Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2016 (10/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Domingo 10 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE JESÚS MARÍA PARA EL PERIODO FISCAL 2017 Artículo 1º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto normar y regular la participación vecinal y de los actores públicos locales en la formulación de los Presupuestos Participativos, del distrito de Jesús María, de acuerdo con las normas vigentes. Artículo 2º.- Ámbito de aplicación La presente Ordenanza tiene su ámbito de aplicación en el distrito de Jesús María, donde ejerce jurisdicción la Municipalidad Distrital de Jesús María. Artículo 3º.- Aprobación del Reglamento Apruébese el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el distrito de Jesús María, que forma parte de la presente Ordenanza y que consta de 14 articulos y 4 disposiciones finales. Artículo 4º.- Aprobación del Cronograma Delegar al Alcalde que a través de un Decreto de Alcaldía determine las fechas de la realización de las reuniones, talleres y asambleas que conforman dicho proceso. Artículo 5º.- Norma derogatoria Deróguese o déjese sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DE JESÚS MARÍA PARA EL PERÍODO FISCAL 2017 CAPÍTULO I FINALIDAD, ALCANCE, DEFINICIONES, OBJETIVOS Artículo 1º.- Finalidad Este Reglamento tiene por objetivo promover y regular la participación ciudadana en la formulación, gestión y evaluación del Presupuesto Participativo Municipal 2017, tomando sus necesidades de manera prioritaria para incorporarlas dentro del Presupuesto Municipal y se puedan alcanzar concertadamente los objetivos de desarrollo y satisfacer las necesidades e intereses de los vecinos. Artículo 2º.- Alcance El Presupuesto Participativo comprende a ciudadanos y ciudadanas así como organizaciones sociales, organismos e instituciones públicas y privadas, comprendidas en el distrito de Jesús María para efecto de la formulación concertada del Presupuesto Municipal del Año fiscal 2017. Artículo 3º.- Definiciones Para efectos de la presente norma se considera por: a) Presupuesto Participativo.- Es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. b) Agentes Participantes.- Son aquellas personas que participan con voz y voto en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de problemas y de

proyectos de inversión durante las fases del proceso del Presupuesto Participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local, los miembros del Concejo Municipal y los representantes de la Sociedad Civil identificados para este propósito. Asimismo, por el Equipo Técnico de soporte del proceso, quien tiene a su cargo la conducción del mismo. c) Sociedad Civil.- Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática así como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito local. Son organizaciones sociales de base territorial, aquellas cuyos miembros residen mayoritariamente dentro del ámbito local tales como Juntas y Comités Vecinales, clubes de madres, comedores populares, comité del vaso de leche, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes y cualquier otra agrupación social representativa en la localidad. Los organismos e instituciones privadas son todas las entidades promotoras del desarrollo, tales como Asociaciones o Gremios Empresariales, Laborales, agrarios, de productores o comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesias, entre otras, con presencia en la jurisdicción. Artículo 4º.- Objetivos Los objetivos del Presupuesto Participativo son: a) Mejorar la eficiencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en los Objetivos de los Planes de Desarrollo Concertado y en los Programas Estratégicos del Presupuesto por Resultados. b) Reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad Civil, introduciendo formalmente, en el ámbito de la gestión pública, mecanismos que permiten mejorar la focalización de la inversión pública hacia aquellos grupos de la población con mayores carencias en servicios básicos. c) Involucrar y comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en la implementación de las acciones del Estado y la sociedad en su conjunto. d) Reforzar el seguimiento, control, vigilancia y rendición de cuentas de la ejecución del presupuesto, orientada a mejorar la efectividad de la acción del Estado hacia el logro de resultados. CAPÍTULO II DEL EQUIPO TÉCNICO Y LA METODOLOGÍA Artículo 5º.- Del Equipo Técnico Para la formulación, conducción y brindar soporte técnico al proceso del presupuesto participativo, desarrollar talleres de trabajo y de evaluación técnica, así mismo de armonizar la realización de acciones de capacitación a los agentes participantes se conformará un Equipo Técnico Mixto, el que estará compuesto por profesionales y técnicos municipales, incluyendo a la sociedad civil. El Equipo Técnico Mixto estará conformado por: 1. Gerente de Planeamiento y Desarrollo Institucional, quien lo presidirá. 2. Gerente de Desarrollo Económico y Social. 3. Gerente de Desarrollo Urbano. 4. Gerente de Seguridad Ciudadana. 5. Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional. 6. Gerente de Participación Vecinal 7. Un miembro de la representación de la sociedad civil ante el CCL elegido por los miembros de dicha representación. Artículo 6º.- Funciones del Equipo Técnico Mixto El Equipo Técnico Mixto del Presupuesto Participativo preparará los elementos necesarios para el desarrollo del proceso en relación a los siguientes temas:

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