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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (30/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 280

TEXTO PAGINA: 130

610588 NORMAS LEGALES Viernes 30 de diciembre de 2016 / El Peruano ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Aprueban medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, correspondientes al año fiscal 2017 RESOLUCION DE PRESIDENCIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 158-2016-OS/PRES Lima, 27 de diciembre de 2016VISTA:La propuesta de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Gerencia de Administración y Finanzas, respecto de las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público que le corresponde aprobar al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería- Osinergmin para la ejecución de su presupuesto correspondiente al año fi scal 2017; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el presupuesto anual de gastos que comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, disponiendo medidas especí fi cas que regirán la gestión presupuestaria, así como las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto a que deben sujetarse las entidades; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la referida ley dispone en su literal e) que los organismos supervisores de servicios públicos, mediante resolución de su titular, aprueban las disposiciones de austeridad, disciplina y calidad en el gasto que contienen necesariamente medidas en estos rubros, las cuales deben publicarse hasta el 31 de diciembre de 2016 en el diario o fi cial El Peruano, y que rigen a partir del 1 de enero de 2017; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, y con la opinión favorable de la Gerencia General y la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto Aprobar las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería-Osinergmin, correspondientes al año fi scal 2017, que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Vigencia Las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto aprobadas con la presente Resolución regirán desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2017. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución será publicada en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo DirectivoMEDIDAS DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA Y CALIDAD EN EL GASTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA - AÑO FISCAL 2017 I. Medidas en materia de personal1.1 Personal a plazo indeterminadoSólo se permite la contratación de personal a plazo indeterminado en Osinergmin cuando concurran los siguientes requisitos: i) La plaza esté aprobada en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP). ii) La plaza esté registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas. iii) La plaza cuente con la respectiva disponibilidad presupuestal. iv) La selección se realice mediante concurso público, salvo la designación en cargos de con fi anza y de directivos superiores, conforme a los documentos de gestión de la Entidad, a la Ley N° 28175 y demás normativa vigente sobre la materia. 1.2 Personal a plazo fi jo Sólo se permite la contratación de personal a plazo fi jo en Osinergmin para suplencia temporal, quedando resueltos automáticamente estos contratos cuando el personal materia de suplencia retome sus labores. 1.3 Horas extrasSólo se autoriza el pago por concepto de horas extras al personal cuyo vínculo laboral se extingue sin haber completado la respectiva compensación con descanso físico. II. Medidas en materia de modi fi caciones presupuestarias 2.1 Partida de Gasto 2.1.1 “Retribuciones y Complementos en Efectivo” 2.1.1 A nivel de pliego, la Partida de Gasto 2.1.1 “Retribuciones y Complementos en Efectivo” no puede habilitar otras partidas de gasto, salvo que dichas retribuciones y complementos estén debidamente cubiertos. 2.1.2 A nivel de pliego, la Partida de Gasto 2.1.1 “Retribuciones y Complementos en Efectivo” puede ser habilitada desde otras partidas de gasto previo informe de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización aprobado por el Titular de la Entidad. 2.1.3 En los supuestos señalados en los numerales precedentes, la habilitación podrá efectuarse durante todo el ejercicio presupuestal. 2.2 Modi fi caciones presupuestarias – CAS 2.2.1 No se permiten las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a la Genérica de Gasto “Adquisición de Activos No Financieros” o a las partidas de gasto vinculadas al mantenimiento de infraestructura, con el objeto de habilitar recursos para la contratación de personas bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, salvo que los compromisos asumidos estén debidamente cubiertos. En dicho supuesto, esta habilitación puede efectuarse durante todo el ejercicio presupuestal. 2.2.2 A nivel de pliego, las Especí fi cas del Gasto 2.3.2 8.1 1 “Contrato Administrativo de Servicios” y 2.3.2 8.1 2 “Contribuciones a EsSalud del C.A.S.” no pueden habilitar a otras partidas genéricas o especí fi cas del gasto, salvo que dichos contratos y contribuciones estén debidamente cubiertos. Asimismo, las Especí fi cas del Gasto 2.3.2 8.1 1 “Contrato Administrativo de Servicios” y