Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2015 (18/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Viernes 18 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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caducidad, para surtir efectos jurídicos serán publicadas en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer párrafo del artículo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificación de autorización de La Escuela de Conductores cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos indicados en el artículo 53º de El Reglamento..."; Que, el literal d) del artículo 53º de El reglamento indica que "La Resolución de Autorización como Escuela de Conductores contendrá lo siguiente:...d) Ubicación del(los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorización,..."; Que, la solicitud de autorización para la reubicación de ambientes destinado a las Oficinas Administrativas, Aulas de Enseñanza y Taller de Instrucción Teórico-Práctico de Mecánica, presentada por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES HUASCARÁN CARDS S.R.L., implica la variación de uno de los contenidos en el artículo 53º de El Reglamento, específicamente en la Ubicación del Establecimiento, autorizado mediante Resolución Directoral Nº 1563-2013MTC/15, en ese sentido, y considerando lo establecido en el artículo 60º de El Reglamento, la Resolución que modifica la autorización, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variación del contenido de la autorización; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 001-2015-MTC/15.ema de fecha 05 de enero de 2015, sobre la inspección ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela, la inspectora concluye que la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES HUASCARÁN CARDS S.R.L., cumple con lo indicado en los literales a), b), c), d), e) y f) del numeral 43.3 del artículo 43º de El Reglamento, como parte de una de las condiciones de acceso para el funcionamiento de una Escuela de Conductores; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, en el Informe Nº 0092015-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 0402008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES HUASCARÁN CARDS S.R.L., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, la modificación de los términos de su autorización contenida en la Resolución Directoral Nº 1563-2013-MTC/15, en el extremo de la Ubicación del Establecimiento (Oficinas Administrativas, Aulas de enseñanza y Taller de Instrucción Teórico - Práctico de Mecánica), siendo la nueva ubicación: Mz. 28 Lote 11, Pedregal, Pedregal Bajo 1er, 2do y 3er Piso, Distrito de Restauración, Provincia de Huaraz, Departamento de Ancash. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES

INTEGRALES HUASCARÁN CARDS S.R.L., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ DEL SOLAR QUIÑONES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1190879-1

Declaran que autorizaciones para prestar servicio de radiodifusión en VHF y FM de diversas localidades de los departamentos de Pasco y Puno, serán otorgadas mediante concurso público
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1398-2015-MTC/28 Lima, 4 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que configurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 1794-2015-MTC/28 se da cuenta que en las bandas y localidades que se detalla a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare:
MODALIDADES BANDAS LOCALIDADES DEPARTA- SOLICITUDES FRECUENCIAS MENTOS ADMITIDAS DISPONIBLES

RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN RADIODIFUSIÓN SONORA

VHF FM

HUARIACATICLACAYAN ZEPITA

PASCO PUNO

6 4

5 3

De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en las bandas y localidades que se detallan a continuación, serán otorgadas mediante concurso público:
MODALIDADES RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN RADIODIFUSION SONORA BANDAS VHF FM LOCALIDADES HUARIACA-TICLACAYAN ZEPITA DEPARTAMENTOS PASCO PUNO

Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA CADILLO ANGELES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1288224-1

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