Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2015 (22/09/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 22 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

561935

por la erosión fluvial ocasionada por el Río Ucayali ocurrido el 19 de febrero del 2015", "Rehabilitación de la Institución Educativa Nº 64302 ubicado en la localidad de Painaco Distrito de Sarayacu, Provincia de Ucayali, Región Loreto, afectada por la erosión fluvial ocasionada por el Río Ucayali ocurrido el 08 de enero de 2015", "Rehabilitación de la Institución Educativa Inicial Nº 6130 ubicada en la localidad de Tumbes, Distrito de Contamana, Provincia de Ucayali, Región Loreto, afectada por la erosión fluvial ocasionada por el Río Ucayali ocurrido el 19 de febrero de 2015" y "Rehabilitación de la Institución Educativa Nº 64216 ubicada en la localidad de Tumbes, Distrito de Contamana, Provincia de Ucayali, Región Loreto, afectada por la erosión fluvial ocasionada por el Río Ucayali ocurrido el 19 de febrero de 2015", los cuales han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3494-2015-EF/63.01 de fecha 07 de agosto del 2015; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio Nº 3067-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 164 627,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Chadin del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca, para la atención de dos (02) Actividades de Emergencia denominadas "Adquisición de combustible para recuperar la transitabilidad de la carretera: Chadin, La Palma, La Unión, Vista Hermosa, Campamento como consecuencia del deslizamiento de taludes ocurrido el 24 de marzo del 2015; dicha carretera se encuentra en el Distrito de Chadin, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca" y "Adquisición de combustible para recuperar la transitabilidad de la carretera: Cruce San Juan, Nuevo Horizonte, Chacapampa, Nuevo Vaqueria, como consecuencia del deslizamiento de taludes ocurrido el 24 de marzo del 2015; dicha carretera se encuentra en el Distrito de Chadin, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca"; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio Nº 3068-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 237 790,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Santa Cruz del Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca, para la atención de cuatro (04) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria para la recuperación de la transitabilidad vehicular de la trocha carrozable en el tramo Cavico - Campo Florido, Distrito de Santa Cruz - Cutervo - Cajamarca, afectado por las lluvias del día 16-04-2015, declarado en emergencia según Decreto Supremo 021-2015PCM", "Alquiler de maquinaria para la recuperación de la transitabilidad vehicular de la trocha carrozable en el tramo San Martín - Gramalotillo, Distrito de Santa Cruz - Cutervo - Cajamarca, afectado por las lluvias del día 16-04-2015, declarado en emergencia según Decreto Supremo Nº 021-2015-PCM", "Alquiler de maquinaria para la recuperación de la transitabilidad vehicular de la trocha carrozable en el tramo Cavico - Michigo, Distrito de Santa Cruz - Cutervo - Cajamarca, afectado por las lluvias del día 16-04-2015, declarado en emergencia según Decreto Supremo 021-2015-PCM" y "Alquiler de maquinaria para la recuperación de la transitabilidad vehicular de la trocha carrozable en el tramo Santa Cruz - Hualama, Distrito de Santa Cruz - Cutervo Cajamarca, afectado por las lluvias del día 16-04-2015, declarado en emergencia según Decreto Supremo 0212015-PCM"; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio Nº 3069-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 350 623,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Huancarqui del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la atención de tres (03) Actividades de Emergencia denominadas "Alquiler de maquinaria pesada para recuperar la capacidad de protección de la defensa ribereña colapsada en un tramo de 200 ml,

y la descolmatacion del cauce del rio en 200 ml en el Sector Las Islas, ubicado en la margen izquierda del Río Majes en el Distrito de Huancarqui, Provincia de Castilla, a consecuencia de la fuerza hidráulica del Río Majes, ocurrida el día 10 de febrero del 2015, ocasionado por las fuertes precipitaciones, en la zona altoandina, declarado en Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo Nº 026-2015-PCM", "Alquiler de maquinaria pesada para realizar limpieza, descolmatacion del cauce del Rio y conformación de dique de protección para un corto plazo y de carácter temporal de tramo critico en una longitud total de 180 ml, ubicado en el Sector de Chancaharay, Huancarqui, Provincia de Castilla; a consecuencia de la fuerza hidráulica del Río Majes, ocurrida el día 10 de febrero del 2015, ocasionado por las fuertes precipitaciones, en la zona altoandina. Declarado en Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo Nº 026-2015-PCM" y "Alquiler de maquinaria pesada para recuperar la capacidad de protección de la defensa ribereña colapsada en un tramo de 135 ml, y la descolmatacion del cauce del Río en 135 ml, en el Sector Tomaca El Rescate, ubicado en la margen izquierda del Río Majes en el Distrito de Huancarqui, Provincia de Castilla, a consecuencia de la fuerza hidráulica del Río Majes, ocurrida el día 10 de febrero del 2015, ocasionado por las fuertes precipitaciones, en la zona altoandina. Declarado en Estado de Emergencia mediante Decreto Supremo Nº 026-2015-PCM"; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para tal efecto recursos por un total de UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 275 147,00), a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015" y la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres"; De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Directiva Nº 0022014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres" y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI hasta por la suma de UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 275 147,00), a fin de atender seis (06) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia y nueve (09) Actividades de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.