Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2016 (26/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 26 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educación y el Ministro de Economía y Finanzas Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1349647-9

autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01­ Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015-EF/43, y modificada mediante Resolución Ministerial N° 102-2015-EF/43; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Augusto Blanco Cáceres, Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 15 al 20 de marzo de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos (4 + 1 día) : : US $ US $ 1 152,48 1 575,00

Autorizan viaje de Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2016-EF Lima, 25 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación electrónica de fecha 11 de enero de 2016, la Secretaría Ejecutiva del LAC Debt Group cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas, para que participe en la "XII Reunión Anual del Grupo de Especialistas en Gestión de Deuda Pública de América Latina y el Caribe (LAC Debt Group)", a llevarse a cabo del 16 al 19 de marzo de 2016, en la ciudad de Panamá, República de Panamá; Que, la mencionada reunión del LAC Debt Group es un foro de discusión entre los especialistas en gestión de la deuda de los países miembros del grupo, y es el escenario principal para el intercambio de experiencias y conocimientos sobre las prácticas de gestión de la deuda pública en América Latina y el Caribe; Que, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público es el órgano de línea del Ministerio de Economía y Finanzas, rector de los Sistemas Nacionales de Endeudamiento Público y de Tesorería y como tal se constituye como la más alta autoridad técnico-normativa en materia de endeudamiento público y tesorería, encargado de proponer políticas y dictar normas y procedimientos para la gestión global de activos y pasivos financieros, así como la regulación y administración de los fondos públicos y de la deuda pública; Que, en ese sentido se ha visto por conveniente la participación del señor Carlos Augusto Blanco Cáceres, Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas; toda vez que la mencionada reunión permitirá conocer las mejores prácticas de las oficinas de gestión de la deuda en los países de la región, y fortalecer las capacidades y competencias del Perú en materia de endeudamiento público, siendo que los temas a tratar están relacionados con las competencias de la citada Dirección General; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que las autorizaciones de viaje por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante resolución suprema; Que, en consecuencia, siendo de interés para el Ministerio de Economía y Finanzas, resulta necesario

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación, a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1349643-6

Aprueban contratación de estudio de abogados para representar al Estado Peruano durante la etapa de trato directo en controversia iniciada por la empresa Abengoa Transmisión Sur S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 056-2016-EF/43 Lima, 25 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea una Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las

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