Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2015 (22/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Martes 22 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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financiamiento Recursos Determinados, destinados a financiar la ejecución o la transferencia para la ejecución de proyectos de inversión pública en las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales; Que, el Comité Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (ENFEN) mediante el Comunicado Oficial ENFEN Nº 15-2015, señala, entre otros, que se mantiene el estado de alerta, debido a que las condiciones actuales continúan consistentes con un evento cálido de magnitud fuerte, sin presencia de lluvias intensas pero con temperaturas en la costa sobre lo normal; esta primera fase de El Niño costero sigue declinando ligeramente, pero se estima un 95% de probabilidad que el evento se extienda hasta el próximo verano, con 55% que en esta segunda fase pueda alcanzar las magnitudes observadas en los veranos de 1982-1983 o 1997-1998; Que, teniendo en cuenta el comunicado efectuado por el Comité Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (ENFEN), la Autoridad Nacional del Agua mediante Oficio Nº 298-2015-ANA-J/DPEHM remite el Informe Técnico Nº 005-2015-ANA-DEPHM, a través del cual ha identificado ciento cuarenta y cinco (145) nuevos puntos críticos con riesgo a inundación y erosión en los principales ríos del país en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Lima, Ica, Ancash, San Martín, Cajamarca, Amazonas y Arequipa; Que, para efectos del financiamiento a que se refiere el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015, el numeral 2.3 del mismo artículo 2 autoriza la aprobación de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Reserva de Contingencia a que se refiere el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas; asimismo, dispone que los recursos transferidos a la Reserva de Contingencia son reasignados a los pliegos de los tres niveles de Gobierno, mediante el mecanismo previsto en el artículo 45 de la citada Ley, en la fuente de financiamiento Recursos Determinados o Recursos Ordinarios, según la fuente de financiamiento de origen de tales recursos; Que, en el marco de las normas citadas en el considerando precedente, y conforme se desprende de los Oficios Nºs 1297 y 1298-2015-MINAGRI-DM, el Ministerio de Agricultura y Riego informa que cuenta con recursos disponibles en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, hasta por la suma de CIENTO CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 140 000 000,00), correspondientes al Fondo Mi Riego, previstos en su presupuesto institucional; asimismo, dicho Ministerio solicita recursos para financiar actividades de prevención ante los impactos del Fenómeno El Niño, tales como limpieza de drenes, limpieza y descolmatación de cauces de ríos, protección con enrocado al volteo, limpieza de quebradas, reforzamiento de infraestructura de protección ante posibles inundaciones, correspondiente a los departamentos de Tumbes en 28 Km, Piura en 41 Km, Lambayeque en 101 Km, La Libertad en 85 Km, Lima en 32 Km, Ica en 11 Km, Ancash en 24 Km, San Martín en 48 Km, Cajamarca en 29 Km, Amazonas en 14 Km y Arequipa en 13 Km; Que, el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporación y reasignación de recursos bajo el mecanismo previsto por los numerales 2.1 y 2.3 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015, hasta por la suma total de CIENTO CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 140 000 000,00), para ser destinada al financiamiento de las actividades de prevención ante los impactos del Fenómeno El Niño, señaladas en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015, y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Transferencia de partidas a favor de la Reserva de Contingencia Autorízase una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CIENTO CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 140 000 000,00) del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego a favor de la Reserva de Contingencia del pliego 009: Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 013 : Ministerio de Agricultura y Riego 001 : Ministerio de Agricultura Administración Central ­

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 5001253 : Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos de Inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 140 000 000,00 --------------------TOTAL EGRESOS 140 000 000,00 ============ En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General ACTIVIDAD

A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 140 000 000,00 --------------------TOTAL EGRESOS 140 000 000,00 ============ ACTIVIDAD

Artículo 2.- Transferencia de partidas a favor del Ministerio de Agricultura y Riego Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del pliego 009: Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de CIENTO CUARENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 140 000 000,00) a favor del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, para atender los gastos que demanden las actividades planificadas de prevención en los Departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Lima, Ica, Ancash, San Martín, Cajamarca, Amazonas y Arequipa, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS

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