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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2016 (24/02/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 37

578791 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de febrero de 2016 El Peruano / deberá presentar un informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos y viáticos que irrogue la presente autorización de viaje, serán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 1,179.00 Viáticos : US$ 2,960.00 Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO HERRERA PERRET Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 1348405-1 COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencias financieras a diversas entidades para financiar proyectos y actividades RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 025-2016-DV-PE Lima, 22 de febrero de 2016 VISTO: El Memorándum N° 0197-2016-DV-DATE-PIRDAIS del 03 de febrero de 2016, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, remite el Anexo N° 01 que contiene la relación de proyectos y actividades en el que se detallan los nombres y montos a ser transferidos, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función general de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes; así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas – PTCD”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú – GIECOD”; precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante Resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal Resolución sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfi ere los recursos en virtud del numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Además, el referido numeral precisa que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informes N°s 020-2015-DV-DAT y 002-2016-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de proyectos y actividades que serán fi nanciados con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en los años 2015 y 2016, DEVIDA suscribió Adendas y Convenios de Cooperación Interinstitucional con distintas Entidades Ejecutoras, para la ejecución de proyectos y actividades hasta por la suma de TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 38 895,343.00), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencias fi nancieras; Que, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, ha emitido las Certifi caciones de Crédito Presupuestal N°s 056, 327, 328, 329, 331, 332, 333, 334, 335, 336, 338, 340, 341, 342, 343, 344, 345, 346, 347, 348, 349, 350, 351, 353, 354, 355, 356, 357, 358, 359, 360, 361, 362, 363, 364, 365, 366 y 367, las que convalidan lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, entendiéndose que estos documentos forman parte del “Informe Previo Favorable”, tal como se señalan en los Informes N°s 012-2016-DV-OPP/UPPTO y 014-2016-DV- OPP/UPPTO. Adicionalmente, DEVIDA ha emitido las respectivas conformidades a los Planes Operativos de dichos proyectos y actividades; Con los visados de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, la Dirección de Articulación Territorial, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014- PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias fi nancieras hasta por la suma total de TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 38 895,343.00), para fi nanciar proyectos y actividades que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que las transferencias fi nancieras autorizada por el artículo primero de la presente Resolución se realizarán con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2016, del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- INDICAR que las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se transfieran para la ejecución de los Proyectos y Actividades descritos en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, quedando prohibida de reorientar dichos recursos a otros Proyectos o Actividades, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente Ejecutivo