se emita la nueva Ordenanza respecto a la modificación del Reglamento Interno del Concejo; Que, con fecha 19 de junio del 2015, el Concejo Distrital de Comas, en Sesión aprueba el Acuerdo de Concejo Nº 068-2015/MC por el cual se encarga a las Comisiones Permanentes de Regidores de la Comisión de Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto y la Comisión de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad distrital de Comas en forma conjunta dictaminen la modificación del Reglamento Interno del Concejo adecuándolo al nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Comas; Que, mediante Informe Nº 196-2015-GAJ-MDC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos en conclusión indica que es de la opinión que se apruebe en Sesión de Concejo, el Proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 371MDC y sus modificatorias de conformidad con los artículos 9º (numeral 08), 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniéndose presente la modificación del artículo 13º del referido Reglamento Interno. Que, El Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas aprobado mediante Ordenanza Nº 371-MDC, prescribe en su Art..55º: "las comisiones de Regidores son órganos consultivos del Concejo Municipal, cuya labor es el estudio y el análisis de los asuntos de su competencia y que son sometidos a su conocimiento o en aquellos que el Concejo les encarguen, debiendo emitir el Dictamen correspondiente, para lo cual los regidores deberán de participar obligatoriamente en las sesiones de trabajo de dichas comisiones...,". Que, el Acuerdo de Concejo Nº 001-2015/MC, Acuerda en su Artículo Primero: "ESTABLECER LAS COMISIONES PERMANENTES DE TRABAJO del Concejo Municipal Distrital de Comas para el periodo 2015". Que, según Informe Nº 196-2015-GAJ/MC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina favorablemente y remite los actuados a fin que se emita el Dictamen respectivo por las Comisiones designadas en forma conjunta. Que, con fecha 21 de Agosto del 2015, los presidentes de las Comisiones Permanentes de Regidores de Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto y de Asuntos Jurídicos, respectivamente solicitan elevar al Pleno de Concejo para su respectiva consideración el Dictamen que aprueba la modificación del Reglamento Interno del Concejo conforme a la propuesta del Proyecto de Ordenanza. Estando a lo expuesto y en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA ARTÍCULOS DE LA ORDENANZA Nº 371-MDC Y SU MODIFICATORIA APROBADA MEDIANTE ORDENANZA Nº 384-MDC Artículo Primero.- MODIFÍQUENSE los artículos 11º, 13º, 68º y 77º de la Ordenanza Nº 371, modificada

Modifican el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 446/MC Comas, 27 de agosto del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha; VISTO: El Dictamen de Comisiones conjuntas de Comisión de Asuntos Jurídicos y la de Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto, de fecha 20 de Agosto del 2015, respecto del estudio de la modificación y

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