Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2016 (01/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

591428
VISTO:

NORMAS LEGALES

Viernes 1 de julio de 2016 /

El Peruano

El Decreto Supremo N° 141-2016-EF que autoriza la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público a favor del Poder Judicial, Informe N° 039-2016-NOR-ST-ETI-CPP-PJ, remitido por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, que contiene propuesta de creación de órganos jurisdiccionales especializados en delitos aduaneros, tributarios, de mercado y ambientales. CONSIDERANDO: Primero. Que los delitos por contrabando, piratería, defraudación de rentas de aduanas; así como los delitos contra los recursos naturales y medio ambiente, entre otros, generan grave daño a la economía con pérdidas estimadas en más de 5 700 millones de soles que reducen el bienestar general del país; correspondiendo al Poder Judicial garantizar las condiciones necesarias para el procesamiento de los mismos de manera célere y con las garantías procesales, conforme a las exigencias del nuevo modelo procesal penal. Segundo. Que mediante Oficio Nº 296-2016-P-PJ, la Presidencia del Poder Judicial solicitó una demanda adicional de recursos para financiar, entre otros, la creación e implementación de una Sala Penal con competencia nacional y ocho Juzgados Penales Supra provinciales con subespecialidad en temas de delitos aduaneros, tributarios, de mercado y ambientales; con la finalidad de atender con mayor celeridad y eficacia procesos judiciales relacionados con el contrabando, generado, principalmente, por la falta de control en las fronteras y carreteras; piratería y operaciones comerciales no reales; minería ilegal, que además de arrasar con bosques amazónicos genera explotación infantil; tala ilegal que convive con las comunidades y las autoridades con total impunidad; pesca ilegal que origina un grave perjuicio al ecosistema y a la economía del país; así como también con delitos tributarios y aduaneros. Tercero. Que por Decreto Supremo N° 141-216-EF el Ministerio de Economía y Finanzas realizó la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de treinta millones y 00/100 soles (S/ 30 000 000,00) a favor del Pliego 004: Poder Judicial, destinados al financiamiento de las acciones descritas conforme a lo indicado en la parte considerativa del citado Decreto Supremo. Cuarto. Que el proceso de implementación del nuevo modelo procesal penal, y la determinación de órganos jurisdiccionales que actuarán en el conocimiento de procesos penales con sub especialidad, implica además, entre otros: a) Disponer la creación de órganos jurisdiccionales, b) Determinar los órganos jurisdiccionales penales y/o mixtos actuales que conocerán en adición a funciones los procesos penales con subespecialidad en temas tributarios, aduaneros, de mercado y medio ambientales; y c) Determinar la competencia de materia y de territorio de los órganos jurisdiccionales. Quinto. Que, asimismo, la Resolución Administrativa N° 155-2013-CE-PJ, dispuso la creación de Juzgados de Investigación Preparatoria con especialidad en delitos ambientales; estableciendo para el caso del Juzgado de Piura, que su competencia territorial comprende a los Distritos Judiciales de Tumbes, Piura, Sullana, Lambayeque y Cajamarca; y por Resolución Administrativa N° 123-2014-CE-PJ, se dictan disposiciones para la implementación de los Juzgados de Investigación Preparatoria especializados en delitos ambientales; y considerando la optimización de los recursos humanos logísticos e informáticos, así como el acceso a la justicia, es necesario evaluar la pertinencia de crear un nuevo órgano jurisdiccional especializado en delitos ambientales en la Corte Superior de Justicia de Piura, toda vez que ya existe un Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en delitos ambientales con competencia

en los Distritos Judiciales de Tumbes, Piura, Sullana, Lambayeque y Cajamarca. Sexto. Que el Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en delitos ambientales con sede en Piura cuenta con la siguiente carga procesal: 721 expedientes en trámite y 121 en ejecución, que provienen de las Cortes Superiores de Justicia donde tiene competencia territorial, conforme a la Resolución Administrativa N° 155-2013-CE-PJ; por lo que, a fin de preservar el acceso a la justicia, deviene en necesario que al referido órgano jurisdiccional se le amplié su competencia en cuanto a materia para el conocimiento además de procesos aduanero, tributario y de mercado; así como se modifique su competencia en cuanto a territorio, disponiendo que se circunscriba a los Distritos Judiciales de Piura Sullana y Tumbes. Asimismo, los órganos jurisdiccionales designados por Resolución Administrativa N° 123-2014-CE-PJ, para el trámite de los procesos en etapa de juzgamiento y fase de apelación y ejecución en el Distrito Judicial de Piura, deberán de circunscribirse a la competencia en cuanto a materia para el conocimiento además de procesos aduanero, tributario y de mercado; y modificar su competencia en cuanto a territorio disponiendo que se circunscriba a los Distritos Judiciales de Piura, Sullana y Tumbes. Sétimo. Que, asimismo, en la misma línea de ideas y ponderando el acceso a la justicia, se debe considerar la creación del 9° Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en delitos aduanero, tributario, de mercado y ambientales en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Lambayeque, La Libertad y Cajamarca, con sede en Chiclayo. Octavo. Que, en tal sentido, del análisis estadístico realizado a los órganos jurisdiccionales a nivel nacional y estando a la propuesta formulada por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Comisión Nacional de Productividad del Poder Judicial, se advierte la necesidad de crear órganos jurisdiccionales en los Distritos Judiciales donde existe mayor incidencia de procesos por delitos tributarios, aduaneros, de mercado y medio ambientales; así como de la interpretación del artículo 2° del Decreto Supremo N° 141-2016-EF que señala "El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refiere el artículo". En tal sentido, resulta atendible la propuesta formulada para la creación de los órganos jurisdiccionales mencionados en el Informe N° 039-2016-NOR-ST-ETI-CPP-PJ. Noveno. Que, en ese orden de ideas, en consonancia con el Decreto Supremo N° 141-2016-EF y la propuesta realizada por el Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, resulta pertinente disponer la creación de órganos jurisdiccionales especializados en delitos aduaneros, tributarios, de mercado y ambientales; así como dictar las medidas necesarias, con arreglo a las necesidades de servicio, factores geográficos y de acceso a la justicia en los Distritos Judiciales focalizados. Décimo. Que, los numerales 24), 25) y 26) del artículo 82°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 547-2016 de la vigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la creación de órganos jurisdiccionales especializados en delitos aduaneros,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.