Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 129

El Peruano / Viernes 30 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

610587

ORGANISMOS EJECUTORES

SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS
Aprueban la Directiva Nº 011-2016-SUTRAN/06.3.2-001, "Directiva que regula la fiscalización de la ubicación de avisos publicitarios en la red vial de competencia de la SUTRAN"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 66-2016-SUTRAN/01.2 Lima, 29 de diciembre de 2016 VISTOS: El Informe N° 112-2016-SUTRAN/06.3.2 del 09 de setiembre de 2016 de la Subgerencia de Fiscalización de Tránsito, el Informe N° 052-2016-SUTRAN/04.2.1 del 18 de octubre de 2016 de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando N° 807-2016-SUTRAN/06.3 de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, el Memorando Nº 1770-2016-SUTRAN/04.2 de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 250-2016-SUTRAN/04.1 del 29 de diciembre de 2016 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29380, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancía en el ámbito nacional; Que, conforme el literal f) del numeral 2 del artículo 4 de la Ley en mención, en concordancia con el literal h) del artículo 5 del Reglamento de la SUTRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2009-MTC, la SUTRAN como parte de su función de supervisión, fiscalización, control y sanción se encuentra facultada para "fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre ubicación de avisos publicitarios en la red vial de su competencia"; Que, la referida función es ejecutada en observancia a las disposiciones establecidas en el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-MTC, el cual define entre otros aspectos, las condiciones del uso del derecho de vía para la instalación de elementos y dispositivos no relacionados con el transporte o tránsito, así como las infracciones por daños a la infraestructura vial pública no concesionada y las sanciones correspondientes; Que, de acuerdo al artículo 4º del Reglamento de la SUTRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0332009-MTC, la entidad en virtud a su función normativa puede dictar, dentro de sus respectivas competencias, las normas generales y específicas que regulen la supervisión, fiscalización y control en la materia y ámbito de su competencia; Que, conforme con lo establecido en el numeral 6.7 por la Directiva D-006-2016-SUTRAN/04.2.1-002 "Directiva que regula la formulación de documentos normativos en la SUTRAN", aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 08-2016-SUTRAN, la directiva constituye el instrumento adecuado para establecer disposiciones específicas con carácter normativo y obligatorio para la ejecución de dispositivos legales vigentes que

tengan relación con el actuar de la SUTRAN ante los administrados; Que, en consideración a ello la Subgerencia de Fiscalización de Tránsito mediante Informe N° 112-2016-SUTRAN/06.3.2 del 09 de setiembre de 2016 sustenta la necesidad de contar con un documento normativo que regule el ejercicio de la fiscalización de la ubicación de avisos publicitarios dentro del derecho de vía de la red vial de competencia de la SUTRAN y formula el proyecto de Directiva respectivo; Que, mediante Memorando N° 807-2016-SUTRAN/06.3 del 29 de diciembre de 2016, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización remite a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la versión final del proyecto de "Directiva que regula la fiscalización de la ubicación de avisos publicitarios en la red vial de competencia de la SUTRAN" para su evaluación y opinión; Que, mediante Memorando Nº 1770-2016-SUTRAN/04.2 del 29 de diciembre de 2016 la Oficina de Planeamiento y Presupuesto otorga conformidad a la versión final del proyecto de directiva, la cual tuvo opinión favorable de la Unidad de Planeamiento y Modernización mediante el Informe N° 052-2016-SUTRAN/04.2.1; Que, mediante el Informe N° 250-2016-SUTRAN/04.1 del 29 de diciembre de 2016 la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión señalando que la directiva cumple con las normas legales sobre la materia y las formalidades exigentes para su elaboración; indicando que su aprobación de acuerdo a lo establecido en la Directiva D-006-2016-SUTRAN/04.2.1-002 "Directiva que regula la formulación de documentos normativos en la SUTRAN" es de competencia de la Superintendencia; Que, conforme lo establecido en el literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUTRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2015-MTC, el Superintendente de la SUTRAN como máxima autoridad de la entidad ejerce la conducción general de los órganos y unidades orgánicas de la institución, pudiendo emitir resoluciones y normas en materias de su competencia; Que, en el marco de lo expuesto, resulta necesario aprobar la "Directiva que regula la fiscalización de la ubicación de avisos publicitarios en la red vial de competencia de la SUTRAN", por lo que corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.Aprobar la Directiva Nº 011-2016-SUTRAN/06.3.2-001, "Directiva que regula la fiscalización de la ubicación de avisos publicitarios en la red vial de competencia de la SUTRAN", en su primera versión, cuyo texto y Anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (www.sutran. gob.pe). Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. HECTOR RUBIO GUERRERO Superintendente 1468912-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.