Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2016 (10/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Domingo 10 de abril de 2016 /

El Peruano

o privadas que correspondan con forme al ordenamiento legal vigente. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. EDILBERTO SANCHEZ SANCHEZ Gerente Municipal 1365879-1 RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 201-2015-GM/MDSJL San Juan de Lurigancho, 6 de octubre de 2015 VISTO: El Informe Nº 267-2015-GAJ/mdsjl de fecha 5 de octubre de 2015, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre declaración de habilitación urbana de oficio. CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Nº 335-2015-SGOPHUGDU-MDSJL de fecha 23 de septiembre de 2015, la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas identifica y propone la declaración de habilitación urbana de oficio del predio de 10,047.60 m2, ubicado en la Av. Portada del Sol Nº 676 del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, inscrita a favor de la empresa Hidrostal S.A. en la Partida Nº 49033676 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX ­ Sede Lima, acreditando para ello la ejecución de las actividades establecidas en el Artículo 40 del Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación ­ D.S. Nº 008-2013-vivienda, estableciendo la concurrencia de las condiciones legales para tal fin y determinando la inexistencia de alguna causal de improcedencia, cumpliendo con elaborar y proporcionar el Expediente Técnico en la forma establecida en el Artículo 40-E del citado dispositivo legal; Que, de la inspección ocular efectuada por la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, en el área de terreno materia del presente procedimiento administrativo, se observó que existe más del noventa por ciento (90%) de edificaciones construidas en función a los lineamientos establecidos en el ordenamiento legal de la materia, que cuentan con obras de agua potable, alcantarillado, electrificación, telefonía, alumbrado público, calzadas, aceras y señalización, que sustentarían la aprobación de la propuesta de la mencionada unidad orgánica, tal como se colige de su Informe Nº 335-2015-SGOPHU-GDU-MDSJL de fecha 23 de septiembre de 2015; Que, con el Memorando Nº 2084-2015-GDUMSJL de fecha 5 de octubre de 2015, la Gerencia de Desarrollo Urbano emitió su pronunciamiento técnico favorable para la declaración de habilitación urbana de oficio del predio precisado en los párrafos precedentes, propuesto por la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, cuya validez legal se encuentra confirmada por la Gerencia de Asesoría Jurídica con su Informe Nº 267-2015-GAJ/mdsjl de fecha 5 de octubre de 2015, comprobándose que no resulta exigible los aportes reglamentarios y derechos de tramitación, según se desprende de lo previsto en el Artículo 24 de la Ley Nº 29090, modificado con la Ley Nº 29898, y numeral 40.3 del Artículo 40 del Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación ­ D.S. Nº 008-2013-vivienda; Que, de acuerdo a lo regulado en el numeral 3.6.1 del inciso 3 del Artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho se encuentra facultado, entre otras, para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias de las habilitaciones urbanas, que incluye a la declaración de la habilitación urbana de oficio, que es un procedimiento administrativo para

declarar habilitado de oficio un predio ubicado en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones destinadas a vivienda y demás complementarias a dicho uso, con servicios públicos domiciliarios de agua potable, desagüe o alcantarillado, energía eléctrica y alumbrado público e inscrito registralmente como predio rústico, según se regula en el Artículo 40 del Reglamento de Licencias de Habilitaciones Urbanas y Licencias de Edificación ­ D.S. Nº 008-2013-vivienda, concordante con lo previsto en el Artículo 24 de la Ley Nº 29090, modificado con la Ley Nº 29898; Que, conforme se establece en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú y Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho es una institución con personería jurídica de derecho público que goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento legal vigente, y; Estando a la facultad delegada con Resolución de Alcaldía Nº 830-2015-A/MDSJL de fecha 25 de septiembre de 2015, y lo regulado en el Artículo 24 de la Ley Nº 29090, modificado con la Ley Nº 29898. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la Habilitación Urbana de Oficio del predio de 10,047.60 m2, ubicado en la Av. Portada del Sol Nº 676 del Distrito de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de Lima, inscrita a favor de la empresa Hidrostal S.A. en la Partida Nº 49033676 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX ­ Sede Lima, sujeto al Expediente Técnico, que contiene el informe técnico y legal favorable. Artículo Segundo.- Aprobar el Expediente Técnico de la habilitación urbana de oficio del predio precisado en el Artículo Primero del presente acto administrativo, así como la Memoria Descriptiva y planos que lo integran, como es el Plano Nº U-01-2015-GDU/ MDSJL (Plano de Ubicación y Localización), Plano Nº P-02-2015-GDU/MDSJL (Plano de Perimétrico y Topográfico), Plano Nº L-03-2015-GDU/MDSJL (Plano de Lotización) y Plano Nº C-04-2015-GDU/MDSJL (Plano Catastral). Artículo Tercero.- Aprobar los cuadros de áreas de la habilitación urbana de oficio del predio precisado en el Artículo Primero de la presente resolución, en la forma siguiente: CUADRO DE DATOS TÉCNICOS
VÉRTICE A B C D LADO A­B B-C C-D D-A TOTAL DISTANCIA 155.08 69.64 140.44 68.00 433.16 ÁNGULO INTERNO 90º5'49" 77º46'4" 102º12'29" 89º55'38" 360º0'0" ESTE (X) 282744.4368 282891.3969 282899.1485 282766.0430 NORTE (Y) 8670673.9069 8670723.4302 8670654.2228 8670609.4307

SUMA DE ÁNGULOS (REAL) = 360º00'00" ERROR ACUMULADO = 00º00'00"

CUADRO GENERAL DE ÁREAS
Área de Terreno (área bruta) Área Útil del Terreno 10047.60 m2 10047.60 m2

Artículo Cuarto.- DISPONER a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP la inscripción del presente acto administrativo en la Partida Nº 49033676 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº IX ­ Sede Lima, procediéndose al cambio de su condición de rústico a urbano del predio a que se refiere dicha partida registral.

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