Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 148

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NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinadas al financiamiento del Bono Familiar Habitacional, en sus tres modalidades de ejecución; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar, la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de S/ 12 581 880,00 (DOCE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada al financiamiento del Bono Familiar Habitacional, en sus tres modalidades de ejecución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Producto 3000129: Familias de bajos recursos aptas para acceder a vivienda de interés social en condiciones adecuadas, en las Actividades 5004334: Asignación del Bono Familiar Habitacional para Vivienda Nueva, 5004335: Asignación del Bono Familiar Habitacional para Mejoramiento de Vivienda y 5004336: Asignación del Bono Familiar Habitacional para Construcción en Sitio Propio, en la Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual, se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A., informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades, a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y del Convenio N° 049-2016-VIVIENDA, incluida su Sexta Adenda. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1469185-1

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencias financieras para financiar proyectos de diversos gobiernos locales
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 158-2016-DV-PE Lima, 30 de diciembre de 2016 VISTOS: El Memorándum N° 1073-2016-DV-DATE-PIRDAIS del 29 de diciembre de 2016, el Informe N° 017-2016-DV-DAT del 25 de noviembre de 2016, Informe N° 021-2016-DVDAT del 28 de diciembre de 2016, Memorándum N° 1275-2016-DV-OPP del 23 de noviembre de 2016 y el Memorándum N° 1385-2016-DV-OPP del 28 de diciembre de 2016 y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función general de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes; así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú"; precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal Resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud del numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, la Dirección de Asuntos Técnicos mediante Informe N° 017-2016-DV-DAT ha priorizado entre otros, el proyecto "Mejoramiento de las capacidades técnicas de los productores de cacao Atalaya, provincia de AtalayaUcayali", y mediante Informe N° 021-2016-DV-DAT se prioriza el proyecto "Mejoramiento de capacidades técnico productiva y calidad del cacao en los distritos de Puerto Inca, Yuyapichis, Codo del Pozuzo, Honoria y Tournavista, Provincia de Puerto Inca - Huánuco", el proyecto "Mejoramiento del potencial técnico de agricultores en manejo del cacao y café en sistemas agroforestales para mitigar la agricultura migratoria en el distrito de LuyandoLeoncio Prado ­ Huánuco" y el proyecto "Rehabilitación y mejoramiento del camino vecinal entre la carretera Fernando Belaunde Terry Km 179 y acceso a Lorencillo

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