Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2016 (28/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de abril de 2016 /

El Peruano

parte de la Mesa Directiva el Gerente Municipal y los Gerentes de línea acompañados por las Sub Gerencias y 03 vecinos y autoridades designadas para tal fin. Artículo 22º.- Facultades del Presidente de la Mesa Directiva. El Presidente de la Mesa Directiva, se encuentra facultado para: a) Designar a un secretario que lo asista. b) Establecer sobre la modalidad de respuesta a las preguntas formuladas verbal o escrito. c) Ampliar excepcionalmente el tiempo a las intervenciones, cuando lo considere necesario. d) Disponer con carácter excepcional la interrupción, suspensión, prórroga o postergación de la sesión, así como su reapertura o continuación. e) Desalojar la sala, expulsar personas y/o recurrir al auxilio de la fuerza pública, a fin de asegurar el normal desarrollo de la Audiencia. f) Declarar el cierre de la Audiencia Pública Municipal, explicar brevemente a los participantes acerca de las medidas concernientes a la continuidad del trámite y lugar en el cual efectuar las consultas. Artículo 23º.- Desarrollo de la Audiencia Pública La Audiencia Pública Municipal, se desarrollará en el lugar y hora previstos en la convocatoria y se realizará de acuerdo a la agenda respectiva, la exposición estará a cargo del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa y/o Gerente Municipal, disponiendo del tiempo que se considere pertinente, sin intervención del público. La conducción estará a cargo de un Moderador. Artículo 24º.- Funciones del Moderador · Presentar y dar lectura del Reglamento de las Audiencias Públicas Municipales, aprobada por Decreto de Alcaldía para el presente ejercicio. · Presentar la agenda y explicar las reglas que regirán en el desarrollo de la Audiencia Pública Municipal. · Garantizar que todos los participantes inscritos, tengan el mismo tiempo de uso de la palabra. · Evitar el diálogo entre los participantes y asistentes a la Audiencia Pública Municipal. · Permitir que toda intervención sea dirigida a través del Presidente de la Mesa Directiva. Artículo 25º.- Formulación de Preguntas Concluida la exposición del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa; se procederá a la formulación de preguntas en forma oral o escrita por los representantes de las Instituciones Públicas y Privadas y ciudadanos en general debidamente inscritos, quienes tendrán un tiempo de tres (03) minutos como máximo sin lugar a réplicas para concluir con las respuestas del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa y cuando la pregunta tenga un carácter técnico especializado, podrá ser respondida por el funcionario competente que el Alcalde designe. Artículo 26º.- Intervenciones Espontáneas. No se admiten intervenciones orales espontáneas fuera de la lista de inscritos durante la realización de la Audiencia Pública Municipal. Artículo 27º.- Orden en la Audiencia. Toda acción que afecte el normal desarrollo de la Audiencia Pública Municipal motivará una exhortación al público asistente por parte del Moderador, para mantener el orden y la ponderación. De persistir la alteración del orden, se solicitará la intervención de la fuerza pública para el retiro de la sala, a la(s) persona(s) que cometan actos de inconducta, que perturben la normal realización de la Audiencia. Artículo 28º.- Redacción y firma de Acta de la Audiencia Pública Municipal. La elaboración del Acta de Audiencia Pública

Municipal, estará a cargo de la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, en la que se dejará constancia del desarrollo de la Audiencia Pública Municipal, documento que es firmado por el Alcalde de la Municipalidad, Funcionarios y demás participantes. Artículo 29º.- Declaración del Cierre y Clausura. Finalizada las intervenciones de las partes y absolución de consultas, se dará por concluida la Audiencia Pública Municipal, con la intervención final del Alcalde de la Municipalidad tomando en cuenta las sugerencias que surjan, y dará por concluido el evento, procediendo a suscribir el Acta correspondiente y la clausura respectiva. Artículo 30º.- De la Publicación. La Municipalidad Distrital de Santa Rosa, publicará en su Portal Web, un resumen ejecutivo de los resultados de la Audiencia Pública Municipal. TÍTULO V DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El presente Reglamento será aprobado, mediante Decreto de Alcaldía y rige para las Audiencias Públicas Municipales del año 2016. Segunda.- Los actos no previstos en el presente Reglamento serán absueltos con participación de los asistentes, antes del inicio de la exposición del informe por el Alcalde de la Municipalidad. Tercera.- La Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, tendrá a su cargo la implementación y presentación de las Audiencia. 1369032-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 009-2016-MDCLR Mediante Oficio Nº 046-2016-SG-MDCLR, recibido el 27 de abril de 2016, la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 009-2016-MDCLR, publicada en la edición del 15 de abril de 2016. CAPÍTULO III (página 583442) DICE: "Artículo 17º.- Son consideradas como infracciones las conductas tipificadas en el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS), siendo de aplicación el procedimiento sancionador pertinente, las sanciones económicas y medidas complementarias pertinentes, a cargo de la Sub Gerencia de Fiscalización". DEBE DECIR: "Artículo 17º.- Son consideradas como infracciones las conductas, así como las sanciones económicas y medidas complementarias, tipificadas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS); siendo de aplicación el procedimiento sancionador establecido en el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS), a cargo de la Sub Gerencia de Control y Sanciones". 1373109-1

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