Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2016 (17/08/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 48

597014

NORMAS LEGALES

Miércoles 17 de agosto de 2016 /

El Peruano

medidas administrativas necesarias, teniendo en cuenta para ello el informe del Área de Estadística. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que el Segundo Juzgado Penal Transitorio de El Agustino remita la carga procesal pendiente al treinta y uno de agosto del año en cuso, a la Mesa de Partes Única de la Sede Judicial ubicada en la Av. Túpac Amaru Nº 601 ­ Cooperativa Universal ­ Santa Anita, para que redistribuya los expedientes de la siguiente manera:
Fecha Juzgado Remitente Juzgado Receptor Trámite 200

CONSIDERANDO QUE: El Decreto Supremo Nº012-2004-TR (Reglamento de la Ley Nº 27736), dispone que los funcionarios autorizados a difundir las ofertas de empleo de las instituciones públicas deben ser designados mediante Resolución del Titular; De conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica del Banco Central de Reserva del Perú, corresponde al Directorio efectuar la correspondiente designación, y estando a lo acordado en sesión de 4 de agosto de 2016; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a los funcionarios responsables de remitir las ofertas de empleo de la Institución al Programa del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: - Señora María Teresa San Bartolomé Gelicich, Gerente de Recursos Humanos (Titular). - Señor Carlos Emmanuel López Obregón, Subgerente de Recursos Humanos (Suplente). Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1416736-1

Del 16 al 31 de 2º Juzgado Penal 1º Juzgado Penal Agosto Transitorio de El Transitorio de El Agustino Agustino

Juzgado Penal de La diferencia de los El Agustino Expedientes en Trámite

Artículo Segundo.- Los demás expedientes que se encuentren en estado diferente al de trámite, se distribuirán de forma equitativa y aleatoria en las mismas fechas señaladas en el artículo anterior. Artículo Tercero.- Los expedientes materia de redistribución deben ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras, asimismo, todos los escritos deberán estar debidamente proveídos bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER que en el plazo antes señalado el responsable de la Mesa de Parte de la Sede Judicial ubicada la Av. Túpac Amaru Nº 601 ­ Cooperativa Universal ­ Santa Anita, cumplan con recepcionar y redistribuir a través del Sistema Integrado Judicial los expedientes que les sean remitidos por el Segundo Juzgado Penal Transitorio de El Agustino. Artículo Quinto.- Los responsables del Área de Informática y Estadística de esta Corte Superior de Justicia, deberán adoptar las medidas necesarias para que se cumpla la distribución equitativa y aleatoria de expedientes dispuesta por la presente resolución. Artículo Sexto.- PROCEDER al CIERRE DE TURNO para el Segundo Juzgado Penal de El Agustino, a partir del dieciséis de agosto del año en curso, precisando que la presente disposición no afecta de modo alguno lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 157-2016-P-CSJLE/PJ. Artículo Séptimo.- REMITIR copia de la presente Resolución Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y a los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABÁS KAJATT Presidenta 1416696-1

CONTRALORIA GENERAL
Nombran Vocales Titulares de la Segunda Sala del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 396-2016-CG Lima, 16 de agosto de 2016 VISTO, el Informe Final N° 01-2016-CS emitido por el Comité de Selección del Concurso Público de Méritos "Vocales para el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas"; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29622, que modifica la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República ­ Ley N° 27785 y amplía las facultades en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional, dispone que el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas constituye la última instancia administrativa en el procedimiento sancionador, siendo un órgano colegiado adscrito a la Contraloría General, con independencia técnica y funcional en las materias de su competencia y autonomía en sus decisiones; Que, conforme a la citada Ley y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 023-2011-PCM, las Salas del Tribunal Superior están conformadas por cinco (5) miembros, elegidos a través de concurso público de méritos, convocado y dirigido por la Contraloría General, siendo nombrados mediante Resolución de Contraloría y permaneciendo en el cargo por un período de cinco (5) años; Que, el Reglamento del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, establece en el literal h) de su artículo 5°, que el Tribunal Superior puede disponer, a través de acuerdo de Sala Plena, la conformación o desactivación de Salas adicionales, contando con la correspondiente certificación de la disponibilidad presupuestal de la Contraloría General; Que, el Tribunal Superior, mediante Oficio N° 06-2016CG/TSRA del 18 de marzo de 2016, hizo de conocimiento

ORGANOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Designan funcionarios responsables de remitir ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 047-2016-BCRP-N Lima, 15 de agosto de 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.