Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2016 (14/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Clasificación del cuerpo de agua superficial receptor del vertimiento Tipo de aguas residuales según fuente generadora Categoría ECA-Agua 1 0.0065 0.0033 0.0519 0.0584 0.0130 0.0259 0.0195 Categoría ECA-Agua 2 0.0061 0.0031 0.0485 0.0546 0.0121 0.0243 0.0182 Categoría ECA-Agua 3 0.0055 0.0028 0.0432 0.0487 0.0108 0.0216 0.0163 Categoría ECA-Agua 4 0.0057 0.0029 0.0450 0.0506 0.0113 0.0225 0.0169

S/ / m3 Aguas residuales doméstico-municipales

Aguas residuales generadas en el proceso productivo de actividades del sector

Saneamiento y otros* Energía Minería Agroindustria Industria Pesquería

** Aguas residuales generadas en los procesos de potabilización y desalinización de agua Aguas residuales generadas en los procesos de potabilización y desalinización de agua

8.2 Para el caso de titulares de autorizaciones de vertimiento por volúmenes menores o iguales a 100 000 m3 anuales, la determinación de la retribución económica para el año 2017, se efectuará aplicando los valores indicados en el Cuadro ubicado en el numeral precedente, según el tipo de aguas residuales y la sensibilidad del cuerpo receptor que corresponda. 8.3 Las organizaciones comunales encargadas de la prestación de servicios de saneamiento en los centros poblados del ámbito rural, que cuenten con autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas, abonarán para el año 2017, una retribución económica plana, equivalente a Sesenta y Cinco y 00/100 Soles (S/ 65,00).

Aguas residuales industriales

Artículo 9.- Refrendo y vigencia El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego, y entra en vigencia el 01 de enero de 2017. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1463407-3 ha vencido, motivo por el cual solicita se disponga la respectiva designación; Que, el artículo 5 del citado Decreto Supremo N° 0512007-PCM, señala que el cargo de miembro del Consejo Directivo es personal e indelegable y su designación es por el plazo de 2 años, pudiendo ser renovado por una vez; asimismo, precisa que los representantes de las entidades del Gobierno Nacional serán designados por los Titulares de los Pliegos correspondientes; Que, mediante la Nota de Envío S/N, de fecha 22 de noviembre de 2016, el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, ha propuesto la ratificación del señor Pastor Esmid Espinoza Chilón, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHINECAS; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014 ­ MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ratificar, por única vez, con efectividad al 06 de noviembre de 2016, la designación del señor Pastor Esmid Espinoza Chilón, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHINECAS, por el plazo de dos (02) años calendario. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego, a la Gerencia General del Proyecto Especial CHINECAS, al Gobierno Regional de Ancash y al mencionado representante, para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1462678-1

Ratifican designación de representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHINECAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0596-2016-MINAGRI Lima, 9 de diciembre de 2016 VISTOS: El Oficio N° 0525-2016-GRA-P.E.CHINECAS/G.G, de fecha 18 de noviembre de 2016, del Gerente General (e) del Proyecto Especial CHINECAS; y la Nota de Envío S/N del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 4 del Decreto Supremo N° 051-2007-PCM, se constituyó un Consejo Directivo en el Proyecto Especial CHINECAS, como máximo órgano de la Entidad, así como se estableció su conformación, entre otros, por dos (02) representantes del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0614-2014-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 06 de noviembre de 2014, se designó, entre otro, al señor Pastor Esmid Espinoza Chilón, como uno de los representantes del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHINECAS, constituido mediante el Decreto Supremo N° 051-2007-PCM; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0488-2016-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El peruano con fecha 22 de setiembre de 2016, se designó al Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego, como uno de los representantes del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHINECAS, constituido mediante el Decreto Supremo N° 051-2007-PCM; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Gerente General (e) del Proyecto Especial CHINECAS comunica que el período de vigencia de la designación ante el Consejo Directivo del señor Pastor Esmid Espinoza Chilón, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego,

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