Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2016 (19/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 19 de febrero de 2016 /

El Peruano

Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente

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CULTURA
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 051-2016-MC
Mediante Oficio Nº 000094-2016/SG/MC, el Ministerio de Cultura solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 051-2016-MC, publicado en la edición del día 13 de febrero de 2016. DICE: "Artículo 2°.- Designar al señor Franz Martín Grupp Castello, en el scargo de Director de Órgano Desconcentrado ­ Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa del Ministerio de Cultura". DEBE DECIR: "Artículo 2°.- Designar al señor Franz Edwin Martín Grupp Castelo, en el cargo de Director de Órgano Desconcentrado ­ Director de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa del Ministerio de Cultura". DICE: "Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la señora Julia Victoria Barreda Bustinza, al señor Franz Martín Grupp Castello y a la Oficina General de Recursos Humanos para los fines correspondientes". DEBE DECIR: "Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la señora Julia Victoria Barreda Bustinza, al señor Franz Edwin Martín Grupp Castelo y a la Oficina General de Recursos Humanos para los fines correspondientes".

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2001-DE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el cual establece la estructura orgánica, funciones y atribuciones de todos sus órganos, incluidos los de Alta Dirección, Órganos Consultivos, de Control, de Línea, de Asesoramiento, de Apoyo y de Defensa Jurídica, así como de sus organismos públicos ejecutores; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 del citado Reglamento, la Dirección General de Administración, es el Órgano encargado de administrar los recursos materiales, económicos y financieros de la sede central del Ministerio; asimismo, es responsable de asegurar la racionalidad, unidad y eficiencia de los procesos administrativos de logística, contabilidad, tesorería y patrimonio y realiza el proceso de ejecución presupuestaria en el ámbito de su competencia; Que, la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, el artículo 8 de la citada Ley, establece que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada norma; Que, el numeral 28 del artículo 10 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, señala que es atribución del Ministro de Defensa delegar o desconcentrar en los funcionarios del Ministerio de Defensa las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función y ejercer las demás funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que los procedimientos de selección iniciados antes de la entrada en vigencia de la citada Ley, se rigen por las normas vigentes al momento de su convocatoria; Que, en atención al marco normativo antes descrito, resulta necesario actualizar las facultades otorgadas al responsable de la Dirección General de Administración del Ministerio de Defensa; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 3502015-EF; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por decreto Supremo N° 001-2011-DE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar al Director General de Administración, en materia de Contrataciones del Estado, las siguientes facultades y atribuciones: a) Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones. b) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección. c) Aprobar los expedientes técnicos de obras que no constituyan Proyectos de Inversión Pública. d) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos previstos en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado. e)Aprobar el otorgamiento de la Buena Pro a las propuestas que superen el valor estimado o el valor referencial, según corresponda, dentro de los supuestos previstos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. f) Cancelar total o parcialmente los procedimientos de selección, en cualquier momento previo a la adjudicación de la Buena Pro, en los casos previstos en la Ley de Contrataciones del Estado. g) Aprobar las Bases y otros documentos de los procedimientos de selección, incluyendo los provenientes de contrataciones directas de procedimientos de selección. h) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección. i) Autorizar la participación de expertos independientes en los Comités de Selección. j) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por la Ley de Contrataciones del Estado. k) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por la Ley de Contrataciones del Estado.

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DEFENSA
Delegan diversas facultades y atribuciones al Director General de Administración, en materia de Contrataciones del Estado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2016-DE/SG
Lima, 15 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 045-2009DE/SG, se delegaron en el responsable de la Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa, ahora Dirección General de Administración, diversas facultades en materia de Contrataciones del estado, a fin de agilizar las actividades que realiza el Ministerio de Defensa; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1134 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, cuyo artículo 9 dispone que el Ministro de Defensa es la máxima autoridad del Sector y el Titular del Pliego Presupuestario del Ministerio de Defensa;

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