Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2016 (29/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 160

609102

NORMAS LEGALES

Jueves 29 de diciembre de 2016 /

El Peruano

"Artículo 2°.- LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y OTRAS AUTORIZACIONES VINCULADAS: Se encuentran comprendidos dentro de la presente Ordenanza los siguientes procedimientos administrativos: a) Autorización para el Uso Temporal de Vías Públicas en calles Autorizadas del Cercado de Lima o Renovación Anual de la Autorización Establecimiento con Licencia de Funcionamiento Vigente. b) Autorización de Anuncios y Avisos Publicitarios Simples (Adosado a fachada) y/o Toldo. c) Autorización de Anuncios y Avisos Publicitarios (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. d) Cese de Actividades (Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones Conjuntas) Titular e) Cese de Actividades (Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones Conjuntas) Terceros. f) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post. g) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a fachada) y/o Toldo. h) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. i) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica Ex ­ Ante. j) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de más de 100 m2 hasta 500m2 con ITSE Básica Ex Ante en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. k) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos con un área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica Ex Ante en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. l) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos que requieren de un ITSE de Detalle o Multidisciplinaria (Más de 500 m2). m) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos que requieren de un ITSE de Detalle o Multidisciplinaria (Más de 500 m2) en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. n) Licencia de Funcionamiento: Establecimientos que requieren de un ITSE de Detalle o Multidisciplinaria (Más de 500 m2) en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. o) Licencia de Funcionamiento: Mercados de Abastos, Galerías Comerciales y Centros Comerciales (Licencia Corporativa). p) Licencia de Funcionamiento: Mercados de Abastos, Galerías Comerciales (Licencia Corporativa), en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. q) Licencia de Funcionamiento: Mercados de Abastos, Galerías Comerciales y Centros Comerciales (Licencia Corporativa), en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. r) Licencia de Funcionamiento ­ Cesionarios con un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post. s) Licencia de Funcionamiento ­ Cesionarios con un Área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. t) Licencia de Funcionamiento ­ Cesionarios con un área de hasta 100 m2 con ITSE Básica Ex Post, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o toldo. u) Licencia de Funcionamiento ­ Cesionarios con un área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica Ex Ante. v) Licencia de Funcionamiento - Cesionarios con un Área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica Ex Ante, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. w) Licencia de Funcionamiento - Cesionarios con un área de más de 100 m2 hasta 500 m2 con ITSE Básica Ex Ante, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o toldo.

x) Licencia de Funcionamiento ­ Cesionarios con un área de más de 500 m2. y) Licencia de Funcionamiento ­ Cesionarios con un área de más de 500 m2, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario Simple (Adosado a Fachada) y/o Toldo. z) Licencia de Funcionamiento ­ Cesionarios con un área de más de 500 m2, en forma conjunta con la Autorización de Anuncio Publicitario (Luminoso o Iluminado) y/o Toldo. aa) Duplicado de Licencia o de Certificado". Por ser un proceso único, que se inicia en un solo acto, se presentará la Solicitud - Declaración Jurada y el pago de las tasas municipales correspondientes, previstas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos. Los procedimientos antes mencionados han sido agregados y adecuados en virtud de la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM y Decreto Legislativo N° 1246. Queda establecido que para todos los efectos se podrá utilizar, de manera indistinta, el término licencia, como el de autorización municipal o el de licencia de funcionamiento, así como el de autorización municipal de funcionamiento en el contexto de este dispositivo". Artículo Segundo.- Aprobación de Procedimientos Administrativos Aprobar los Procedimientos Administrativos así como los Requisitos y Derechos de Trámite de la Municipalidad Metropolitana de Lima en lo que se refiere a las Licencia de Funcionamiento y Autorizaciones Vinculadas, en adecuación a la Resolución Ministerial No 088-2015-PCM, que aprueba el TUPA modelo de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales, conforme consta en el Anexo No 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Modificación del TuPA Modificar el Texto único de los Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 1874 y sus modificatorias, en el rubro de la Gerencia de Desarrollo Económico de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en lo que se refiere a los procedimientos de Licencias de Funcionamiento y Autorizaciones Vinculadas, de acuerdo a lo establecido por la Resolución Ministerial N° 0882015-PCM, conforme constan en el Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Derogatoria Deróguese toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Publicación y Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y la referida norma y sus anexos serán publicados en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), en el caso del TUPA, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) POR TANTO: Regístrese, comuniquese, publíquese y cúmplase. En Lima, 22 DIC. 2016. LUIS CASTAñEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1467492-1

Aprueban la modificación del TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima
ORDENANZA Nº 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.