Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2016 (20/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de enero de 2016 /

El Peruano

Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; concordado con la Resolución Ministerial Nº 1017-2015-DE/SG, de fecha 6 de noviembre de 2015, que reajusta el monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2016; Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015; que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Giorgio BERNOS Ampuero, CIP. 01014961, DNI. 72670761, para que participe en la Tercera Edición del Máster Internacional en Ingeniería Naval Militar, a impartirse en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Navales de la Universidad Politécnica de Madrid, ciudad de Madrid, Reino de España, del 22 de enero al 16 de diciembre de 2016; así como, autorizar su salida del país el 21 de enero y su retorno el 17 de diciembre de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Madrid (Reino de España) - Lima US$. 2,800.00 US$. 2,800.00 TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: US$. 2,800.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: . 3,790.40 / 31 x 10 días (enero 2016) . 1,222.71 . 3,790.40 x 10 meses (febrero - noviembre 2016) . 37,904.00 . 3,790.40 / 31 x 16 días (diciembre 2016) . 1,956.34 Gastos de Traslado: (equipaje, bagaje e instalación) . 3,790.40 x 2 compensaciones TOTAL A PAGAR EN EUROS: . . 7,580.80 48,663.85

al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- El Oficial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8°.- El citado Oficial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa

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Aprueban el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas del Pliego 026: Ministerio de Defensa, correspondiente al Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2016-DE/SG
Lima, 18 de enero de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 091 MINDEF/VRD/DIGEPREV/VRD/E/01 de la Dirección General Previsional; y, el Informe Técnico Nº 001-2016-MINDEF/VRD/DIGEPREV/E/02.c de la División de Logística de la Dirección General Previsional; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 1206-2015DE/SG de fecha 22 de diciembre de 2015, ha sido aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos que rige la ejecución del presupuesto institucional durante el Año Fiscal 2016 para el Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, el artículo 15 de la Ley Nº 30225, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, concordante con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF, establece que cada Entidad elaborará su Plan Anual de Contrataciones de bienes, servicios y obras que se requerirán durante el año fiscal, el mismo que será aprobado por el Titular de la Entidad o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura y publicado en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de aprobado, incluyendo el documento de aprobación; Que, con el Oficio del Visto, el Director General Previsional remite el proyecto de Plan Anual de Contrataciones de la referida Unidad Ejecutora, correspondiente al Año Fiscal 2016, y el dispositivo que lo aprueba, para visación, aprobación y publicación respectiva; asimismo, mediante el Informe Técnico Nº 001-2016-MINDEF/VRD/DIGEPREV/

Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Artículo 4º.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento

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