Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2016 (28/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Jueves 28 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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3082-2011 y sus normas modificatorias, cuyo texto se anexa a la presente resolución y se publica en el portal institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER MARTIN POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1373330-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Ordenanza Regional que aprueba el "Consejo de Representantes de las Zonas de Producción Acuícola de la Bahía de Sechura"
ORDENANZA REGIONAL Nº 350-2016/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053 y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Informe Nº 042-2015-GRP-420020100, de fecha 07 de diciembre de 2015, la Directora Regional de la Producción Piura, sustentó ante la Gobernación Regional de Piura la constitución del Consejo de Representantes Maricultores de la Bahía de Sechura, conformado por los representantes de las 8 zonas productivas de la Bahía de Sechura: Chulliyachi, Matacaballo, Constante, Las Delicias, Parachique, Barrancos, Vichayo y Puerto Rico; Que, mediante Oficio Nº 384-2016-GRP-420020100-700, de fecha 26 de enero de 2016, la Directora Regional de la Producción Piura, adjunta a la Gobernación Regional de Piura Proyecto de Resolución Ejecutiva Regional y Proyecto de Reglamento de Funcionamiento del Consejo de Representantes de las Zonas de Producción Acuícola de la Bahía de Sechura, los mismos que modifican los anexos del Informe Nº 042-2015-GRP-420020-100, de fecha 07 de diciembre de 2015; Que, mediante Informe Nº 241-2016/GRP-460000, de fecha 08 de febrero de 2016, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica emitió Opinión Legal a la Secretaría General de la Gobernación Regional

respecto de la propuesta de Reglamento del "Consejo de Representantes de Maricultores de la Bahía de Sechura", concluyendo y recomendando se remita la propuesta de aprobación de la constitución del "Consejo de Representantes de Maricultores de la Bahía de Sechura" al Consejo Regional para que se emita la ordenanza regional correspondiente; Que, mediante Informe Nº 024-2016/GRP-200010ACCR, de fecha 18 de marzo de 2016, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional Piura, emitió Informe Técnico - Legal a la Secretaría del Consejo Regional respecto a la conformación del "Consejo de Representantes de las Zonas de Producción Acuícola de la Bahía de Sechura", el mismo que deberá estar integrado por los representantes de cada una de las ocho (8) zonas productivas de las Organizaciones Sociales de Pescadores y Extractores de Mariscos de la referida Bahía: Chulliyachi, Matacaballo, Constantes, Las Delicias, Parachique, Barrancos, Vichayo y Puerto Rico; recomendando se continúe el trámite para la aprobación de la Ordenanza Regional; Que, en ese orden de ideas, mediante Acta de Reunión de la Comisión de Promoción de Inversiones e Infraestructura, de fecha 30 de marzo de 2016, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica efectúa precisiones al Informe Nº 241-2016/GRP460000, de fecha 08 de febrero de 2016, concluyendo y recomendando sólo la Aprobación de la Creación del "Consejo de Representantes de las Zonas de Producción Acuícola de la Bahía de Sechura" mediante la correspondiente Ordenanza Regional, el mismo que deberá estar integrado por los representantes de cada una de las ocho (8) zonas productivas de las Organizaciones Sociales de Pescadores y Extractores de Mariscos de la referida Bahía: Chulliyachi, Matacaballo, Constante, Las Delicias, Parachique, Barrancos, Vichayo y Puerto Rico, con la finalidad de asegurar la continuidad del orden de las actividades acuícolas en la Bahía de Sechura; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 07-2016, de fecha 30 de marzo de 2016, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL "CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LAS ZONAS DE PRODUCCIÓN ACUÍCOLA DE LA BAHÍA DE SECHURA" Artículo Primero.- Aprobar la Creación del "Consejo de Representantes de las Zonas de Producción Acuícola de la Bahía de Sechura", el mismo que deberá estar integrado por los representantes de cada una de las ocho (8) zonas productivas de las Organizaciones Sociales de Pescadores y Extractores de Mariscos de la referida Bahía: Chulliyachi, Matacaballo, Constante, Las Delicias, Parachique, Barrancos, Vichayo y Puerto Rico. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General Regional en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Económico, disponga a la Dirección Regional de la Producción, en un plazo de sesenta días de publicada la presente Ordenanza Regional, presente al Consejo Regional un Informe de las acciones a implementar en el "Consejo de Representantes de las Zonas de Producción Acuícola de la Bahía de Sechura". Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Económico la implementación de la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación.

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