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593636 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de julio de 2016 / El Peruano ANEXO Nº 1 Horario: Lunes a Sábado de 08:00 a 23:00 horas ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL SEGÚN EJES VIALES Nº VÍA TIPO DE VÍA CUADRA LADO FORMA ESPACIOS 1 Av. Oscar R. Benavides Colectora Comercial 1 Par Diagonal 25 Comercial 2 Par Diagonal 24 Comercial 3 Par Diagonal 24 Comercial 5 Par Diagonal 15 2 Ca. Mártir Olaya Local Comercial 1 Par Diagonal 2 Comercial 2 Par Diagonal 14 3 Ca. Porta Local Comercial 1 Par Paralelo 17 Impar Paralelo 11 4 Av. Andrés Aramburú Colectora Comercial 3 Par Paralelo 22 5 Malecón Balta Local Comercial 8 Impar Paralelo 18 Comercial 9 Impar Paralelo 28 Comercial 10 Impar Paralelo 21 6 Ca. General Mendiburu Local Comercial 11 Impar Diagonal 17 Total Espacios 238 INFORME TÉCNICO DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL 1. MARCO LEGAL Los Gobiernos Locales, conforme a lo dispuesto por el literal d) del Artículo 68 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el D.S. Nº 156-2004-EF y sus normas modifi catorias, pueden imponer tasas a todo aquel que estacione su vehículo en zonas comerciales de alta circulación, conforme lo determine la Municipalidad Distrital, con los límites que determine la Municipalidad Provincial respectiva y en el marco de las regulaciones sobre tránsito que dicte la autoridad competente del Gobierno Central. Dentro de este marco, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante la Ordenanza Nº739/MML, Ordenanza Marco de la tasa de estacionamiento vehicular temporal en la Provincia de Lima, ha establecido los aspectos legales, técnicos y administrativos que deben observar las Municipalidades distritales de la Provincia de Lima para la determinación de dicho tributo en su circunscripción. Igualmente, mediante Ordenanza Nº 1533/MML, ha regulado el procedimiento de ratifi cación de Ordenanzas distritales en materia tributaria en el ámbito de la Provincia de Lima, siendo que a través de las Directivas Nº 001-006- 00000015 y 001-006-00000005, ha fi jado los criterios, parámetros y metodología necesarios para determinar los montos a cobrar y establecer los ingresos por la tasa. Acorde con dicha normatividad, la presente Ordenanza, regula el régimen tributario de la tasa de estacionamiento vehicular temporal, con la fi nalidad de propiciar y alcanzar la racionalidad en el uso de la vía pública, de acuerdo con la autorización sobre viabilidad técnica en las zonas de la vía pública que serán materia del servicio, que ha emitido la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2. ESTRUCTURA DE COSTOS DEL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL Conforme con la información proporcionada por la Subgerencia de Presupuesto, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, mediante Memorando Nº 191-2016-SGP-GPP/MM, el costo a distribuir por concepto del servicio de estacionamiento vehicular temporal asciende a S/ 871,780.96 soles, cuyo detalle se muestra a continuación: Cuadro Nº 01 ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR CONCEPTO CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA COSTO UNITARIO % DE DEDICACIÓN % DE DEPRECIACIÓN COSTO MENSUAL COSTO ANUAL COSTOS DIRECTOS 1/ 823,118.39 COSTO DE MANO DE OBRA 789,358.75 Personal nombrado 537,902.95 Cobrador I 1 Persona 3,444.85 100% 3,444.85 41,338.19 Cobrador II 1 Persona 3,222.31 100% 3,222.31 38,667.69 Cobrador III 1 Persona 3,190.52 100% 3,190.52 38,286.19 Cobrador IV 1 Persona 3,072.89 100% 3,072.89 36,874.64 Cobrador V 4 Persona 3,063.35 100% 12,253.40 147,040.76 Cobrador VI 4 Persona 2,967.97 100% 11,871.90 142,462.76 Cobrador VII 1 Persona 2,828.93 100% 2,828.93 33,947.16 Cobrador VIII 1 Persona 2,733.56 100% 2,733.56 32,802.66 Cobrador IX 1 Persona 2,206.91 100% 2,206.91 26,482.89 Personal CAS 251,455.80