Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 143

El Peruano / Viernes 30 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

610601

· Paola Saavedra Alburqueque; y · Jorge Luis Herrera Guerra. Tercera Sala · Mario Fabricio Arteaga Zegarra, quien la presidirá; · José Antonio Jesús Corrales Gonzales; y · Peter Palomino Figueroa. Cuarta Sala · Héctor Marín Inga Huamán, quien la presidirá; · Violeta Lucero Ferreyra Coral; y · María del Guadalupe Rojas Villavicencio de Guerra. Artículo 3º.- Los expedientes deberán ser devueltos a la Secretaría del Tribunal de Contrataciones del Estado, para que a través del correspondiente sistema informático se distribuyan en forma equitativa y aleatoria, entre los doce (12) Vocales, excepto los expedientes de recursos de reconsideración y de apelación que se encuentren con declaración de expedito, los que serán resueltos por la Sala en el que se encuentren actualmente en trámite, conforme a lo establecido en el Acuerdo de Sala Plena Nº 3-2015/TCE. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del 09 de enero de 2017. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA TERESA REVILLA VERGARA Presidenta Ejecutiva 1468924-1

Que, mediante Resolución Nº 457-2016-OSCE/ PRE, se aprobó la Directiva Nº 026-2016-OSCE/ CD "Disposiciones aplicables a las contrataciones que efectúan las Entidades a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco"; Que, la Dirección Técnico Normativa mediante el Informe de Vistos, propone para su aprobación la Directiva Nº 027-2016-OSCE/CD "Disposiciones aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco"; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 001-016-2016/OSCE-CD de la Sesión Extraordinaria Nº 005-2016/OSCE-CD, de fecha 29 de diciembre de 2016, acordó aprobar la Directiva Nº 0272016-OSCE/CD "Disposiciones aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco"; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el literal y) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con el visado de la Secretaría General, la Dirección Técnico Normativa y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 027-2016-OSCE/ CD "Disposiciones aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco", que forma parte integrante de la presente Resolución, dejando sin efecto la Directiva Nº 026-2016-OSCE/CD "Disposiciones aplicables a las contrataciones que efectúan las Entidades a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco". Artículo 2º.- Publicar la Directiva Nº 027-2016-OSCE/ CD, en el Portal Institucional del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA TERESA REVILLA VERGARA Presidenta Ejecutiva 1468955-1

Aprueban Directiva "Disposiciones aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco"
RESOLUCIÓN N° 499-2016-OSCE/PRE Jesús María, 29 de diciembre de 2016 VISTOS: El Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 0162016/OSCE-CD, de fecha 29 de diciembre de 2016, correspondiente a la Sesión Extraordinaria Nº 005-2016/ OSCE-CD, el Informe Nº 079-2016/DTN, de fecha 27 de diciembre de 2016, de la Dirección Técnico Normativa, el Informe Nº 349-2016/OAJ, de fecha 28 de diciembre de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 088-2016-PERU COMPRAS/JEF-DAM de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, de fecha 20 de diciembre de 2016; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE tiene entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de su competencia; Que, el literal d) del artículo 69º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece como una de las funciones de la Dirección Técnico Normativa evaluar y proponer para su aprobación por el Consejo Directivo, los proyectos de directivas en materia de contrataciones del Estado;

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Designan Secretaria General del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 055-2016-OTASS/DE Lima, 28 de diciembre de 2016. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se creó el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, como Organismo Público

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