Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2016 (02/07/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 10
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NORMAS LEGALES
Sábado 2 de julio de 2016 /
El Peruano
PRODUCE
Dan por concluida designación y encargan funciones de Director del "Centro de Innovación Tecnológica Pesquero CITEpesquero"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 243-2016-PRODUCE Lima, 30 de junio de 2016 VISTOS: El Informe N° 00085-2016-PRODUCE/ OGAJ-mburstein de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, es propósito del Gobierno mejorar los estándares tecnológicos que utilizan las empresas en la producción de bienes y servicios en sectores prioritarios para reducir las brechas de competitividad; Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2015-PRODUCE se creó el "Centro de Innovación Tecnológica Pesquero- CITEpesquero", de naturaleza pública, en el ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), con el objetivo de apoyar las acciones de transferencia tecnológica, capacitación, asistencia técnica a las empresas y asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías con el fin de aumentar su competitividad, capacidad de innovación y desarrollo de productos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 244-2015-PRODUCE se designó al señor Jorge José Carrera R. La Rosa como Director Ejecutivo del "Centro de Innovación Tecnológica Pesquero CITEpesquero"; Que, el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica CITE, tiene por finalidad establecer lineamientos en materia de innovación productiva para mejorar la productividad y el desarrollo industrial en sus respectivas cadenas productivas y de valor, a través de los referidos CITE. El artículo 9 del citado Decreto Legislativo dispone que los CITE Públicos deberán contar con un Director, quien tiene a cargo la gestión administrativa, técnica y económica del CITE y será designado mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1228 y a propuesta del Instituto Tecnológico de la Producción, resulta pertinente encargar al señor Alberto Clemente Salas Maldonado las funciones de Director del "Centro de Innovación Tecnológica PesqueroCITEpesquero"; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica CITE; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor JORGE JOSÉ CARRERA R. LA ROSA como Director Ejecutivo del "Centro de Innovación Tecnológica Pesquero CITEpesquero", dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor ALBERTO CLEMENTE SALAS MALDONADO las funciones de Director del "Centro de Innovación Tecnológica Pesquero CITEpesquero", con retención de su cargo; Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y
en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLIS Ministro de la Producción 1399251-1
Autorizan viaje de funcionario al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 244-2016-PRODUCE Lima, 1 de julio de 2016 VISTOS: El Memorando N° 1261-2016-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe N° 0065-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/ DIGITSE/DIN de la Dirección de Innovación de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales, los Memorandos Nos. 1682-2016-PRODUCE/OGA y 01690-2016-PRODUCE/ OGA de la Oficina General de Administración, el Memorando N° 3649-2016-PRODUCE/OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 047 -2016-PRODUCE/OGAJkcarcamo de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento OF. RE (DAE-DIN) N° 2-12A/216, la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores remitió a la Secretaría General del Ministerio de la Producción la invitación cursada por el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, en su calidad de Estado Observador de la Alianza del Pacífico, a fin que el señor Sergio Gilberto Rodríguez Soria, Director de la Dirección de Innovación de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales, participe en el Programa Global Innovation Policy Accelerator que se llevará a cabo del 04 al 08 de julio de 2016, en la ciudad de Londres, del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, la Alianza del Pacífico es un mecanismo de integración regional conformado por la República de Chile, la República de Colombia, los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú, establecido en abril de 2011 y constituido formal y jurídicamente el 6 de junio de 2012, con la suscripción del Acuerdo Marco. Este proceso busca crear mercados atractivos entre sus países miembros para lograr una mayor competitividad a nivel internacional; Que, en la Declaración de Cartagena de Indias de Colombia del mes de febrero de 2014, se creó el Grupo Técnico de Innovación, con el objetivo de diseñar, proponer y coordinar programas y actividades que se traduzcan en mejoras productivas y competitivas en los países de la Alianza, resaltando la importancia de la innovación como herramienta para mejorar la competitividad de la Alianza del Pacífico y de sus países miembros. El Ministerio de la Producción, a través de la Dirección de Innovación de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales - DIGITSE, participa activamente en el Grupo Técnico de Innovación (GTI); Que, los países observadores de la Alianza del Pacífico, son aquellos países no miembros que mantienen su compromiso con los principios, objetivos y trabajos de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Acuerdo Marco. Al respecto, el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte tiene calidad de país Observador, teniendo a la Newton Fund como institución activa en realizar trabajos colaborativos en la implementación de proyectos conjuntos de investigación e innovación como una estrategia para contribuir al