Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2016 (02/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de diciembre de 2016 /

El Peruano

General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N° 1400 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribución de la transferencia; Que, mediante Informe N° 049-2016-SIS/GNF-SGF/ RDLSM con Proveído Nº 993-2016-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la transferencia de recursos a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional, con cargo al Calendario del mes de diciembre de 2016, para cubrir los conceptos de Pago de Preliquidado y Cápita, informando a la vez que el importe a transferir a cada Unidad Ejecutora contempla los componentes de reposición y de gestión y que el prestador tiene la obligación de reponer el 100% del consumo reportado; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial "El Peruano", la transferencia de los recursos a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Con el visto de la Secretaria General, del Gerente (e) de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Director General (e) de la Oficina General de Administración de Recursos, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Total por la suma de SETENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES (S/. 78,332,074.00) con cargo a las Fuentes de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de diciembre 2016, para las Unidades Ejecutoras

detalladas en los Anexos 01 y 02, que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Total RO 00-Recursos Ordinarios S/. S/. S/. S/. 78'332,074.00 64'223,122.00 14'108,952.00 78'332,074.00

{

- Preliquidado - Cápita TOTAL GENERAL

Artículo 2.- Aprobar la liquidación de la producción neta del mes de agosto 2016 por OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA CON 56/100 SOLES (S/. 86,000,980.56) detallado en el Anexo N° 02 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- El Titular del Pliego, mediante Resolución, aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, respetando los montos asignados en las categorías presupuestarias, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución debe ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la respectiva página web del Pliego. Con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el plan de beneficios del SIS, asi como acorde a la programación de actividades articuladas al plan operativo de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento, la publicación del reporte que detalle la transferencia descrita en el anexo de la presente resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/ transferencias.html, Artículo 5.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; así como publicar en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, http://www.sis.gob.pe/ ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolución y su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMUNDO PABLO BETETA OBREROS Jefe del Seguro Integral de Salud 1459890-1

REQUISITO PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu. com.pe.

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