Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2016 (20/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

593628
Aprobó la siguiente:

NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de julio de 2016 /

El Peruano

ORDENANZA QUE MODIFICA EL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA CONFORME A LA R.M. N° 088-2015-PCM Artículo Primero.- Modificar el texto del procedimiento administrativo "Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones" y del servicio exclusivo a cargo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a lo establecido por la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM, conforme consta en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Publicación y vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y la referida norma y sus anexos serán publicados en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), en el caso del TUPA, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. En Lima, 14 de julio de 2016 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1405846-1

con la tasa de S/. 0.50 por 30 minutos y los ingresos que la Municipalidad Distrital de Miraflores proyecta recibir, producto de la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular, financiará el 99.66% de los costos por la prestación del servicio, y la diferencia será cubierta con otros ingresos que perciba la citada municipalidad. De acuerdo con lo opinado por el SAT, por la Gerencia de Transporte Urbano en su Oficio N° 058- 2016-MML/ GTU-SIT del 22 de enero de 2016 y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen N° 97-2016-MML/CMAEO; ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 462/MM de la Municipalidad Distrital de Miraflores, que aprueba la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas de dicho distrito, cuyo servicio se prestará en 238 espacios de lunes a sábado, en el horario establecido en el Anexo 01 de la mencionada Ordenanza. Artículo Segundo.- La ratificación se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicación del presente Acuerdo ratificatorio, así como del texto íntegro de Ordenanza N° 462/MM, en especial de la última versión de los Anexos, que contienen los cuadros de estructura de costos, de estimación de ingresos, la cantidad de espacios habilitados, por lo que su aplicación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la citada Municipalidad Distrital. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1405708-1

Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Miraflores que aprobó tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del distrito de Miraflores
ACUERDO DE CONCEJO N° 207 Lima, 7 de julio de 2016 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 7 de julio de 2016, el Oficio N° 001-090-00008298, del 01 de julio de 2016, de la Jefatura del SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza N°462/MM que aprueba la tasa de estacionamiento vehicular en zonas urbanas en el distrito de Miraflores; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales, estas deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción. Que, en aplicación a lo normado por las Ordenanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima N° 739, publicada el 26 de diciembre de 2004, y N° 1533, publicada el 27 de junio de 2011, modificada por la Ordenanza N° 1833, publicada el 19 de diciembre de 2014, la Municipalidad Distrital de Miraflores, aprobó la Ordenanza materia de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima­SAT, con carácter de declaración jurada y el área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la citada entidad, previa revisión y estudio, emitió el Informe N° 266-181-00000357 del 28 de junio de 2016, opinando que procede la ratificación solicitada por cumplir con las Ordenanzas N° 739 y N° 1533, modificada por la N° 1833, y las Directivas N° 001006-000005, publicada el 16 de marzo de 2005 y N° 001006-0000015, publicada el 30 de junio de 2011. Que la prestación del servicio se efectuará en un total de 238 espacios, de lunes a sábado, en el horario establecido en el Anexo 01 de la Ordenanza N° 462/MM,

Aprueban ejecución de expropiaciones y valores de tasaciones de inmuebles afectados por la ejecución del Proyecto Vías Nuevas de Lima - Tramo Ramiro Prialé
ACUERDO DE CONCEJO Nº 221 Lima, 14 de julio de 2016 Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 14 de julio de 2016, el Memorando Nº 1122-2016-MML-GMM, de la Gerencia Municipal Metropolitana, mediante el cual se eleva a consideración del Concejo Metropolitano la aprobación de la Expropiación y el Valor de Tasación de un inmueble que se encuentra afectado por la ejecución del Proyecto Vías Nuevas de Lima ­ Tramo Ramiro Prialé, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1192; y, CONSIDERANDO: Que, las disposiciones generales aplicables para la promoción de la inversión privada están contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1224, que aprueba el Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 410-2015-EF; Que, a través de la Ordenanza Nº 867 se aprobó el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada en Lima Metropolitana, marco normativo para que la Municipalidad Metropolitana de Lima y las municipalidades distritales de su jurisdicción promuevan la inversión privada; Que, conforme con lo dispuesto en el numeral 18) del artículo 170-B del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por la Ordenanza Nº 812, corresponde a la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.