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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (24/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 86

607820 NORMAS LEGALES Sábado 24 de diciembre de 2016 / El Peruano Artículo 2°.- Declarar improcedente la solicitud del Concesionario respecto de la fi jación tarifaria por los servicios denominados “Alquiler de equipos para mejorar productividad o movimientos adicionales” y “Personal a la orden”, en tanto no cali fi can como Servicios Especiales en el marco de lo establecido en el Contrato de Concesión, de conformidad con lo señalado en el Informe N° 020-16-GRE-GAJ-OSITRAN. Artículo 3º.- Establecer tarifas provisionales para la prestación de los servicios especiales señalados en el artículo 1, de acuerdo al Anexo 1 de la presente Resolución. Artículo 4°.- Las tarifas a que se re fi ere el artículo 3 entrarán en vigencia a partir de la fecha de la publicación del tarifario a cargo de la Entidad Prestadora, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 del RETA. Artículo 5°.- Notifi car la presente Resolución, así como el Informe N° 020-16-GRE-GAJ-OSITRAN a la empresa Concesionaria Puerto Amazonas S.A., al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y a la Autoridad Portuaria Nacional, para los fi nes pertinentes. Artículo 6°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Asimismo, disponer la difusión del Informe N° 020-16-GRE-GAJ-OSITRAN en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA BENAVENTE DONAYRE Presidente del Consejo Directivo ANEXO N° 1 Tarifas Provisionales Servicio EspecialUnidad de cobroTarifa provisional US$ S/ Almacenamiento Contenedores llenos Del día 4 al día 10 TEU/día 7,22 24,35 Del día 11 al día 15 TEU/día 8,01 27,00 Del día 16 en adelante TEU/día 9,51 32,05 Contenedores vacíos Del día 4 al día 8 TEU/día 5,15 17,36 Del día 9 al día 15 TEU/día 5,63 18,97 Del día 16 en adelante TEU/día 7,39 24,92 Carga fraccionada (Almacén descubierto) Del día 4 al día 8 Tonelada/día 0,57 1,92 Del día 9 al día 15 Tonelada/día 0,64 2,16 Del día 16 en adelante Tonelada/día 1,01 3,39 Carga fraccionada (Almacén cubierto) Del día 4 al día 8 Tonelada/día 1,07 3,60 Del día 9 al día 15 Tonelada/día 1,11 3,74 Del día 16 en adelante Tonelada/día 1,58 5,33 Carga fraccionada (Almacén refrigerado) Del día 4 al día 8 Tonelada/día 1,07 3,60 Del día 9 al día 15 Tonelada/día 1,11 3,74 Del día 16 en adelante Tonelada/día 1,58 5,33 Carga rodante Del día 4 al día 8 Tonelada/día 3,50 11,80 Del día 9 al día 15 Tonelada/día 4,52 15,25 Del día 16 en adelante Tonelada/día 6,67 22,47 Carga a granel sólido Del día 4 al día 8 Tonelada/día 0,29 0,97 Del día 9 al día 15 Tonelada/día 0,29 0,99 Del día 16 en adelante Tonelada/día 0,57 1,92 Carga peligrosa Recargo por carga peligrosa para contenedoresTEU/día 25%Servicio EspecialUnidad de cobroTarifa provisional US$ S/ Recargo por carga peligrosa fraccionada Tonelada/día 38% Carga proyecto Recargo por carga sobredimensionadaTEU/DIA o Tonelada/Día1/ 50% Embarque o descarga de contenedores IMO 20 pies2/ Contenedor 146,99 495,43 Consolidación/desconsolidación Contenedor de 20 pies con carga paletizadaContenedor 145,86 491,60 Contenedor de 20 pies con carga suelta Contenedor 186,11 627,27 Contenedor de 40 pies con carga paletizadaContenedor 188,78 636,28 Contenedor de 40 pies con carga suelta Contenedor 241,66 814,52 Pesaje adicional Contenedores Contenedor 12,66 42,68Carga fraccionada/suelta Camión 21,04 70,92 Colocación/remoción de etiquetas, precintos Colocación o remoción de etiquetas Contenedor 9,70 32,69 Colocación de precintos Precinto 9,70 32,69 Suministro de energíaContenedor/ hora2,31 7,78 1/ La unidad de medida dependerá del tipo de carga de que se trate (TEU/día para carga en contenedores y tonelada/día para carga fraccionada).2/ Incluye la Tarifa por el Servicio Estándar. 1466585-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Designan responsable de entregar información pública solicitada al FONDECYT RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 187-2016-CONCYTEC-P Lima, 22 de diciembre de 2016VISTO: El O fi cio N° 340-2016-FONDECYT-DE, del Director Ejecutivo (e) del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT; y, CONSIDERANDO: Que, los Artículos 9 y 10 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303, Ley Marco de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2007-ED, estipulan que el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía cientí fi ca, administrativa, económica y fi nanciera; encargado de normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; Que, mediante el Artículo 16 de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, modi fi cado por Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica -