Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2016 (04/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

605832

Nº DE ORDEN

DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

de vigencia del Comité Especial Multisectorial de Reestructuración de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador,Primera Disposición Complementaria y Final (07.08.2004). -D.S. Nº 005-2005-TR, Reglamento de la Ley N° 28320, Art. 3º (11.08.2005). -Decreto Legislativo N° 295 - Código Civil Art. 660° (25.07.1984). -Acuerdo Nº 58-14-ESSALUD-2011 que aprueba el Reglamento de Prestaciones Económicas Art. 14° (28.07.2011). -Resolución N° 619-GG-ESSALUD-2012 que aprueba la Directiva Nº 08-GG-ESSALUD-2012 numeral 7.1.2 y Numeral 8.2 (03.12.2012). -Resolución N° 28-GCSPE-ESSALUD-2015, Art. 1°(07.10.2015).

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD CALIFICACIÓN DERECHO DE INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE REQUISITOS PLAZO AUTORIDAD TRAMITACIÓN RECURSOS INICIO DE Evaluación Previa PARA COMPETENTE PARA PROCEDIMIENTO Automático Formulario / RESOLVER Número y denominación En % UIT En S/ Positivo Negativo RESOLVER RECONSIDERACIÓN APELACIÓN Ubicación Plazo para resolver Plazo para resolver recurso: recurso: Treinta (30) días Treinta (30) días hábiles hábiles

NORMAS LEGALES

Notas: (1) Prescripción: El derecho a reclamar subsidio por maternidad prescribe a los seis (06) meses contados desde la fecha en que cesó el el período máximo posparto (Art. 23° del D.S. N°009-1997-SA). (2) En caso se cuente con Certificado Médico Particular, deberá ser reemplazado por un Certificado de Incapacidad Temporal -CITT, conforme al procedimiento "Validación de Certificado Médico" del TUPA. (3) El empleador debe efectuar previamente la baja de registro en el T-REGISTRO (SUNAT VIRTUAL). Formulario N° 1010 Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas Gratuito X Quince (15) Ventanilla Única de días hábiles Atención al Usuario de las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas Jefe de la Oficina de Jefe de la Oficina de Seguros y Seguros y Prestaciones Prestaciones Económicas Económicas Sub Gerente de Regulación de Prestaciones Económicas

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Presentar: 1. Formulario N° 1010 debidamente llenado, firmado por la asegurada y el representante legal o funcionario autorizado de la entidad empleadora, indicando el número de Certificado de Incapacidad Temporal - CITT que sustenta el descanso por maternidad a subsidiar(2). 2. Mostrar documento de identidad original vigente

Domingo 4 de diciembre de 2016 /

PAGO DE SUBSIDIO POR MATERNIDAD(1) Pago Directo a: . Trabajadoras del Hogar . Trabajadoras Portuarias (en baja temporal) . Trabajadoras de las Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Público . Aseguradas Agrarias Independientes . Pescadoras y Procesadoras Pesqueras Artesanales Independientes Base Legal: -Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud Art. 12º literal b) (17.05.1997), modificado por la Ley Nº 28791 (21.07.2006). -D.S. Nº 009-1997-SA, Reglamento de la Ley N° 26790, Portal Institucional de ESSALUD

(DNI, Carnet de Extranjería o Pasaporte). En caso la solicitud sea presentada por un tercero, se deberá adjuntar: - Carta poder simple, firmada por la asegurada autorizando trámite de la solicitud de prestaciones económicas.

Plataforma Virtual de Seguros y Prestaciones Económicas

El Peruano

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