Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2016 (28/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de abril de 2016 /

El Peruano

y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 197º y 199º, establece que las Municipalidades promueven apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución, en forma anual y bajo responsabilidad; Que, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, en su título III, aspectos Generales de la Descentralización, Capítulo IV, dispone que los Gobiernos Locales deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la Ley así como la conformación de espacios y mecanismos de consulta, concertación control, evaluación y rendición de cuentas; Que, la Ley de Transparencia y acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806, la Ley Marco de Presupuesto Participativo, Ley Nº28056 y la decisión política de esta gestión es propiciar espacios para la población en su conjunto puedan verificar fehacientemente la Utilización adecuada de los recursos públicos; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en su Título XII, Transparencia Fiscal y la Neutralidad Política, artículo 148º, señala que los Gobiernos Locales están sujetos a la norma de transparencia y sostenibilidad fiscal y a otras conexas en su manejo a los recursos públicos; dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generación de confianza de la ciudadanía para el accionar del Estado, así como para alcanzar un manejo eficiente de los recursos públicos; Que, los Gobiernos Locales son entidades básicas de organización territorial del Estado y canales mediatos de participación vecinal en el asunto público, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses de su población de sus correspondientes colectividades; El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, en Sesión Ordinaria del Concejo, acordó aprobar el Reglamento de Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del año Fiscal 2015. Que, para mejor realización de las audiencias Públicas de Rendición de Cuentas, es necesario contar con un reglamento que establezca pautas y los mecanismos a seguir en las respectivas Audiencias Públicas, que llevará a cabo la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, para promover, facilitar la participación democrática y responsabilidad de las instituciones públicas y privadas; así como de los ciudadanos de la sociedad civil; Que, por la necesidad de fortalecer los procesos democráticos y el rol de la ciudadanía en la promoción de desarrollo local; y entendiendo que la coordinación entre la ciudadanía y el Gobierno Municipal es un paso fundamental para la consolidación de la gobernabilidad del Municipio. En tal sentido el Gobierno Local de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa promueve mecanismos de participación ciudadana en la Gestión Municipal, como procesos de Planificación Concertado y Rendición de Cuentas; Que, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 201 inciso 6 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y demás disposiciones vigentes. SE DECRETA Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Audiencias Públicas de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, para el año 2016, que consta de VI Títulos, 30 Artículos y Tres Disposiciones Complementarías. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a Secretaria General, la publicación del Reglamento en el portal Web de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa y se realice la difusión respectiva. Artículo Tercero.- DERÓGUESE, cualquier otra disposición Municipal vigente que se oponga al presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ARCE ARIAS Alcalde

REGLAMENTO PARA EL DESARROLLO DE AUDIENCIAS PÚBLICAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA PARA EL AÑO 2016 TÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Audiencia Pública Municipal La Audiencia Pública Municipal, es un mecanismo de participación ciudadana y transparencia de la Gestión Pública de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, propiciado por las Entidades u Organismos de la Administración Pública, donde Personas Naturales o Jurídicas u Organizaciones Sociales, se reúnen en un acto público para conocer sobre la gestión y los resultados de la ejecución de políticas y recursos asignados para el cumplimiento de la misión institucional. En la Audiencia Pública Municipal, la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, apertura un espacio para informar, explicar, justificar los logros y avances de su gestión ante la Sociedad Civil, permitiendo el seguimiento y evaluación de sus compromisos, planes y programas. Artículo 2º.- Objetivos de la Audiencia Pública Municipal. 2.1 Fortalecer la relación de la Municipalidad y su Población. 2.2 Afianzar la legitimidad para las Instituciones del Estado. 2.3 Facilitar el ejercicio del control social a la gestión pública. 2.4 Contribuir al desarrollo de los principios rectores de las políticas y gestión municipal de participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficacia, eficiencia, imparcialidad y participación ciudadana en el manejo de los recursos públicos. 2.5 Construir un espacio de interlocución directa entre los servidores públicos y la ciudadanía, trascendiendo el esquema de que esta es sólo receptora pasiva de informes de gestión. 2.6 Ser un mecanismo para ajustar políticas, proyectos y planes de acción, de manera que responda a las demandas y necesidades de la comunidad. Artículo 3º.- Objetivos del Reglamento. El presente Reglamento determina la naturaleza y procedimientos, a través del cual la Municipalidad Distrital de Santa Rosa realiza las Audiencias Públicas para el año 2016. El objeto es dar a conocer a la población del Distrito de Santa Rosa, sobre las acciones que desarrolla la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, dando cuenta de los logros, dificultades y avances alcanzados, así como promover una efectiva participación ciudadana en la fiscalización de la gestión social de las actividades y trabajos realizados. Artículo 4º.- Ámbito de Aplicación. El presente Reglamento es de aplicación en las Audiencias Públicas Municipales convocadas en el ámbito y competencia de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, siendo de cumplimento obligatorio para todos los organizadores y participantes de las Audiencias Públicas Municipales. Artículo 5º.- El presente Reglamento se sujeta a lo establecido y normado en las siguientes normas legales: - Constitución Política del Perú y sus modificatorias Art. 199º. - Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. - Texto Único Ordenado de la Ley Nº27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. - Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27806. - Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias. - Reglamento de Organización y Función (ROF), de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa.

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