Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2016 (12/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Viernes 12 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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2.1.3 Efluentes Industriales de CHD y PHRC que viertan a la red de alcantarillado: de acuerdo a la norma específica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 2.1.4 En los casos de los numerales 2.1.1 y 2.1.2 deberán presentar un Informe Anual a los sesenta (60) días hábiles de concluido el año. 2.2 Para Consumo Humano Indirecto 2.2.1 Un Informe Mensual a los treinta (30) días hábiles posteriores al monitoreo. 2.2.2 Un informe anual a los sesenta (60) días hábiles posteriores a la culminación de la segunda temporada de pesca del año. En caso no se autorice una segunda temporada de pesca, el plazo señalado se computa a partir del primer día hábil del mes de enero del año siguiente. Artículo 3.- Incumplimiento El incumplimiento de las disposiciones contenidas en el artículo precedente, en el marco de los dispuesto en el Decreto Supremo N° 009-2011-MINAM, será sancionado por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, según lo establecido en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas ­ RISPAC, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2011-PRODUCE. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Adecuación Normativa Las actividades de monitoreo de la calidad de los cuerpos naturales de agua realizados por los titulares de las actividades pesqueras industriales de consumo humano directo e indirecto se adecuan a las disposiciones que dicta la Autoridad Nacional de Agua ­ ANA. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Deróguese la Resolución Ministerial N° 003-2002-PE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1344119-2

respecto de la implementación y seguimiento del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacifico Sudeste, así como la difusión de los acuerdos que adopte sobre el particular y la información que genere en la realización del encargo; Que, el artículo 3 de la referida Resolución Ministerial establece que la Comisión Multisectorial estará integrada por un representante Titular y uno Alterno de diversas instituciones y dependencias, entre ellas, el Ministerio de la Producción y el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, y que la Dirección Científica del Instituto del Mar del Perú actuará como Secretaría Técnica de la misma; Que, mediante Resolución Ministerial N° 287-2009-PRODUCE, de fecha 10 de julio de 2009, el Ministerio de la Producción designó al señor Malaquías Eustaquio Romero Huamaní y ratificó al señor Teófilo Pichilingüe Núñez, profesionales de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante la Comisión Multisectorial constituida por la Resolución Ministerial N° 039-2006PCM; asimismo, se designó al Contralmirante (r) Héctor Soldi Soldi, Presidente del Consejo Directivo, y se ratificó al señor Godofredo Federico Cañote Santamarina, Director Ejecutivo, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, ante la Comisión Multisectorial constituida por la Resolución Ministerial N° 039-2006-PCM; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Resolución Ministerial N° 039-2006-PCM, los representantes titulares y alternos de los integrantes de la Comisión deben ser designados mediante Resolución del Titular del Sector correspondiente; Que, en tal sentido, corresponde designar a los representantes titular y alterno del Ministerio de la Producción, así como a los representantes titular y alterno del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, ante la Comisión Multisectorial constituida por Resolución Ministerial Nº 039-2006-PCM; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047 y sus modificatorias, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Malaquías Eustaquio Romero Huamaní y del señor Teófilo Pichilingüe Nuñez, como representante titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante la Comisión Multisectorial constituida por la Resolución Ministerial N° 039-2006-PCM, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor EDGAR OVIDIO GARCÍA CARBAJAL, profesional de la Dirección de Ordenamiento Pesquero y Acuícola, y al señor JUAN AURELIO TIÓ IDROGO, profesional de la Dirección General de Sostenibilidad Pesquera del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Producción ante la Comisión Multisectorial constituida por la Resolución Ministerial N° 039-2006-PCM. Artículo 3.- Dar por concluida la designación del Contralmirante (r) Héctor Soldi Soldi y del señor Godofredo Federico Cañote Santamarina, como representante Titular y Alterno, respectivamente, del Instituto del Mar del Perú IMARPE ante la Comisión Multisectorial constituida por la Resolución Ministerial N° 039-2006-PCM, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 4.- Designar al Contralmirante (r) GERMÁN ABRAHAM VÁSQUEZ SOLÍS TALAVERA, Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, y a la M.Sc. CARLA PATRICIA AGUILAR SAMANAMUD, Directora Ejecutiva Científica del IMARPE, como

Designan representantes titulares y alternas del Ministerio y del IMARPE ante la Comisión Multisectorial constituida por la R.M. N° 039-2006-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 062-2016-PRODUCE Lima, 9 de febrero de 2016 VISTOS: El Memorando N° 5554-2015-PRODUCE/ SG de Secretaria General; el Memorando N° 4688-2015-PRODUCE/DVP del Despacho Viceministerial de Pesquería; y el Informe N° 074-2015-PRODUCE/ OGAJ-jguerra de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 039-2006PCM, de fecha 8 de febrero de 2006, se constituyó una Comisión Multisectorial, adscrita al Ministerio de la Producción, como la instancia permanente de concertación de actividades de investigación y capacitación científica para el manejo ambiental de la zona marino costera y el ordenamiento de los recursos, encargada de apoyar las labores del Punto Focal Nacional para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste

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