Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2016 (30/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de enero de 2016 /

El Peruano

7. Finalmente, cabe señalar que con fecha 29 de diciembre de 2015, el consejo regional del Gobierno Regional de Ayacucho, mediante los Oficios N° 2552015-GRA/CR-PCR y N° 256-2015-GRA/CR-PCR, ambos del 28 de diciembre de 2015, remitió a esta instancia los recursos de apelación interpuestos por Víctor de la Cruz Eyzaguirre en contra de los Acuerdos de Consejo N° 131-2015-GRA/CR, N° 132-2015-GRA/ CR y N° 133-215-GRA/CR. Siendo así, con relación a los mencionados recursos, corresponde emitir pronunciamiento por parte de este colegiado en segunda y última instancia. 8. De otro lado, adicionalmente, cabe señalar que la documentación antes detallada confirma la necesidad que había de requerir al consejo regional la remisión a este colegiado de la constancia que declaraba consentidos los acuerdos de consejo, ahora materia de apelación. Por las consideraciones expuestas, y en aplicación del principio de independencia de la función jurisdiccional y el criterio de conciencia que me asiste como Miembro del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mi VOTO es por que se declare FUNDADO el recurso extraordinario por afectación de los derechos al debido proceso y a la tutela procesal efectiva interpuesto por Víctor de la Cruz Eyzaguirre, gobernador provisional y vicegobernador suspendido del Gobierno Regional de Ayacucho y, en consecuencia, se declare NULA la Resolución N° 366-2015-JNE, del 17 de diciembre de 2015, debiendo restituirse sus respectivas credenciales a la citada autoridad regional. S. AYVAR CARRASCO Marallano Muro Secretaria General (e) 1340256-3

RESULTADO DEL CÓMPUTO DE LA VOTACIÓN ORGANIZACIÓN POLÍTICA MOVIMIENTO INDEPENDIENTE TRABAJANDO PARA TODOS MOVIMIENTO INDEPENDIENTE REGIONAL AYLLU ALIANZA PARA EL PROGRESO MOVIMIENTO REGIONAL AYNI CANTIDAD DE VOTOS PORCENTAJE DE VOTOS VÁLIDOS 39.430% PORCENTAJE VOTOS EMITIDOS 36.784%

636

552 281 144

34.222% 17.421% 8.927%

31.926% 16.252% 8.329%

En mérito a estos resultados, el JEE proclamó como alcalde y regidores para el Concejo Distrital de Quichuas a los siguientes ciudadanos:
CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE QUICHUAS AUTORIDAD ALCALDE DNI N° 19856072 NOMBRES Y APELLIDOS AUGUSTO MARAVÍ ROMANÍ JOSÉ QUISPE PÉREZ ELÍAS ROMERO PINO ALFREDO RAMOS RIVAS ORGANIZACIÓN POLÍTICA MOVIMIENTO INDEPENDIENTE TRABAJANDO PARA TODOS MOVIMIENTO INDEPENDIENTE TRABAJANDO PARA TODOS MOVIMIENTO INDEPENDIENTE TRABAJANDO PARA TODOS MOVIMIENTO INDEPENDIENTE TRABAJANDO PARA TODOS MOVIMIENTO INDEPENDIENTE TRABAJANDO PARA TODOS MOVIMIENTO INDEPENDIENTE REGIONAL AYLLU

REGIDOR 1

40308039

REGIDOR 2

23701283

REGIDOR 3

23238188

Disponen reservar entrega de credencial y habilitan a ciudadano para que asuma provisionalmente las funciones de alcalde distrital de Quichuas, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica
RESOLUCIÓN N° 0060-2016-JNE Lima, veintiocho de enero de dos mil dieciséis. VISTOS el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Quichuas, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, de fecha 11 de diciembre de 2015, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima en el marco de las Elecciones Municipales 2015, y los ADX-2015-051938, ADX-216-000944, ADX-2016-001881 y ADX-2016-003303, ANTECEDENTES Respecto a la proclamación de autoridades en el distrito de Quichuas Como consecuencia del proceso electoral realizado el día 29 de noviembre de 2015, y de acuerdo con el reporte de resultado del cómputo al 100% elaborado y remitido por la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (en adelante ODPE), el Jurado Electoral Especial de Lima (en adelante JEE), con fecha 11 de diciembre de 2015, emitió el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Quichuas, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica. En dicha acta, el JEE proclamó como ganador de las Elecciones Municipales del año 2015 en la referida circunscripción, al Movimiento Independiente Trabajando para Todos.

REGIDOR 4

MARIBEL 71378059 CCENCHO MACHUCA 40835166 NOE GALVEZ HUAMAN

REGIDOR 5

Como se aprecia, el ciudadano Augusto Maraví Romaní fue proclamado, de conformidad con la información remitida por la ODPE como alcalde del distrito de Quichuas, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica. Cabe precisar que el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del referido distrito no fue materia de recurso de apelación por parte de las organizaciones políticas participantes en el proceso electoral. Sobre la entrega de credencial y la juramentación de la autoridad electa A través del escrito del 31 de diciembre de 2015, el ciudadano Carlos Antonio de la Peña Olarte comunica al Jurado Nacional de Elecciones que Augusto Maraví Romaní cuenta con una orden de captura, dispuesta por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Junín en el Proceso Penal N° 04190-2013-65-1501-JRPE-01, razón por la cual no ha recogido la credencial que lo acredita como alcalde del distrito de Quichuas (ADX2015-051938). No obstante, por medio del escrito del 8 de enero de 2016, la autoridad electa solicita que la referida credencial sea remitida al local municipal y precisa que por motivos personales no ha podido apersonarse al Jurado Nacional de Elecciones a recabarla (ADX-2016-000944). Petición que es reiterada a través de los escritos del 20 y 22 de enero de 2016, respectivamente. De otro lado, mediante Oficio N° 012-2016-MDQ, recibido el 20 de enero de 2016, el regidor José Quispe Pérez remite el acta de juramentación e instalación de concejo, de la que se desprende que Augusto Maraví Romaní juramentó en el cargo de alcalde ante el concejo edil el 3 de enero de 2016, sin haber recabado la credencial

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