Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2016 (29/12/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 160
609102
NORMAS LEGALES
Jueves 29 de diciembre de 2016 /
El Peruano
"Artículo 2°.- LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y OTRAS AUTORIZACIONES VINCULADAS: Se encuentran comprendidos dentro de la presente Ordenanza los siguientes procedimientos administrativos: a) Autorización para el Uso Temporal de Vías Públicas en calles Autorizadas del Cercado de Lima o Renovación Anual de la Autorización Establecimiento con Licencia de Funcionamiento Vigente. b) Autorización de Anuncios y Avisos Publicitarios Simples (Adosado a fachada) y/o Toldo. c) Autorización de Anuncios y Avisos Publicitarios (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. d) Cese de Actividades (Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones Conjuntas) Titular e) Cese de Actividades (Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones Conjuntas) Terceros. f) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post. g) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a fachada) y/o Toldo. h) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. i) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica Ex Ante. j) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de más de 100 m2 hasta 500m2 con ITSE Básica Ex Ante en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. k) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica Ex Ante en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. l) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos que requieren de un ITSE de Detalle o Multidisciplinaria (Más de 500 m2). m) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos que requieren de un ITSE de Detalle o Multidisciplinaria (Más de 500 m2) en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. n) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos que requieren de un ITSE de Detalle o Multidisciplinaria (Más de 500 m2) en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. o) Licencia de Funcionamiento: Mercados de Abastos, Galerías Comerciales y Centros Comerciales (Licencia Corporativa). p) Licencia de Funcionamiento: Mercados de Abastos, Galerías Comerciales (Licencia Corporativa), en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. q) Licencia de Funcionamiento: Mercados de Abastos, Galerías Comerciales y Centros Comerciales (Licencia Corporativa), en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. r) Licencia de Funcionamiento Cesionarios con un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post. s) Licencia de Funcionamiento Cesionarios con un Área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. t) Licencia de Funcionamiento Cesionarios con un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o toldo. u) Licencia de Funcionamiento Cesionarios con un área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica Ex Ante. v) Licencia de Funcionamiento - Cesionarios con un Área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica Ex Ante, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. w) Licencia de Funcionamiento - Cesionarios con un área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica Ex Ante, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o toldo.
x) Licencia de Funcionamiento Cesionarios con un área de más de 500 m2. y) Licencia de Funcionamiento Cesionarios con un área de más de 500 m2, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. z) Licencia de Funcionamiento Cesionarios con un área de más de 500 m2, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. aa) Duplicado de Licencia o de Certificado". Por ser un proceso único, que se inicia en un solo acto, se presentará la Solicitud - Declaración Jurada y el pago de las tasas municipales correspondientes, previstas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos. Los procedimientos antes mencionados han sido agregados y adecuados en virtud de la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM y Decreto Legislativo N° 1246. Queda establecido que para todos los efectos se podrá utilizar, de manera indistinta, el término licencia, como el de autorización municipal o el de licencia de funcionamiento, así como el de autorización municipal de funcionamiento en el contexto de este dispositivo". Artículo Segundo.- Aprobación de Procedimientos Administrativos Aprobar los Procedimientos Administrativos así como los Requisitos y Derechos de Trámite de la Municipalidad Metropolitana de Lima en lo que se refiere a las Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones Vinculadas, en adecuación a la Resolución Ministerial No 088-2015-PCM, que aprueba el TUPA modelo de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales, conforme consta en el Anexo No 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Modificación del TuPA Modificar el Texto único de los Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 1874 y sus modificatorias, en el rubro de la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en lo que se refiere a los procedimientos de Licencias de Funcionamiento y Autorizaciones Vinculadas, de acuerdo a lo establecido por la Resolución Ministerial N° 0882015-PCM, conforme constan en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Derogatoria Deróguese toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Publicación y Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y la referida norma y sus anexos serán publicados en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), en el caso del TUPA, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) POR TANTO: Regístrese, comuniquese, publíquese y cúmplase. En Lima, 22 DIC. 2016. LUIS CASTAñEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1467492-1
Aprueban la modificación del TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima
ORDENANZA Nº 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA