Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2015 (28/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Lunes 28 de setiembre de 2015 /

El Peruano

PRODUCE
Designan Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del INACAL
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 065-2015-INACAL/PE Lima, 25 de setiembre de 2015 VISTO: La carta de renuncia presentada el día 7 de setiembre de 2015, por el señor Ferrer Anívar Rodríguez Rodríguez, como Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Calidad; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 009-2015-INACAL/PE, se designó al señor Ferrer Anívar Rodríguez Rodríguez, como Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Calidad; Que el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al citado cargo, por lo que corresponde emitir la respectiva resolución aceptando su renuncia, así como designando a la persona que asumirá dicho cargo; Con el visto del Jefe (e) de la Oficina de Administración y de la Secretaria General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad y el Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE ­ Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Ferrer Anívar Rodríguez Rodríguez, como Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Calidad, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a partir del 28 de setiembre de 2015 a la señora Milagros Leonor Rodríguez Osorio, Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Calidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Calidad 1292333-1

CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Salud, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, es la Autoridad de Salud a nivel nacional, ente rector del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, que tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud; asimismo, dentro de sus competencias se encuentran las de promover y participar en el desarrollo y fortalecimiento de las capacidades y competencias de los recursos humanos en salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 2862012/MINSA, se establecieron las especialidades y subespecialidades prioritarias en medicina humana a ser consideradas en la oferta de plazas en los procesos de admisión al Sistema Nacional de Residentado Médico; Que, la Dirección General de Salud de las Personas, mediante Informe N° 027-2015-PLANESPERANZADAIS-DGSP/MINSA, considera prioritario incrementar el número de especialistas en Oncología Médica y Cirugía Oncológica, ya que el análisis actual de la situación de salud en cáncer muestra que sigue siendo la segunda causa de muerte y la cuarta causa de carga de enfermedad a nivel nacional; Que, en ese contexto, la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, mediante los documentos del visto y atendiendo a la recomendación efectuada por la Dirección General de Salud de las Personas, señalada en el considerando precedente, ha sustentado la necesidad incorporar a la Cirugía Oncológica en el listado de especialidades y subespecialidades prioritarias para la formación de especialistas en medicina humana, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 286-2012/MINSA, a fin de reforzar las acciones de diagnóstico y tratamiento de los tumores de la glándula tiroides, de la cavidad oral, glándulas salivales y laringe, ginecológicos, cavidad abdominal y otros de acuerdo al ámbito de su competencia; Que, asimismo, la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos en su calidad de órgano técnico conforme a lo dispuesto en el literal b) del artículo 67-A del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA y modificatorias, ha sustentado en el documento del visto que "la programación de los campos clínicos se supedita a la disponibilidad presupuestal que se asigne cada año para el programa de residentado médico y en base a ello, se distribuye entre las especialidades y subespecialidades priorizadas," por lo que la medida propuesta no tiene incidencia presupuestal; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha evaluado la recomendación efectuada por la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, emitiendo pronunciamiento favorable mediante el documento del visto; Que, en ese sentido, resulta atendible la recomendación efectuada por la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, en coordinación con la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Resolución Ministerial N° 020-2014/MINSA, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus modificatorias, y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Misterio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el Anexo de la Resolución Ministerial N° 286-2012/MINSA que establece como prioritarias las especialidades y subespecialidades en medicina humana a ser considerados en la oferta de plazas en los procesos de admisión al Sistema Nacional de Residentado Médico, incorporando el numeral 39. CIRUGÍA ONCOLÓGICA, quedando subsistente los demás numerales a los que se refiere el anexo citado. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución

SALUD
Modifican el Anexo de la R.M. N° 286-2012/ MINSA que establece como prioritarias las especialidades y subespecialidades en medicina humana a ser considerados en la oferta de plazas en los procesos de admisión al Sistema Nacional de Residentado Médico
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 591-2015/MINSA Lima, 25 de setiembre del 2015 Visto, el Expediente N° 15-065918-002 que contiene los Informes N° 147-2015-DGRH-DT/MINSA y N° 183-2015-DGRH-DT/MINSA, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, y el Informe N° 1126-2015-OGAJ/ MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, y;

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