Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2015 (17/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Jueves 17 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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cambio de motor, cambio de carrocería, cambio de ejes de ruedas, duplicado de Tarjeta de Propiedad, Duplicados de Placas, entre otros; 4.2.2. Suscribir Declaraciones Juradas sobre vehículos de propiedad del Gobierno Regional de Ica que no se encuentren debidamente registrados en la Oficina de Registro Vehicular de Ica, estando facultado para iniciar el trámite administrativo de primera inscripción de dominio; 4.2.3. Aprobar el alta y baja de los bienes muebles e inmuebles cuya titularidad recaiga en el Gobierno Regional de Ica, así como emitir los actos resolutivos relacionados con el registro, administración, supervisión y disposición de los bienes de propiedad de la entidad que se encuentren bajo administración del Gobierno Regional de Ica; 4.2.4. Autorizar, excepcionalmente, impresiones a color para casos debidamente justificados, conforme a las normas sobre la materia. Artículo 5º.- Delegaciones al Subgerente de Supervisión y Liquidación de Proyectos de la Gerencia Regional de Administración y Finanzas: Delegar en el Subgerente de Supervisión y Liquidación de Proyectos de la Gerencia Regional de Administración y Finanzas las siguientes facultades y atribuciones durante el año fiscal 2015: 5.1. En materia de gestión administrativa 5.1.1. Designar a los Comités de Recepción de Obra relacionados a su ámbito de competencia. 5.1.2. Aprobar, suscribir, elaborar otra u observar las liquidaciones de los contratos de ejecución o consultoría de obras, así como otros bajo competencia de la Subgerencia, contratados por el Gobierno Regional. Artículo 6º.- Delegaciones al Subgerente de Gestión de los Recursos Humanos de la Gerencia Regional de Administración y Finanzas: Delegar en el Subgerente de Gestión de los Recursos Humanos de la Gerencia Regional de Administración y Finanzas las siguientes facultades y atribuciones durante el año fiscal 2015: 6.1. En materia de gestión de los recursos humanos 6.1.1. Autorizar el Desplazamiento de Personal: asignación, encargo, rotación, reasignación, destaque, permuta, comisión de servicios y transferencia. 6.1.2. Disponer el ascenso, promoción, reingreso y reposición del personal del Gobierno Regional. 6.1.3. Suscribir las Resoluciones de Encargatura para los cargos de confianza en el Gobierno Regional de Ica, con excepción del Gerente General Regional, los Gerentes Regionales, Subgerentes y los Directores Regionales, en el Gobierno Regional de Ica. 6.1.4. Suscribir los contratos por prestación de servicios en las modalidades de Servicios Personales y Suplencia. 6.1.5. Suscribir los contratos del personal contratado bajo el régimen del Contrato Administrativo de Servicios, a excepción de los funcionarios contratados bajo tal régimen contractual. Artículo 7º.- Delegaciones al Subgerente de Tecnologías de la Información de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial: Delegar en el Subgerente de Tecnologías de la Información de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la autorización para publicar mensual y detalladamente las estadísticas regionales, conforme al numeral 9 del artículo 29 del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica. Artículo 8º.- Delegaciones en materia del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público: Designar y delegar facultades al Sr. Ricardo Francisco Ramírez Moreno, Gerente Regional de Administración y Finanzas del Gobierno Regional de Ica, a fin de que represente al Gobierno Regional de Ica con las siguientes facultades: 8.1. Remitir de solicitud para el registro de contrato; 8.2. Suscribir el contrato de Locación de Servicio;

8.3. Suscribir el Anexo Nº 1 "Términos de Referencia del Servicio"; 8.4. Remitir la solicitud para la prórroga y/o renovación de contratos; 8.5. Suscribir el Anexo Nº 8 "Adenda" 8.6. Remitir la Solicitud para el pago correspondiente; y, 8.7. Otros documentos relacionados con el FAG ­ Fondo de Apoyo Gerencial del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 9º.- Delegaciones generales a las unidades de organización del Gobierno Regional de Ica: 9.1. Delegar a los Directores Regionales respectivos la facultad de dirigir la ejecución y velar por el cumplimiento de los planes y programas del Gobierno Regional de Ica que hayan sido expresamente adscritos, constituidos, conformados u de otra forma asignado a sus Despachos, exclusivamente en el ámbito de su respectiva competencia funcional, conforme al numeral 5 del artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica. 9.2. Delegar a los Gerentes Regionales respectivos la facultad de dirigir la ejecución y velar por el cumplimiento de los planes y programas del Gobierno Regional de Ica que hayan sido expresamente adscritos, constituidos, conformados u de otra forma asignado a sus Despachos, exclusivamente en el ámbito de su respectiva competencia funcional, conforme al numeral 5 del artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica. Artículo 10º.- De las actuaciones realizadas Los funcionarios a los cuales se les ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en los artículos 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º de la presente Resolución, están obligados a dar cuenta mensualmente al Gobernador Regional respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 11º.- De la observancia de requisitos legales La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 12º.- La ejecución de lo dispuesto en la presente resolución no demandará recursos adicionales a los previstos en la entidad. Artículo 13º.- La presente resolución entrará en vigencia el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición contraria prevista en la propia Resolución. Artículo 14º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe) y en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO CILLÓNIZ BENAVIDES Gobernador Regional 1287538-2

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Crean la Comisión Ordinaria de Desarrollo e Inclusión Social
ORDENANZA REGIONAL N° 009-2015-GR-LL/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos

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