Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2016 (07/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Miércoles 7 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

606003

Proceso de Presupuesto Participativo Multianual Basado en Resultados en el Distrito de Puente Piedra, el mismo que quedará redactado en los siguientes términos: h).- Comité de Vigilancia.- Está compuesto por ocho (8) miembros titulares y ocho (8) miembros suplentes que representan a la sociedad civil, debiendo ser de diferentes zonas, elegidos por los agentes participantes y se encargarán de hacer acciones de vigilancia ciudadana en el proceso Tendrán vigencia durante el ejercicio fiscal para el cual fueron elegidos. Su trabajo es Ad-Honoren, por tanto no recibirán retribución pecuniaria alguna. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1460514-1

Asesoría Jurídica emite opinión favorable en relación a la convocatoria a Concurso Público así como la aprobación de las Bases para un (01) Auxiliar Coactivo; Que, con las atribuciones contempladas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento Interno del Concejo, con el voto mayoritario de los señores Regidores y con la dispensa la lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- CONVOCAR a Concurso Público de Méritos para cubrir la plaza de un (1) Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital del Rímac. Artículo Segundo.- APROBAR las Bases del Concurso Público de Méritos para la selección un (1) Auxiliar Coactivo, la misma que en Anexo forma parte integrante del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Tercero.- Facultar al Alcalde a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General, Gestión Documentaria y Registros Civiles la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática la publicación del Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munirimac.gob.pe). Dado en el Palacio Municipal a los veintinueve días del mes de noviembre del dos mil dieciséis. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1461001-1

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Convocan a Concurso Público de Méritos y aprueban las Bases para cubrir plaza de un Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 090-2016-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RIMAC POR CUANTO: VISTO; en Sesión Ordinaria de fecha 25 de setiembre de 2016; Informe Nº 445-2016-SGREC-GR-MDR de fecha 16 de noviembre de 2016 de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, Informe Nº 102-2016-GR-MDR de fecha 16 de noviembre de 2016 de la Gerencia de Rentas, Informe Nº 157-2016-GPP/MDR de fecha 22 de noviembre de 2016 de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Informe Nº 825-2016-SGPGAF-MDR de fecha 23 de noviembre de 2016 de la Subgerencia de Personal, Informe Nº 677-2016-GAJMDR de fecha 22 de noviembre de 2016 de la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, en virtud del numeral 32 del artículo 9 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal, aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo; Que, el artículo 7º numeral 7.1) del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS señal que la designación del Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante Concurso Público de Méritos; Que, la Gerencia de Rentas, solicita el inicio de la convocatoria para la contratación del Auxiliar Coactivo, plaza que según lo informado por la Subgerencia de Personal se encuentra vacante; Que, mediante Informe Nº 677-2016-GAJ-MDR de fecha 22 de noviembre de 2016, la Gerencia de

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Declaran la no violencia y buen trato a la niñez y adolescencia en el distrito
ORDENANZA Nº 357-MVES Villa El Salvador, 26 de noviembre del 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en sesión ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen Nº 005-2016-CDSyP/ MVES emitido por la Comisión de Desarrollo Social y Participación, y; CONSIDERANDO: Que, en la Declaración de los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas - ONU, indica en el principio Nº 2, que "todo niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad; por lo que al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño"; Que, en el principio Nº 6 de la misma Declaración, señala: "El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material;...";

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