Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2016 (02/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 19

591513 NORMAS LEGALES Sábado 2 de julio de 2016 El Peruano / N° NOMBRES Y APELLIDOS DISTRITO PROVINCIA DEPARTA- MENTO 20 REGNER RAMIREZ AHUANARI YARINACOCHA CORONEL PORTILLO UCAYALI 21 SHARO MARLIT CABRERA CRISOSTOMO IRAZOLA PADRE ABAD UCAYALI 22 MARIO CALCINA CONDORI QUIACA SANDIA PUNO 23 ISMAEL CCOYA CCOA UMACHIRI MELGAR PUNO Artículo 3.- Aceptar la renuncia, con efi cacia anticipada al 20 de mayo de 2016, de la señora Mileny Genoveva Huamanlazo Roque, en el cargo de Subprefecta Distrital de Huantan, provincia de Yauyos, departamento de Lima Provincias. Artículo 4.- Dar por concluida, con efi cacia anticipada al 06 de junio 2016, al señor Julio Cesar Curo Vega, en el cargo de Subprefecto Distrital de Ayahuanco, provincia de Huanta, departamento de Ayacucho. Artículo 5.- Designar, a partir de la publicación de la presente resolución, en el cargo de Subprefecto Provincial a las siguientes personas: N° NOMBRES Y APELLIDOS DNI PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 DINA ASUNCION ACHACA CHANCHARI 40318012 CONDORCANQUI AMAZONAS 2 GABRIEL YUVANE ESCRIBA SOCA 41197352 VILCAS HUAMAN AYACUCHO 3 SANTO DOMINGO HUAMAN FRITAS 15214720 OYON LIMA PROVINCIAS 4 VICTOR BARRAL FRETEL 08469685 PADRE ABAD UCAYALI Artículo 6.- Designar, a partir de la publicación de la presente resolución, en el cargo de Subprefecto Distrital a las siguientes personas: N° NOMBRES Y APELLIDOS DNI DISTRITO PROVINCIA DEPARTA- MENTO 1 CARLOS IVAN FELIPA FRANCO 21545987 PARCONA ICA ICA 2 JOHNSON FRANCKLIN VILCAPUMA CHAVEZ 41081058 SAN JUAN DE YANAC CHINCHA ICA 3 SILVIA NORMA CORNEJO HERRERA 40675071 VILLA EL SALVADOR LIMA LIMA 4 DARWIN MACEDO CISNEROS 05410815 ANDOAS DATEN DEL MARAÑON LORETO 5 ALFONSO SAAVEDRA CURAY 03102463 SICCHEZ AYABACA PIURA 6 CELESTINO BASILIO HUANCCO CHARCA 02381226 CAMINACA AZANGARO PUNO 7 ALEX ARAUJO ALVARADO 44352176 ALTO DE LA ALIANZA TACNA TACNA Artículo 7.- Disponer que las Autoridades Políticas cuyas designaciones hayan sido concluidas a través de la presente Resolución, procedan a realizar la entrega de cargo, debiendo consignar en esta la liquidación de fondos de caja chica y otros que correspondan; bajo la supervisión de la Ofi cina de Recursos Humanos de la Ofi cina General de Administración y Finanzas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior. Artículo 8.- Notifi car la presente Resolución a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, a las Prefecturas Regionales, Subprefecturas Provinciales y Subprefecturas Distritales que abarquen el ámbito jurisdiccional de las designaciones y remociones realizadas mediante la presente Resolución, a la Dirección General de Autoridades Políticas y la Ofi cina General de Administración y Finanzas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIZ KAREN ALATA RAMOS Jefa de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior 1398562-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban independizaciones de inmuebles y su transferencia predial interestatal a título gratuito a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para la ejecución del proyecto Carretera Chongoyape-Cochabamba (Se publica la presente resolución a solicitud de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, mediante Ofi cio Nº 480-2016/SBN-SG-UTD, recibido el día 30 de junio de 2016) SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 0515-2015/SBN-DGPE-SDDI San Isidro, 10 de agosto de 2015 VISTO: El Expediente Nº 345-2015/SBNSDDI, que contiene la solicitud presentada por la MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PROVIAS NACIONAL, representado por el Director Ejecutivo Raúl Torres Trujillo, mediante la cual peticiona la TRANSFERENCIA PREDIAL INTERESTATAL A TITULO GRATUITO de las áreas de 0.005980 hectáreas, 0.012505 hectáreas, 0.024073 hectáreas, 0.031600 hectáreas, 0.139452 hectáreas, que forman parte de un predio de mayor extensión inscritos a favor del Estado en la partida N° 02005602 del Registro de Predios de Chiclayo, con Registro SINABIP N° 3133 del Libro de Lambayeque y CUS N° 91630, en adelante “los predios”; y, CONSIDERANDO: 1. Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), en mérito a lo dispuesto por la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (en adelante la “Ley”), y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modifi catorias (en adelante el “Reglamento”), así como al Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, que actualiza la califi cación y relación de los organismos públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que constituye el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, siendo responsable tanto de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo, y tiene como fi nalidad lograr el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social. 2. Que, de acuerdo con lo previsto por los artículos 47º y 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, publicado el 22 de diciembre de 2010 (en adelante ROF de la SBN), la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario es el órgano competente en primera instancia, para programar, aprobar y ejecutar los procesos operativos relacionados con los actos de disposición de los bienes estatales bajo la competencia de la SBN. 3. Que, mediante Ofi cio N° 1045-2015-MTC/20 presentado el 26 de mayo de 2015 (S.I. N° 1280-2015) el Ministerio de Transportes y Comunicaciones – Provias Nacional representado por el Director Ejecutivo Raúl Torres Trujillo (en adelante “PROVIAS NACIONAL”), solicita la independización y transferencia predial interestatal a título gratuito de “los predios”; en aplicación de la Ley N° 30025 “Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de