Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2016 (20/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de enero de 2016 /

El Peruano

Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del señor José Jesús Cano Peña, en el cargo público de confianza de Comisionado para la Paz y el Desarrollo, con competencia en el ámbito territorial del departamento de Junín y de la provincia de Oxapampa en el departamento de Pasco, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al señor César Orlando Díaz Pirca, en el cargo público de confianza de Comisionado para la Paz y el Desarrollo, con competencia en el ámbito territorial del departamento de Junín y de la provincia de Oxapampa en el departamento de Pasco. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior

1335535-2

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL 008-2016-MIMP
Lima, 19 de enero de 2016 Vistos, el Informe 082-2015-MIMP/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, el Memorando 830-2015-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Nota 331-2015-MIMP/ OGPP-OMI y el Informe 003-2015-MIMP/OGPP/OMICRE de la Oficina de Modernización Institucional; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo 1098 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP determinándose su ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica; Que, con Decreto Supremo 003-2012-MIMP se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, así como su Organigrama Estructural, cuales posteriormente fueron modificados por el Decreto Supremo 002-2015MIMP; Que, mediante Resolución Suprema 003-2013MIMP se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, reordenado con Resolución Ministerial 2672013-MIMP, sin embargo, posteriormente con Resolución Ministerial 134-2015-MIMP se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, como consecuencia de la entrada en vigencia del Decreto Supremo 002-2015-MIMP, que modificara el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, en virtud de lo previsto en el numeral 4.3 de la Directiva 001-2014-SERVIR-GPGSC "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva 152-2014-SERVIRPE; Que, el numeral 4.5 de la Directiva 001-2014-SERVIRGPGSC "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva 152-2014-SERVIR-PE, señala que las entidades que cuenten con Cuadro para Asignación de Personal (CAP) aprobado o provisional, podrán ajustarlo en el año fiscal, bajo los términos expuestos en el numeral 5 de la Directiva 001-2014-SERVIR-GPGSC, el cual no excederá del

5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fiscal y en ningún caso habilita a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto; Que, asimismo, el numeral 5.6 de la citada Directiva señala que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del presupuesto de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional, por lo que el reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante Resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del órgano responsable a que se refiere el punto 5.2.1 de la referida Directiva; Que, mediante Oficios 751-2015/INABIF-DE y 1033-2015/INABIF-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF ha solicitado la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, aprobado mediante Resolución Ministerial 134-2015-MIMP, a fin de variar la denominación y la clasificación de los cargos de las Plazas CAP 484 y 485, en atención a los Informes 725-2015/INABIF.UAJ y 1034-2015/INABIF.UAJ de su Unidad de Asesoría Jurídica; Que, a través de la Nota 755-2015-MIMP/PNCVFSDE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS ha solicitado, entre otros aspectos, la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, aprobado mediante Resolución Ministerial 1342015-MIMP, a fin de: (i) Variar la clasificación del cargo de Plaza CAP 385 y (ii) Eliminar el cargo de la Plaza CAP 428 y, por ende, se pueda crear el cargo de Coordinador/a (SP-DS de libre designación o remoción por la titular de la entidad) en la Unidad de Administración del citado Programa Nacional en dicha Plaza, en atención al Informe 539-2015-MIMP-PNCVFS-UAJ de su Unidad de Asesoría Jurídica; Que, con Informe 082-2015-MIMP/OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos, en el marco de su competencia, ha sustentado y propuesto el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, aprobado con Resolución Ministerial 1342015-MIMP, en atención no sólo al pedido formulado por los Programa Nacionales del MIMP, sino también en virtud de lo establecido en el artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo 017-93-JUS, en el Informe 034-2015-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil y en la Resolución Directoral 090-2014-MIMP/OGRH que reserva la plaza de la señora María Elena Guadalupe Julca; Que, con Memorando 830-2015-MIMP/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyos la Nota 331-2015-MIMP/OGPP-OMI y el Informe 003-2015-MIMP/OGPP/OMI-CRE de la Oficina de Modernización Institucional, con los que se emite opinión favorable a la propuesta de reordenamiento de cargos formulada por la Oficina General de Recursos Humanos, precisando, a través del mencionado informe, que el aludido reordenamiento no incide en incremento alguno sobre el presupuesto del MIMP; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, aprobado con Resolución Ministerial 134-2015-MIMP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo 1098 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Ley 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP y modificatorias, el Reglamento General de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo 040-2014-PCM; la Directiva 001-2014-SERVIR-GPGSC "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva 152-2014-SERVIR-PE y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva 234-2014-SERVIR-PE;

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