Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2015 (18/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 18 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES
Primaria III, II y I y Postas Médicas.

561675

- Oficina de Coordinación de Prestaciones y Atención Primaria. - Oficina de Atención Primaria. - Unidades Prestadoras: Hospitales III, II y I, Policlínicos, Centros Médicos, Centros de Atención Primaria III, II y I y Postas Médicas. 3.3 SUPRIMIR de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones de la Red Asistencial Rebagliati, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 546-PE-ESSALUD-2011, las unidades orgánicas que se señalan a continuación manteniendo subsistentes sus funciones: - Oficina de Secretaría Técnica. - Oficina de Control de la Gestión Hospitalaria y en Red de la Gerencia Clínica. - Oficina de Control de la Gestión Hospitalaria y en Red de la Gerencia Quirúrgica. - Oficina de Control de la Gestión Hospitalaria y en Red de la Gerencia de Ayuda al Diagnóstico y Tratamiento. 3.4 SUPRIMIR de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones de la Red Asistencial Rebagliati, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 546-PE-ESSALUD-2011, las unidades orgánicas que se señalan a continuación: - Oficina de Coordinación de Prestaciones y Atención Primaria. - Oficina de Atención Primaria. - Unidades Prestadoras: Hospitales III, II y I, Policlínicos, Centros Médicos, Centros de Atención Primaria III, II y I y Postas Médicas. 3.5 SUPRIMIR de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones de la Red Asistencial Sabogal, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 368-PE-ESSALUD-2010 y modificatorias, las unidades orgánicas que se señalan a continuación manteniendo subsistentes sus funciones: - Oficina de Secretaría Técnica. 3.6 SUPRIMIR de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones de la Red Asistencial Sabogal, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 368-PE-ESSALUD-2010 y modificatorias, las unidades orgánicas que se señalan a continuación: - Oficina de Coordinación de Prestaciones y Atención Primaria. - Oficina de Atención Primaria. - Unidades Prestadoras: Hospitales III, II y I, Policlínicos, Centros Médicos, Centros de Atención

3.7 APROBAR la asignación temporal de las funciones que venían realizando las ex Oficinas de Secretaría Técnica, las ex Oficinas de Apoyo a la Gestión y las ex Oficinas de Control de la Gestión Hospitalaria y en Red a la unidad orgánica inmediata superior de las mismas, en tanto concluya el proceso de transferencia de recursos a las Gerencias de Red Desconcentradas y se apruebe el Reglamento de Organización y Funciones de los Hospitales Nacionales correspondientes. 3.8 DISPONER que las Oficinas de Servicios de Salud Extrainstitucionales dependan de la Gerencia de Red Asistencial correspondiente. 4. De la implementación de las Gerencias de Red Desconcentradas de Lima y Callao 4.1 DISPONER la transferencia del personal y de los recursos, el presupuesto, bienes muebles, aplicativos informáticos, archivos electrónicos y similares, así como el acervo documentario que corresponda de las Redes Asistenciales Rebagliati, Almenara y Sabogal hacia las Gerencias de Red Desconcentradas Rebagliati, Almenara y Sabogal, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Implementación aprobado por Resolución de Gerencia General N° 147-GG-ESSALUD-2015 y las disposiciones de la Alta Dirección, en el plazo máximo de 90 días calendario contados a partir de la publicación de la presente Resolución. 4.2 DISPONER la transferencia de personal y del presupuesto, bienes muebles, aplicativos informáticos, archivos electrónicos y similares, así como el acervo documentario que corresponda a los Centros del Adulto Mayor (CAM), Círculos del Adulto Mayor (CIRAM), Centros de Rehabilitación Profesional y Social (CERPS) y Módulos Básicos de Rehabilitación Profesional y Social (MBRPS) ubicados en el Departamento de Lima y Callao hacia las Gerencias de Red Desconcentradas Almenara, Rebagliati y Sabogal, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Implementación aprobado por Resolución de Gerencia General N° 147-GG-ESSALUD-2015 y las disposiciones de la Alta Dirección, en el plazo máximo de 90 días calendario contados a partir de la publicación de la presente Resolución. 4.3 DISPONER que la Gerencia Central de Gestión de las Personas elabore los perfiles de los puestos ejecutivos de la Gerencia de Red Desconcentrada en coordinación con los órganos centrales y desconcentrados especializados que correspondan, realice las acciones de desplazamiento del personal que resulten necesarias de los órganos centrales y de las Redes Asistenciales Almenara, Rebagliati y Sabogal hacia las Gerencias de Red Desconcentradas respectivas y adopte las demás acciones que le corresponda en el ámbito de su competencia para el cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución.

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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