Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2016 (02/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 2 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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desarrollo económico y social de los cuatro (04) países que conforman la Alianza del Pacífico; Que, el Programa Global Innovation Policy Accelerator, tiene como objetivo contribuir con la formulación y ejecución de políticas de innovación en los países de la Alianza del Pacífico, siendo una de sus actividades la capacitación y asesoría intensiva de funcionarios de los países miembros que trabajan en proyectos de políticas de innovación prioritarias. Asimismo, contribuye a la generación de acuerdos y consensos, así como a la formulación conjunta con los representantes de los países de la Alianza del Pacífico, de insumos técnicos y estrategias de trabajo comunes, los cuales serán trasladados al Grupo Técnico de Innovación de la Alianza del Pacífico para su posterior implementación y ejecución; Que, de acuerdo al artículo 109 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, la Dirección de Innovación de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales, tiene como función, entre otras, la de formular lineamientos de política de promoción de la innovación, la productividad y calidad, en el marco de la normatividad vigente, y la de formular e implementar mecanismos de coordinación, articulación y cooperación con otros agentes del sistema nacional de innovación e instituciones internacionales y extranjeras, en materias de su competencia; Que, la participación del señor Sergio Gilberto Rodríguez Soria, Director de la Dirección de Innovación de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, es importante ya que permitirá conocer de primera mano experiencias de los países de la Alianza del Pacífico y del Reino Unido en el desarrollo de políticas públicas, programas e instrumentos para fomentar la innovación en el sector empresarial, sirviendo como insumo para su propia función de formulación de lineamientos de políticas, en tanto el análisis comparado internacional es una de las principales metodologías y forma parte de las buenas prácticas para el desarrollo de la referida función; Que, conforme al itinerario de viaje que obra en los antecedentes, resulta pertinente autorizar el viaje del señor Sergio Gilberto Rodríguez Soria, del 02 al 09 de julio de 2016, a la ciudad de Londres, del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte; Que, con relación a la prohibición de autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos con cargo a recursos públicos, se tiene que conforme al Informe N° 0065-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGITSE/ DIN de la Dirección de Innovación de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales, al Memorando N° 3649-2016-PRODUCE/ OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto y al Informe N° 047-2016-PRODUCE/OGAJ-kcarcamo de la Oficina General de Asesoría Jurídica, se cumple con la excepción establecida en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, por tratarse de una acción de promoción de importancia para el Perú, toda vez que la participación en el Programa Global Innovation Policy Accelerator permitirá: i) dar a conocer el Plan Nacional de Diversificación Productiva, el cual podrá ser validado a través del análisis comparado con los países de la Alianza del Pacífico y el Reino Unido, ii) promocionar los diferentes programas que viene desarrollando el Ministerio de la Producción, como StartUp Perú e Innóvate Perú, programas que tienen a la innovación como eje central, iii) beneficiar a las empresas innovadoras peruanas en busca de mercados ampliados tanto en los países de la Alianza del Pacífico como en los países Observadores, como es Reino Unido en este caso, y iv) crear redes gubernamentales, empresariales, académicas de inversionistas en innovación y emprendimiento y tomadores de decisión, con el fin de encontrar oportunidades de inversión y colaboración; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes corresponde autorizar el viaje del señor Sergio Gilberto Rodríguez Soria, Director de la Dirección de Innovación de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria;

Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; y, la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción, aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor SERGIO GILBERTO RODRÍGUEZ SORIA, Director de la Dirección de Innovación de la Dirección General de Innovación, Transferencia Tecnológica y Servicios Empresariales del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, a la ciudad de Londres, del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 02 al 09 de julio de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, el comisionado deberá presentar la rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos US $ 540.00 x 05 días Un día de instalación Total $ 2 773.38 $ 2,700.00 $ 540.00 ---------------$ 6 013.38

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado deberá presentar al Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con copia a las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Recursos Humanos. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1399251-2

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0560/RE-2016 Lima, 27 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, la XXVII Reunión de los Administradores de Programas Antárticos Latinoamericanos (RAPAL) se

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