Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2016 (28/04/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

584296
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 146-2016-IN Lima, 27 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

Jueves 28 de abril de 2016 /

El Peruano

VISTOS; el Oficio RE (LEG/OCJ) N° 4-3-A/666, de fecha 6 de abril de 2016, de la Jefatura de la Oficina de Cooperación Judicial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú; y, el Memorándum Nº 1248-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 14 de abril de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio RE (LEG/OCJ) N° 4-3-A/666, de fecha 6 de abril de 2016, la Jefatura de la Oficina de Cooperación Judicial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú hace de conocimiento de la Jefatura de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones del Ministerio Público que, en relación a la extradición de la ciudadana Ximena Giulliana Guerra Vasquez, requerida por el Cuadragésimo Octavo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el proceso seguido por el presunto delito de Hurto agravado, en agravio de Oswaldo Ponte De Ornela, nuestra Embajada en la República de Panamá ha recibido la Nota Verbal AJ MIRE-2016-22459, por la cual se comunica que se pone a disposición a la ciudadana antes mencionada, para efecto de ejecutar su extradición, en el término improrrogable de treinta (30) días calendario computados a partir de la fecha de recibo (06.04.2016), con la salvedad que de no efectuarse el traslado dentro de ese plazo, la extraditable será puesta en libertad y no podrá ser detenida para los fines de la solicitud de extradición, motivo por el cual solicitaron realizar las coordinaciones con la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Lima, a fin de que ejecuten la presente extradición, debiendo comunicar los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar a la citada reclamada desde la ciudad de Panamá - República de Panamá, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 120-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 13 de abril de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios, del 30 de abril al 4 de mayo de 2016, a la ciudad de Panamá República de Panamá, de la Mayor de la Policía Nacional del Perú Erika Isabel Campos Torpoco y de la Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Itamar Jara Pérez, para que ejecuten la extradición activa simplificada mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Nº 1248-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 14 de abril de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú da su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones

a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidencia del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, de la Mayor de la Policía Nacional del Perú Erika Isabel Campos Torpoco y de la Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Itamar Jara Pérez, del 30 de abril al 4 de mayo de 2016, a la ciudad de Panamá - República de Panamá, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Importe US$ 315.00 Días 5 X Pers. 2 Total US$ = 3,150.00

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1373667-5

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Reconocen a Obispo Auxiliar Arquidiócesis de Huancayo
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2016-JUS Lima, 27 de abril de 2016

de

la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.