Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2016 (20/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Martes 20 de diciembre de 2016 /

El Peruano

el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución S.B.S, N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 06 de octubre de 2016, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Diego Sebastián La Torre Morales postulante a Corredor de Seguros Generales y de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Diego Sebastián La Torre Morales, con matrícula número N-4452, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1464561-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Dejan sin efecto rotación y disponen que Auxiliar Coactivo continúe en funciones
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 836-2016-A/MLV La Victoria, 12 de diciembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTO: El Informe No. 090-2016-SGRYEC-GSAT/MLV de 16 noviembre de 2016 del Subgerente de Recaudación y Ejecución Coactiva, solicitando con carácter de urgente la rotación de la Abogada Gudelia Asalde Domínguez, a fin de que suscriba las resoluciones de ejecución activas tributarias, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194 de la Constitución Política del Perú, y sus modificatorias, en concordancia

con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley No. 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 76 del Decreto Supremo No. 005-90PCM establece que las acciones administrativas para el desplazamiento de los servidores dentro de la Carrera Administrativa son: designación, rotación, reasignación, destaque, permuta, encargo, comisión de servicios y transferencia; Que, a su vez el artículo 78 del mismo cuerpo legal sanciona que la rotación consiste en la reubicación del servidor al interior de la entidad para asignarle funciones según el nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzados, la misma que se efectúa por decisión de la autoridad administrativa cuando es dentro del lugar habitual de trabajo o con el consentimiento del interesado en caso contrario; Que, mediante Informe No. 090-2016-SGRYECGSAT/MLV de 16 noviembre de 2016 el Subgerente de Recaudación y Ejecución Coactiva solicita con carácter de urgencia la rotación con la correspondiente Resolución de Alcaldía de la Abogada Gudelia María Asalde Domínguez, quien a la fecha se encuentra en la Gerencia de Fiscalización y Control a fin que suscriba las resoluciones de ejecución coactiva tributarias; Que, mediante Memorándum No. 306-2016-GSAT/ MDLV de 21 de noviembre de 2016 la Gerente de Servicios de Administración Tributaria (e), comunica que la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva se encuentra sin Auxiliar Coactivo siendo de suma urgencia la rotación de la Auxiliar Coactivo Abogada Gudelia María Asalde Domínguez, a la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva y solicita al Subgerente de Recursos Humanos coordinar las acciones pertinentes a fin que se emita el acto resolutivo que disponga el apoyo para proseguir con las acciones de cobranza de la recaudación coactiva; Que, mediante Informe No. 1917-2016-SGRHGAD/MLV de 24 de noviembre de 2016 el Subgerente de Recursos Humanos, informa a Gerencia de Administración y Finanzas se atienda lo requerido por la urgencia del caso, no obstante precisa que dicha servidora actualmente viene prestando labores en la Gerencia de Fiscalización y Control en mérito de lo dispuesto por la Resolución de Alcaldía No. 461-2016ALC/MLV de fecha 7 de julio de 2016 modificada por Resolución de Alcaldía No. 543-2016-A/MLV de 19 de agosto de 2016; Que, mediante Informe No. 713-2016-GAJ/MDLV de 25 de noviembre de 2016 la Gerente de Asesoría Jurídica informa que no obra en los actuados un informe que señale que dicha necesidad se haya agotado al dejarse sin efecto la rotación y por tanto su retorno a su plaza de origen, deberá precisarse que la Auxiliar Coactivo Abogada Gudelia María Asalde, además continuará cumpliendo funciones inherentes a su cargo en la Gerencia de Fiscalización y Control y opina por la procedencia del retorno de la Auxiliar Coactivo en cuestión a su plaza de origen, esto es la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, debiendo además disponerse que por necesidades del servicio siga cumpliendo funciones inherentes a su cargo en la Gerencia de Fiscalización y Control; Que, mediante Informe No. 413-2016-GFC/MDLV de 09 de diciembre de 2016 la Gerente de Fiscalización y Control informa la necesidad de seguir contando con la Auxiliar Coactivo Abogada Gudelia María Asalde Domínguez, quien deberá continuar cumpliendo las funciones inherentes a su cargo en la Gerencia de Fiscalización y Control, hasta la designación del nuevo personal que resulte ganador en la convocatoria; Que, en mérito de la modificación de la Estructura Orgánica de la corporación edil, realizada mediante Ordenanza No. 238-2016 A/MLV, que aprueba el nuevo

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