Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2016 (20/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES
ANEXO Nº 1

Miércoles 20 de julio de 2016 /

El Peruano

Horario: Lunes a Sábado de 08:00 a 23:00 horas ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL SEGÚN EJES VIALES Nº 1 VÍA Av. Oscar R. Benavides TIPO DE VÍA Comercial Comercial Colectora Comercial Comercial Comercial Local Comercial Local Colectora Local Local Comercial Comercial Comercial Comercial Comercial Comercial CUADRA 1 2 3 5 1 2 1 3 8 9 10 11 LADO Par Par Par Par Par Par Par Impar Par Impar Impar Impar Impar FORMA Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Diagonal Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Paralelo Diagonal ESPACIOS 25 24 24 15 2 14 17 11 22 18 28 21 17 238

2 3 4 5 6

Ca. Mártir Olaya Ca. Porta Av. Andrés Aramburú Malecón Balta Ca. General Mendiburu

Total Espacios INFORME TÉCNICO DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL 1. MARCO LEGAL

Los Gobiernos Locales, conforme a lo dispuesto por el literal d) del Artículo 68 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el D.S. Nº 156-2004-EF y sus normas modificatorias, pueden imponer tasas a todo aquel que estacione su vehículo en zonas comerciales de alta circulación, conforme lo determine la Municipalidad Distrital, con los límites que determine la Municipalidad Provincial respectiva y en el marco de las regulaciones sobre tránsito que dicte la autoridad competente del Gobierno Central. Dentro de este marco, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante la Ordenanza Nº739/MML, Ordenanza Marco de la tasa de estacionamiento vehicular temporal en la Provincia de Lima, ha establecido los aspectos legales, técnicos y administrativos que deben observar las Municipalidades distritales de la Provincia de Lima para la determinación de dicho tributo en su circunscripción. Igualmente, mediante Ordenanza Nº 1533/MML, ha regulado el procedimiento de ratificación de Ordenanzas distritales en materia tributaria en el ámbito de la Provincia de Lima, siendo que a través de las Directivas Nº 001-00600000015 y 001-006-00000005, ha fijado los criterios, parámetros y metodología necesarios para determinar los montos a cobrar y establecer los ingresos por la tasa. Acorde con dicha normatividad, la presente Ordenanza, regula el régimen tributario de la tasa de estacionamiento vehicular temporal, con la finalidad de propiciar y alcanzar la racionalidad en el uso de la vía pública, de acuerdo con la autorización sobre viabilidad técnica en las zonas de la vía pública que serán materia del servicio, que ha emitido la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2. ESTRUCTURA DE COSTOS DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL Conforme con la información proporcionada por la Subgerencia de Presupuesto, Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante Memorando Nº 191-2016-SGP-GPP/MM, el costo a distribuir por concepto del servicio de estacionamiento vehicular temporal asciende a S/ 871,780.96 soles, cuyo detalle se muestra a continuación: Cuadro Nº 01 ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR
CONCEPTO COSTOS DIRECTOS 1/ COSTO DE MANO DE OBRA Personal nombrado Cobrador I Cobrador II Cobrador III Cobrador IV Cobrador V Cobrador VI Cobrador VII Cobrador VIII Cobrador IX Personal CAS 1 1 1 1 4 4 1 1 1 Persona Persona Persona Persona Persona Persona Persona Persona Persona 3,444.85 3,222.31 3,190.52 3,072.89 3,063.35 2,967.97 2,828.93 2,733.56 2,206.91 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 3,444.85 3,222.31 3,190.52 3,072.89 12,253.40 11,871.90 2,828.93 2,733.56 2,206.91 CANTIDAD UNIDAD DE COSTO % DE % DE MEDIDA UNITARIO DEDICACIÓN DEPRECIACIÓN COSTO MENSUAL COSTO ANUAL 823,118.39 789,358.75 537,902.95 41,338.19 38,667.69 38,286.19 36,874.64 147,040.76 142,462.76 33,947.16 32,802.66 26,482.89 251,455.80

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