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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ENERO DEL AÑO 2016 (20/01/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 22

575920 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de enero de 2016 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del señor José Jesús Cano Peña, en el cargo público de con fi anza de Comisionado para la Paz y el Desarrollo, con competencia en el ámbito territorial del departamento de Junín y de la provincia de Oxapampa en el departamento de Pasco, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al señor César Orlando Díaz Pirca, en el cargo público de con fi anza de Comisionado para la Paz y el Desarrollo, con competencia en el ámbito territorial del departamento de Junín y de la provincia de Oxapampa en el departamento de Pasco. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1335535-2 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP RESOLUCIÓN MINISTERIAL № 008-2016-MIMP Lima, 19 de enero de 2016 Vistos, el Informe № 082-2015-MIMP/OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos, el Memorando № 830-2015-MIMP/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Nota № 331-2015-MIMP/ OGPP-OMI y el Informe № 003-2015-MIMP/OGPP/OMI- CRE de la O fi cina de Modernización Institucional; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo № 1098 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP determinándose su ámbito de competencia, funciones y estructura orgánica básica; Que, con Decreto Supremo № 003-2012-MIMP se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, así como su Organigrama Estructural, cuales posteriormente fueron modi fi cados por el Decreto Supremo № 002-2015- MIMP; Que, mediante Resolución Suprema № 003-2013- MIMP se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, reordenado con Resolución Ministerial № 267- 2013-MIMP, sin embargo, posteriormente con Resolución Ministerial № 134-2015-MIMP se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, como consecuencia de la entrada en vigencia del Decreto Supremo № 002-2015-MIMP, que modi fi cara el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, en virtud de lo previsto en el numeral 4.3 de la Directiva № 001-2014-SERVIR-GPGSC “Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva № 152-2014-SERVIR- PE; Que, el numeral 4.5 de la Directiva № 001-2014-SERVIR- GPGSC “Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva № 152-2014-SERVIR-PE, señala que las entidades que cuenten con Cuadro para Asignación de Personal (CAP) aprobado o provisional, podrán ajustarlo en el año fi scal, bajo los términos expuestos en el numeral 5 de la Directiva № 001-2014-SERVIR-GPGSC, el cual no excederá del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fi scal y en ningún caso habilita a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto; Que, asimismo, el numeral 5.6 de la citada Directiva señala que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del presupuesto de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional, por lo que el reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante Resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del órgano responsable a que se refi ere el punto 5.2.1 de la referida Directiva; Que, mediante O fi cios № 751-2015/INABIF-DE y № 1033-2015/INABIF-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF ha solicitado la modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, aprobado mediante Resolución Ministerial № 134-2015-MIMP, a fi n de variar la denominación y la clasi fi cación de los cargos de las Plazas CAP № 484 y № 485, en atención a los Informes № 725-2015/INABIF.UAJ y № 1034-2015/INABIF.UAJ de su Unidad de Asesoría Jurídica; Que, a través de la Nota № 755-2015-MIMP/PNCVFS- DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS ha solicitado, entre otros aspectos, la modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, aprobado mediante Resolución Ministerial № 134- 2015-MIMP, a fi n de: (i) Variar la clasi fi cación del cargo de Plaza CAP № 385 y (ii) Eliminar el cargo de la Plaza CAP № 428 y, por ende, se pueda crear el cargo de Coordinador/a (SP-DS de libre designación o remoción por la titular de la entidad) en la Unidad de Administración del citado Programa Nacional en dicha Plaza, en atención al Informe № 539-2015-MIMP-PNCVFS-UAJ de su Unidad de Asesoría Jurídica; Que, con Informe № 082-2015-MIMP/OGRH, la Ofi cina General de Recursos Humanos, en el marco de su competencia, ha sustentado y propuesto el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, aprobado con Resolución Ministerial № 134- 2015-MIMP, en atención no sólo al pedido formulado por los Programa Nacionales del MIMP, sino también en virtud de lo establecido en el artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo № 017-93-JUS, en el Informe № 034-2015-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil y en la Resolución Directoral № 090-2014-MIMP/OGRH que reserva la plaza de la señora María Elena Guadalupe Julca; Que, con Memorando № 830-2015-MIMP/OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyos la Nota № 331-2015-MIMP/OGPP-OMI y el Informe № 003-2015-MIMP/OGPP/OMI-CRE de la O fi cina de Modernización Institucional, con los que se emite opinión favorable a la propuesta de reordenamiento de cargos formulada por la O fi cina General de Recursos Humanos, precisando, a través del mencionado informe, que el aludido reordenamiento no incide en incremento alguno sobre el presupuesto del MIMP; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, aprobado con Resolución Ministerial № 134-2015-MIMP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo № 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Ley № 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Decreto Supremo № 003-2012-MIMP y modi fi catorias, el Reglamento General de la Ley № 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo № 040-2014-PCM; la Directiva № 001-2014-SERVIR-GPGSC “Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva № 152-2014-SERVIR-PE y modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva № 234-2014-SERVIR-PE;