Norma Legal Oficial del día 26 de febrero del año 2016 (26/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de febrero de 2016 /

El Peruano

receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha previsto conjuntamente con empresas peruanas del sector manufacturas diversas, realizar el evento "Misión Comercial Industria Perú en Centroamérica", a realizarse del 15 al 18 de marzo de 2016, en las ciudades de Managua, República de Nicaragua, Panamá, República de Panamá, y Santo Domingo, República Dominicana, con el objetivo de facilitar a las empresas peruanas participantes el posicionamiento de sus productos en el mercado centroamericano, identificar a potenciales compradores, importadores, distribuidores en general con la finalidad de diversificar nuestra oferta exportable, aumentar la competitividad e impulsar los encadenamientos productivos; Que, para el logro de tales objetivos, se ha previsto la participación de autoridades, importadores e inversionistas, así como la realización de las Ruedas de Negocios, entre otros, generando oportunidades de negocios e incrementando nuestras exportaciones; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones ha solicitado se autorice la comisión de servicios de los señores Elmer Alejandro Lava Quispe y Juan Carlos Walter Prada Arroyo, a las ciudades de Managua, República de Nicaragua, Panamá, República de Panamá, y Santo Domingo, República Dominicana, para que en representación de la entidad, participen en el evento antes señalado, realizando acciones de promoción de importancia para el país; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a las ciudades de Managua, República de Nicaragua, Panamá, República de Panamá, y Santo Domingo, República Dominicana, de los señores Elmer Alejandro Lava Quispe y Juan Carlos Walter Prada Arroyo, del 13 al 19 de marzo de 2016, para que en representación de PROMPERÚ participen en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Clase Económica US $ Elmer Alejandro Lava Quispe 1 912,00 Juan Carlos Walter Prada Arroyo 1 912,00 Nombres y apellidos Viáticos N° Total día US $ días Viáticos 315,00 315,00 6 6 1 890,00 1 890,00

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Autorizan viaje de servidor a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 026-2016-CONCYTEC-P Lima, 25 de febrero de 2016 VISTOS, el Informe N° 001-2016-CONCYTEC-PE del Especialista en Seguimiento y Evaluación II de la Presidencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; el Informe N° 59-2016-CONCYTEC-OGA-OL de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración y el Proveído N° 155-2016-OGA, de la Oficina General de Administración; y; CONSIDERANDO: Que, los literales h) e i) del Artículo 11° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2007-ED, establecen como función del CONCYTEC, promover la articulación de la investigación científica y tecnológica, y la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país, así como implementar mecanismos de coordinación, intercambio y concertación entre las instituciones integrantes del SINACYT con otras entidades del exterior; Que, mediante Facsímil Circular N° 003-2016-MINCETUR/VMCE/DGNCI de fecha 3 de febrero de 2016, el Director General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, informa a la Presidencia del CONCYTEC, sobre la realización de las reuniones de los Grupos Técnicos y del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pacífico que se realizarán del 29 de febrero al 03 de marzo de 2016, en la Ciudad de Bogotá, República de Colombia, precisando que entre los Subgrupos/ Grupos Técnicos que sesionarán en esta oportunidad, se encuentra el de Innovación; Que, conforme a lo señalado en el Informe N° 001-2016-CONCYTEC-PE de fecha 9 de febrero de 2016, el Especialista en Seguimiento y Evaluación II de la Presidencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, señala que el CONCYTEC viene participando en el Grupo Técnico de Innovación de la Alianza del Pacífico desde su creación, representando al Perú en las negociaciones sobre los temas de política de innovación y liderando la generación de una agenda de trabajo que se enmarca dentro de cinco pilares priorizados como claves para construir un Ecosistema de Innovación de la Alianza Pacífico: Capital Humano, Mentalidad y Cultura, Generación y Transferencia de Conocimiento, Financiamiento y Capital, y Marco Regulatorio; Que, asimismo, el referido Informe, señala que dentro de los principales temas que se discutirán en la reunión del referido Grupo Técnico de Innovación, se encuentran, entre otros: i) La definición de las acciones específicas y cronograma de acción del proyecto financiado por la División de Innovación del Banco Interamericano de Desarrollo, bajo el esquema de Bienes Públicos Regionales, ii) Presentación del estudio Mapeo de los Ecosistemas de Innovación y Emprendimiento de los países de la Alianza del Pacífico, iii) Revisión de los avances del programa de fortalecimiento de capacidades de Policy Makers de la Alianza del Pacífico, financiado por el Newton Fund; y, iv) Establecimiento de una Agenda Público ­ Privada en Innovación; Que, igualmente, el Especialista en Seguimiento y Evaluación II de la Presidencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, señala que la participación del CONCYTEC forma parte de

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1349202-1

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