Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2016 (02/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Viernes 2 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

605671

SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la publicación en la página Web de Osinergmin www.osinergmin.gob.pe , del proyecto de resolución que aprueba la Norma "Procedimiento para el Cumplimiento de los Contratos asociados al Proyecto: Suministro de Energía para Iquitos", conjuntamente con su exposición de motivos y los Informes Técnico N° 7212016-GRT y Legal N° 722-2016-GRT que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Definir un plazo de veinte (20) días calendario contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas (GRT) de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: ReservaFriaIquitos@osinergmin.gob.pe. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios, para su análisis, hasta las 06:00 p.m. Artículo 3°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo 1459577-3

Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó por Concurso Público; De conformidad a la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, al Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias, Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00196-2014-SUNAT/300000 y conforme a la Resolución de Superintendencia N° 0042015/SUNAT, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 14.01.2015. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Pucallpa del trabajador JOSE VICTOR DIAZ ALCEDO con Código SUNAT N° 3273. Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Pucallpa a la trabajadora MIRELLI LIDIANA RENGIFO VARGAS con código SUNAT N° 7751. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VIDAL CÁRDENAS VELARDE Intendente (e) Intendencia de Aduana de Pucallpa 1459240-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

PODER JUDICIAL

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Pucallpa
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 217 3T0000/2016-000750 Pucallpa, 25 de noviembre de 2016. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Intendencia N° 0153-2014-SUNAT/217-3T0000 de fecha 12.02.2014, se realizó la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Pucallpa al trabajador JOSE VICTOR DIAZ ALCEDO, con Código SUNAT N° 3273, la cual se ha estimado conveniente dejar sin efecto y designar a un nuevo Auxiliar Coactivo; Que, la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 00196-2014-SUNAT/300000 de fecha 06.06.2014 desconcentra en los Intendentes de Aduana entre otros, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de su competencia; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la trabajadora MIRELLI LIDIANA RENGIFO VARGAS ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos señalados en el considerando precedente y mediante Memorándum Electrónico N° 00042-2016-3T0400 la Intendencia Nacional de Recursos Humanos ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Circular N° 009-2005-SUNAT; Que, la Décima Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario precitado establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de Juez Titular del Primer Juzgado Especializado Penal de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 152-2016-P-CE-PJ Lima, 30 de noviembre de 2016 VISTA: La solicitud de renuncia presentada por la señora doctora Otilia Martha Vargas Gonzáles, Jueza Titular del Primer Juzgado Especializado Penal de Lima, quien actualmente desempeña el cargo de Juez Superior Provisional en la Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima; con certificación de firma ante Notario Público del Callao. CONSIDERANDO: Primero. Que la señora doctora Otilia Martha Vargas Gonzáles formula renuncia al cargo de Jueza Titular del Primer Juzgado Especializado Penal de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima, a partir del 1 de enero de 2017; nombrada mediante Resolución Suprema Nº 060-90-JUS, de fecha 9 de marzo de 1990; y ratificada por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 027-2012-PCNM, del 20 de enero de 2012. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 107º, numeral 3), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por la recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigación y que se

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