Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2016 (04/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

605838

Nº DE ORDEN

DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD - ESSALUD CALIFICACIÓN DERECHO DE INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE REQUISITOS PLAZO AUTORIDAD TRAMITACIÓN RECURSOS Evaluación Previa INICIO DE PARA COMPETENTE PARA PROCEDIMIENTO Automático Formulario / RESOLVER En % UIT En S/ Positivo Negativo RESOLVER RECONSIDERACIÓN APELACIÓN Número y denominación Ubicación

- Acuerdo de Consejo Directivo N° 58-14-ESSALUD-2011 Art. 12° y 14° (28.07.2011). - Resolución N° 619-GG-ESSALUD-2012 que aprueba la Directiva N° 008-GG-ESSALUD-2012, numeral 10.3 y 10.4 (03.12.2012). Plataforma Virtual de Seguros y Prestaciones Económicas

Plazo para presentar Plazo para presentar recurso: quince (15) recurso: quince (15) días hábiles días hábiles Plazo para resolver recurso: Treinta (30) días hábiles Plazo para resolver recurso: Treinta (30) días hábiles

GERENCIA CENTRAL DE GESTION FINANCIERA Gratuito X Treinte (30) Lima días hábiles Oficina de Gestión Documentaria Av. Arenales Nº 1402 Jesús María Lima Sub Gerente de Cobranza No Tributaria Lima Sub Gerente de Cobranza No Tributaria Lima Gerente de Control Contributivo y Cobranzas

NORMAS LEGALES

23

DEVOLUCIÓN POR PAGOS EN EXCESO O INDEBIDOS DE DEUDA NO TRIBUTARIA DE NATURALEZA PÚBLICA

Presentar:

Generados por la repetición del reembolso de las prestaciones asistenciales y/o económicas otorgadas a los afiliados regulares de entidades empleadoras en condición de morosidad

1. 2. . 3.

Solicitud de devolución. Documentos que acrediten pago en exceso o indebido, una (01) copia simple. representante asegurado titular, una (01) copia simple.

Domingo 4 de diciembre de 2016 /

Base Legal: - Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, Art. 2 ° literal c), numeral 14.7 del artículo 14º (30.01.1999). - Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 41.1.1 del Art. 41º, 62º, 107º y 113º (11.04.2001). - Decreto Legislativo N° 295, Codigo Civil Art. 1244° y 1267° (25.07.1984).

Provincias Provincias Provincias Provincias Mesa de Parte / Jefe de Oficina o Jefe de Oficina o Jefe de Oficina de Oficina/ Unidad Unidad Administración de la Unidad de Trámite de Finanzas de la de Finanzas de la Gerencia de Red Documentario de la Gerencia Gerencia Desconcentrada Gerencia de Red de Red Desconcentrada de Red Desconcentrada o de la Desconcentrada o de la Gerencia o de la Gerencia Gerencia de Red o de la de Red de Red Asistencial u Hospital/ Gerencia/Dirección Asistencial u Hospital Asistencial u Hospital Instituto/Centro de la Red Asistencial Instituto/Centro Instituto/Centro Nacional u Nacional Nacional Hospital/Instituto/ Centro Nacional

El Peruano

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.