Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2016 (19/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

578420 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES
VISTO:

Viernes 19 de febrero de 2016 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Prorrogan la vigencia del Grupo de Trabajo denominado "Comité de Diálogo, Negociación y Desarrollo" constituido mediante R.M. Nº 106-2015-PCM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2016-PCM
Lima, 16 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, se ha establecido como política de gobierno la promoción del diálogo como mecanismo para la atención de las diferencias, controversias y conflictos sociales, encargándose a la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad, en el marco de sus competencias, dirigir los procesos de diálogo con los diversos actores sociales, representantes de instituciones privadas y funcionarios públicos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 106-2015PCM se constituye el Grupo de Trabajo denominado "Comité de Diálogo, Negociación y Desarrollo" que tiene como finalidad proponer debatir e implementar acciones que promuevan el desarrollo de la Comunidad Campesina de Vicco, en el distrito de Vicco, provincia y departamento de Pasco y la ejecución del proyecto minero "San Gregorio", de la Sociedad Minera El Brocal S.A.A.; Que, el artículo 6 de la citada resolución ministerial establece en ciento veinte (120) días hábiles contados a partir de la fecha de su instalación, el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo denominado "Comité de Diálogo, Negociación y Desarrollo"; Que, durante las sesiones realizadas por el referido Grupo de Trabajo se han continuado evaluando las propuestas planteadas por sus integrantes, sin que se haya podido llegar a un acuerdo que permita cumplir con la finalidad establecida en su norma de constitución; Que, en atención a la política de gobierno previamente citada y con la finalidad de que el indicado Grupo de Trabajo cumpla con el encargo conferido mediante Resolución Ministerial Nº 106-2015-PCM, resulta pertinente prorrogar el plazo de vigencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y en el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Prorrogar la vigencia del Grupo de Trabajo denominado "Comité de Diálogo, Negociación y Desarrollo" constituido mediante Resolución Ministerial Nº 106-2015-PCM, hasta el 31 de julio de 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros

El Memorando N° 084-2016-ANA-DGCRH de fecha 15 de enero de 2016, y el Informe Técnico N° 006-2016-ANADGCRH-GECRH, de fecha 15 de enero de 2016, ambos del Director de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos establece que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos; Que, por su parte, el artículo 193° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, determina que la planificación de los recursos hídricos tiene por objeto promover su uso sostenible, equilibrar la oferta con la demanda del agua, la conservación y la protección de la calidad de las fuentes naturales, en armonía con el desarrollo nacional, regional y local, así como la protección e incremento de la cantidad de la disponibilidad de agua; Que, bajo este contexto, mediante Decretos Supremos N° 006-2015-MINAGRI y 013-2015-MINAGRI se aprobaron la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos y el Plan Nacional de los Recursos Hídricos, respectivamente; Que, asimismo, mediante Resoluciones Jefaturales N°s. 112-2014-ANA, 113-2014-ANA, 117-2014-ANA, 1182014-ANA, 119-2014-ANA y 131-2014-ANA, se aprobaron los planes de gestión de recursos hídricos de las cuencas Quilca-Chili, Chira-Piura, Tumbes, Chancay-Lambayeque, Chancay-Huaral, y Caplina-Locumba, respectivamente; Que, mediante el Informe del Visto, el Director de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, señala que la "Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos" fue elaborada en un proceso participativo a través de talleres a nivel nacional en los que se socializaron la estrategia y el plan de acción que involucra acciones estratégicas técnicas, normativas y de gestión; metas a corto, mediano y largo plazo, actores, indicadores y resultados esperados en un horizonte propuesto de diez años (2016 - 2025); Que, en ese sentido mediante Resolución Jefatural N° 234-2015-ANA, de fecha 07 de setiembre de 2015, se prepublicó, el Proyecto de Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos, a fin de que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias; Que, de igual forma, el Director de la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, señala que habiéndose consolidado y analizado los aportes efectuados por los interesados, a la "Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos", y encontrándola conforme solicita su aprobación; Que, en consecuencia, corresponde aprobar la "Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos", la misma que tiene por objetivo recuperar y proteger la calidad de los recursos hídricos, a través del fortalecimiento de la institucionalidad para la gestión integrada de los Recursos Hídricos; Con la conformidad de la Dirección de Gestión de la Calidad de Recursos Hídricos, los vistos de la oficina de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación Aprobar, la Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos, como instrumento que promueve y orienta las acciones estructurares y no estructurales requeridas para la recuperación y protección de la calidad de los recursos hídricos. Artículo 2°.- Difusión Encargar a la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos y a la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional las acciones de articulación, para la adecuada difusión e implementación de la Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos.

1346666-1

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban Estrategia Nacional para el Mejoramiento de la Calidad de los Recursos Hídricos
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 042-2016-ANA
Lima, 16 de febrero de 2016

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