Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2016 (24/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Miércoles 24 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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los Programas Presupuestales: "0001 Programa Articulado Nutricional", "0002 Programa Materno Neonatal", "0018 Enfermedades No Transmisibles", "0104 Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas" y Categoría Presupuestal: "9002 Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Producto ­ APNOP", por los importes de S/.600,000.00, S/. 236,721.00, S/. 10,000.00, S/. 4,979.00 y S/. 602,455.00 Soles, respectivamente; Que, mediante Oficio N° 061-2016-OPP/IGSS de fecha 27 de enero del 2016, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de IGSS, solicita subsanar la Transferencia Financiera de la Resolución Jefatural N° 016-2016/ SIS, Anexo 01 referido a la U.E. 1570: Hospital de Emergencias Pediátricas - IGSS, por habérsele transferido en el Programa Presupuestal "0018 Enfermedades No Transmisibles", por el importe de S/. 10,000.00, programa que no está registrado en su Estructura Funcional Programática para el año 2016, sean incorporados ante el Ministerio de Economía y Finanzas en la Categoría Presupuestal "9002 Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Producto ­ APNOP" por el importe de S/. 10,000.00 a la U.E. 1570 Hospital de Emergencias Pediátricas ­ IGSS; Que, mediante Memorando N° 059-2016-SIS/ OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS, hace de conocimiento de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, que el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, ha solicitado con Oficio N° 001-2016-OGPP/INEN, que los recursos transferidos con Resolución Jefatural N° 016-2015/SIS en el programa presupuestal "0104 Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas" por S/. 15,627.00 soles, sean incorporados ante el Ministerio de Economía y Finanzas en la Categoría Presupuestal "9002 Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Producto ­ APNOP" por el importe de S/.15,627.00 a la U.E. 1235 ­ Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ­ INEN. Asimismo, con Memorando N° 095-2016-SIS/OGPPDO, la precitada Oficina General informa que la DGPP ­ MEF, ha concluido con respecto al Programa 0018 Enfermedades No Transmisibles para la UE 1570 Hospital de Emergencias Pediátricas ­ IGSS, por el importe de S/. 10,000.00 Soles; Que, mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de modificar el Anexo 01 de la Resolución Jefatural N° 016-2016/SIS que aprueba la transferencia al Pliego

del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas ­ INEN y a la Unidad Ejecutora 1570 Hospital de Emergencias Pediátricas, por los servicios que brindan a los asegurados del Seguro Integral de Salud, la transferencia de recursos a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional, a efectuarse en el mes de enero del 2016 para cubrir los conceptos de pago Preliquidado y Prestaciones Administrativas No Tarifadas, informando a la vez que el importe a transferir a cada Unidad Ejecutora contempla los componentes de reposición y de gestión y que el prestador tiene la obligación de reponer el 100% del consumo reportado; Con el visto del Secretario General, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, del Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la Directora General de la Oficina General de Administración de Recursos, del Director General de la Oficina General de Tecnología de la Información, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 37.1 del artículo 37 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y su modificatoria, aprobada por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el Anexo 01 de la Resolución Jefatural N° 016-2016/SIS de fecha 18 de enero de 2016, en el extremo que corresponde a las Unidades Ejecutoras 1235 ­ Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y 1570 - Hospital de Emergencias Pediátricas ­ IGSS, referente a que los recursos transferidos en los Programas Presupuestales: "0104 Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas" por el importe de S/. 15,627.00 Soles, y "0018 Enfermedades No Transmisibles" por el importe de S/. 10,000.00 Soles, sean incorporados ante el Ministerio de Economía y Finanzas en la Categoría Presupuestal "9002 Asignaciones Presupuestales que No Resultan en Producto ­ APNOP" por el importe de S/.15,627.00 Soles, a la U.E 1235 ­ INEN y el importe de S/. 10,000.00 Soles, a la U.E. 1570 Hospital de Emergencias Pediátricas ­ IGSS, conforme al texto siguiente:

DNTP

UE

0104 0001 0018 - ENFERME- REDUCCION PROGRAMA 0024 0002 - SALUD 0016 DADES DE LA 9002 ARTICUPREVENCION Y MATERNO TBC-VIH/ NO MORTALIDAD ASIGNACIONES LADO CONTROL DEL NEONATAL SIDA TRANSMISIPOR (SIN PROGRAMA) NUTRICIOCANCER BLES EMERGENCIAS NAL Y URGENCIAS

TOTAL

1570

HOSPITAL DE EMERGENCIAS PEDIATRICAS IGSS INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLASICAS

600,000.00

236,721.00

0.00

0.00

0.00

4,979.00

612,455.00

1,454,155.00

1235

0.00

0.00

9,767,207.00

0.00

0.00

0.00

12,410,877.00

22,178,084.00

Artículo 2.- El Titular del Pliego, mediante Resolución, aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, respetando los montos asignados en las categorías presupuestarias, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución debe ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la respectiva página web del Pliego. Con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el Plan de Beneficios del SIS, así como acorde a la programación de actividades articuladas al

plan operativo de cada unidad ejecutora y en el marco de la normatividad vigente. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; así como publicar en el portal institucional http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud 1348436-1

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