Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2016 (13/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

575326

NORMAS LEGALES

Miércoles 13 de enero de 2016 /

El Peruano

Que, estando a los resultados del Concurso Público Nº 520-2015; y, De conformidad con lo establecido en el inciso f) del numeral 7.3 del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; RESUELVE: Artículo Único.- Designar al abogado Orlando Adolfo Garnica Quispe en el cargo de Auxiliar Coactivo del Indecopi, con efectividad al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1332363-1 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 002-2016-INDECOPI/COD Lima, 5 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, resulta de necesidad institucional reforzar el normal funcionamiento de la ejecución coactiva de las multas impuestas por los órganos resolutivos del Indecopi. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, el cargo de Auxiliar Coactivo se ejerce a tiempo completo y a dedicación exclusiva, correspondiendo efectuar la designación pertinente, previo concurso público de méritos; Que, estando a los resultados del Concurso Público Nº 520-2015; y, De conformidad con lo establecido en el inciso f) del numeral 7.3 del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Indecopi; RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la abogada Magda Cecilia García Sotelo en el cargo de Auxiliar Coactivo del Indecopi, con efectividad a partir del 20 de enero del presente año. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1332363-2

Sumilla: Se dispone imponer una medida preventiva a la Universidad Nacional San Luis Gonzaga, consistente en el desconocimiento como Rector del señor Alejandro Gabriel Encinas Fernández, con mandato vencido al 01 de enero de 2016, para efectos de todos los procedimientos administrativos, registros, bases de datos y toda actuación que se lleve a cabo ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU). VISTOS: El Informe Nº 005-2016-SUNEDU/02/04, emitido por la Dirección de Fiscalización y Sanción, así como el Informe Nº 004-2016-SUNEDU/03/06 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: I. Hechos 1. Que, el 10 de julio de 2014, entró en vigencia la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria (en adelante, La Ley), que creó la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu) y estableció un proceso de adecuación del gobierno de la universidad pública en su Primera Disposición Complementaria Transitoria. 2. Que, mediante Resolución Rectoral Nº 1070-R-UNICA-2014 de fecha 17 de julio de 2014 se conformó el Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo (en adelante, el CEUTA) de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga (en adelante, UNICA), con la finalidad de convocar, conducir y proclamar los resultados del proceso electoral conducente a la elección de los miembros de la Asamblea Estatutaria. 3. Que, a través de la Resolución Nº 001-CEUTAUNICA-2014 se proclamó a los docentes en la categoría de principales, asociados y auxiliares de la UNICA, mientras que, por Resolución Nº 002-CEUTAUNICA-2014 se proclamó a los estudiantes de la UNICA como representantes de la Asamblea Estatutaria. 4. Que, el Consejo Directivo de la Sunedu, a través del Comunicado Nº 001-2015- SUNEDU/CD sobre el "Cambio de Autoridades en Universidades Públicas", a fin de proteger la calidad de la educación superior universitaria en su sesión del 19 de junio de 2015, fijó el 31 de diciembre de 2015 como fecha máxima para que las universidades públicas autorizadas aprueben sus nuevos estatutos y elijan y designen a su nuevo rector, vicerrectores y decanos. 5. Que, posteriormente, el 21 de julio de 2015, en el ejercicio de su potestad reglamentaria, el Consejo Directivo de la Sunedu, como órgano máximo y de mayor jerarquía de la entidad emitió la Resolución Nº 002-2015-SUNEDU/ CD del Consejo Directivo, aprobando la Guía para la Adecuación de Gobierno de las Universidades Públicas al amparo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220 (en adelante la Guía), el cual debía culminar el 31 de diciembre de 2015. 6. Que, por sesión de Asamblea Estatutaria de fecha 14 de agosto de 2015 se aprobó el Estatuto de la UNICA, formalizando su aprobación mediante Resolución Nº 04AE/P.UNICA-2015 de fecha 21 de agosto de 2015. 7. Que, mediante Resolución Nº 05-AE/P.UNICA-2015 de fecha 21 de agosto de 2015 se aprobó el Cronograma de Elecciones de las Nuevas Autoridades de la UNICA, en el cual se establecieron 3 fechas distintas para que la misma se lleve a cabo: (i) el 25 de noviembre de 2015 la elección de 7 Decanos de Facultad; (ii) el 16 de diciembre de 2015 la elección de 17 Decanos de Facultad; y, (iii) el 31 de agosto de 2017 la elección de rector y vicerrectores. 8. Que, por oficio Nº 248-2015-SUNEDU-DIFISA de fecha 17 de noviembre de 2015 la Dirección de Fiscalización y Sanción comunicó a la Asamblea Estatutaria de la UNICA lo siguiente: "(...) cumpla con informar los pasos a seguir para modificar el cronograma de elección de autoridades y adecuarse a lo establecido

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Disponen medida preventiva respecto al Rectorado de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga, por mandato vencido al 1 de enero de 2016, para efecto de toda actuación que se lleve a cabo ante la SUNEDU
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 004-2016-SUNEDU/CD Lima, 4 de enero de 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.