Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2016 (10/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Domingo 10 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los señores Regidores, con dispensa de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2016 DEL DISTRITO DE LA PERLA Artículo Primero.- RATIFICAR el PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2016 DEL DISTRITO DE LA PERLA, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana­ CODISEC, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933­ Leydel Sistema de Seguridad Ciudadana. Artículo Segundo.- PRECISAR que el plan ratificado en el artículo anterior, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DESIGNAR en la Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana ­ CODISEC al Gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital de La Perla. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General su publicación en el diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística su publicación en el portal institucional. Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1365625-1

Que, con motivo del proceso de Contratación Administrativa de Servicios Nº 01-2016-MDMC, el Comité Especial con Informe Nº02-2016-MDMC/CE solicita designación de responsable para remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Que, estando a las consideraciones de conformidad con el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, al Sr. MIGUEL ADOLFO NAVARRO MARIÑO, Gerente de la Municipalidad Distrital de Magdalena de Cao, como responsable para remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario El Peruano y en la página de Facebook de la Municipalidad Distrital de Magdalena de Cao. Regístrese, comuníquese y archívese. JOHN R. VARGAS CAMPOS Alcalde 1365621-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE PUERTO
Aprueban creación de la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad - OMAPED
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2016-CM/MDSP Supe Puerto, 17 de febrero de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE PUERTO POR CUANTO: El Concejo Municipal ha dado la siguiente ordenanza: VISTO: En Sesión Extraordinaria de fecha 17 de Febrero del 2016, el Informe Nº024-2016-MALC/GMMDSP, del Gerente Municipal, el Informe Nº 024-2016EYRG/SGDH-MDSP del Subgerente de Desarrollo Humano, sobre aprobación de la Ordenanza Municipal que formaliza la Creación y funcionamiento de la Oficina Municipal de Atención a las personas con discapacidad ­OMAPED Municipalidad Distrital de Supe Puerto. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado mediante Ley Nº 28607 (Ley de Reforma Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante artículo 84º del numeral 1.7 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que es función exclusiva de las Municipalidades Distritales "Crear la Oficina de Protección, Participación y Organización de los Vecinos con Discapacidad, como un programa dependiente de la Sub Gerencia de Desarrollo Humano"; Que, mediante artículo 70º de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales establecen en su estructura

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DE CAO
Designan responsable de remitir ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 031-2016-MDMC/A Magdalena de Cao, 21 de marzo del 2016 VISTOS: El Informe Nº02-2016-MDMC/CE del Comité Especial sobre designación de responsable para remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de Autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 0122004-TR señala que todo organismo público y empresa del Estado está obligado a remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso, con excepción de los clasificados como de confianza. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27736, los organismos públicos y empresas designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano;

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