Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2016 (12/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de febrero de 2016 /

El Peruano

Que, entre las actividades priorizadas en el referido Plan Nacional, se encuentran entre otras, el otorgar consejerías en el hogar a familias con gestantes y recién nacidos, el realizar sesiones demostrativas en técnicas de amamantamiento, lavado de manos e higiene, el realizar vigilancia comunitaria a familias con gestantes y recién nacidos y el implementar grupos de apoyo comunal para promover y proteger la lactancia materna exitosa; Que, con el documento del visto, la Dirección General de Salud de las Personas, ha sustentado la pertinencia de incorporar el Cuadro del Presupuesto del Año 2016 al Plan Nacional "Bienvenidos a la Vida"; Que, con Informe N° 007-2016-OGPP-OP/MINSA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha otorgado opinión favorable a la incorporación del Cuadro del Presupuesto 2016, siendo que el Plan Bienvenidos a la Vida no será modificado en cuanto a sus objetivos, líneas de acción, actividades e indicadores; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con las visaciones de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud. SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorporar el Cuadro del Presupuesto del Año 2016 al Documento Técnico: Plan Nacional "Bienvenidos a la Vida" en el marco de las acciones de fortalecimiento para la reducción de la morbimortalidad neonatal en el Perú 2015 ­ 2016, aprobado por Resolución Ministerial N° 997-2014/MINSA, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http:// www.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANIBAL VELASQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1344199-1

DST-V.01, "Directiva Administrativa sobre Neutralidad y Transparencia de los Empleados Públicos del Ministerio de Salud y sus Dependencias", cuyo objetivo es establecer las disposiciones que permitan a los empleados públicos del Ministerio de Salud y sus dependencias ejercer la función pública con neutralidad y transparencia, durante los procesos electorales, procesos de referéndum y otros tipos de consulta popular; Que, con fecha 13 de junio de 2014 se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, el cual aprueba el Reglamento de la Ley General de Servicio Civil, el mismo que en el inciso i) del artículo IV de su Título Preliminar, establece que la expresión "servidor civil" también comprende a los servidores cuyos derechos se regulan por el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, y el Decreto Legislativo N° 1057, Régimen de la Contratación Administrativa de Servicios; Que, el literal g) del artículo 39 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, señala que es obligación de los servidores civiles actuar con imparcialidad y neutralidad política; Que, el literal l) del artículo 85 de la mencionada Ley N° 30057, tipifica como falta disciplinaria pasible de sanción, realizar actividades de proselitismo político durante la jornada de trabajo, a través del ejercicio de sus funciones o del uso de recursos de la entidad pública; Que, considerando lo antes señalado, resulta necesario que el Ministerio de Salud adecúe su normativa de neutralidad y transparencia durante procesos electorales a fin que guarde concordancia con la normatividad vigente a la fecha; Que, asimismo, es acorde con la normatividad vigente, comprender dentro del ámbito de aplicación de la normativa de neutralidad y transparencia durante procesos electorales a los profesionales de la salud que realizan el residentado o el Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (SERUMS), en lo que les resulte aplicable, por cuanto son profesionales que prestan servicios de salud en establecimientos del Ministerio de Salud; Con las visaciones de la Directora General de la Defensoría de la Salud y Transparencia, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Decreto Supremo N° 0232005-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 215-MINSA/DST-V.01 "Directiva Administrativa de Neutralidad y Transparencia en el Pliego 011 - Ministerio de Salud, durante los procesos electorales", la misma que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Déjese sin efecto la Resolución Ministerial N° 057-2006/MINSA, que aprueba la Directiva Administrativa N° 075-MINSA/DST-V.01, "Directiva Administrativa sobre neutralidad y transparencia de los Empleados Públicos del Ministerio de Salud y sus dependencias". Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Aprueban Directiva Administrativa de Neutralidad y Transparencia en el Pliego 011 - Ministerio de Salud, durante los procesos electorales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 077-2016/MINSA Lima, 9 de febrero de 2016 Visto el expediente N° 15-018122-001, que contiene el Memorando N° 036-2016-DST-ET/MINSA de la Defensoría de la Salud y Transparencia, el Memorando N° 055-2016OGA/MINSA de la Oficina General de Administración, del Memorando N° 034-2016-DG-DGRH/MINSA de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos y del Memorando N° 012-2016-OGGRH/MINSA de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0572006/MINSA de fecha 21 de enero de 2006, se aprobó la Directiva Administrativa N° 075-MINSA/

ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1344199-2

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